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Orden de 11 de marzo de 1993, del Conseller de Medio Ambiente, por la que establece los precios públicos por utilización de refugios.

(DOGV núm. 2014 de 30.04.1993) Ref. Base Datos 0914/1993

Orden de 11 de marzo de 1993, del Conseller de Medio Ambiente, por la que establece los precios públicos por utilización de refugios.
El Decreto 73/1991, de 13 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana establece el régimen de regulación de los precios públicos y el procedimiento de fijación de las cuantías que, por la prestación de sus bienes y servicios, debe de percibir la Generalitat Valenciana.
En este sentido, el Decreto 277/1991, de 9 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, estableció la relación de bienes cuya utilización privativa es susceptible de ser retribuida mediante precio público, entre los que figuran los refugios forestales.
De acuerdo con todo lo anterior, previa elaboración del informe económico-financiero que determina los costes de la entrega de bienes y servicios a que se refieren, y a la vista del informe favorable emitido por la Dirección General de Tributos y de Patrimonio de la Conselleria d'Economia i Hisenda, procede la aprobación de los importes de dichos precios públicos.
Por todo ello, y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley del Gobierno valenciano y el artículo 3.2 b) del Decreto 73/1991,
ORDENO
Artículo único
Aprobar los precios públicos por la utilización de refugios afectados a la Conselleria de Medi Ambient, que se indican en el anexo.
DISPOSICION FINAL
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 11 de marzo de 1993
El Conseller de Medio Ambiente,
ANTONIO ESCARRE I ESTEVE
ANEXO
Refugios Precio de utilización por día
Sin IVA Con IVA 6%
Tipo I
- Una sola planta, superficie aproximada 30 m2 600 PTA 636 PTA
Tipo II
- Dos plantas, superficie aproximada 90 m2 1.500 PTA 1.590 PTA

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