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ORDEN de 10 de mayo de 1995, de la Conselleria de Administración Pública, por la que se fija la fecha de constitución del Servicio de Emergencias de la Generalitat.

(DOGV núm. 2507 de 15.05.1995) Ref. Base Datos 1082/1995

ORDEN de 10 de mayo de 1995, de la Conselleria de Administración Pública, por la que se fija la fecha de constitución del Servicio de Emergencias de la Generalitat.
I
La Ley de la Generalitat Valenciana, 2/1995 de 6 de febrero, de Organización del Servicio de Emergencias de la Generalitat, determina en el artículo 9.3 que mediante orden del Conseller de Administración Pública, se fijará la fecha de constitución efectiva del Servicio de Emergencias de la Generalitat.
Para la constitución efectiva del Servicio de Emergencias de la Generalitat era necesario realizar toda una serie de actuaciones encaminadas a garantizar la operatividad del servicio, tales como modificar el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Administración Pública y la adscripción provisional de los consorcios provinciales de Castellón y Valencia y de los consorcios comarcales de Alicante, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria primera, punto 13 de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/1995, de 6 de febrero citada.
II
Así, el Gobierno Valenciano, mediante Decreto 61/1995, de 18 de abril, acepto la solicitud de adscripción provisional del Consorcio de Castellón y de los consorcios comarcales de la Marina Alta, la Marina Baja, el Vinalopó y la Vega Baja, y mediante Decreto 72/1995, de 2 de mayo, aceptó la solicitud de adscripción provisional del Consorcio Provincial de Valencia y de los consorcios comarcales del Baix Vinalapó y de los municipios de la MontaÑa de Alicante, con lo que se completa la adscripción provisional de todos los servicios provinciales y comarcales de prevención, extinción de incendios y salvamento existentes en la Comunidad Valenciana, para que durante el período transitorio de la negociación de la adscripción definitiva, mediante la transferencia de medios personales, materiales y económicos, los citados consorcios están adscritos funcionalmente a la Generalitat y todos sus servicios operativos a disposición del Servicio de Emergencias y del mando unificado.
Del mismo modo, el Gobierno Valenciano, en la sesión celebrada el pasado 2 de mayo de 1995, aprobó la modificación del Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Administración Pública, en el que se contempla la nueva estructura de la Dirección General de Emergencias e Interior, encargada de la organización del Servicio de Emergencias de la Generalitat.
III
Sentados los presupuestos básicos y realizadas todas las actuaciones necesarias para la puesta en marcha del Servicio de Emergencias de la Generalitat, que permiten garantizar su operatividad y el mando unificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/1995, de 6 de febrero de 1995,
DISPONGO:
Artículo único
El Servicio de Emergencias de la Generalitat creado mediante Ley de la Generalitat Valenciana 2/1995, de 6 de febrero, queda constituido con fecha 10 de mayo de 1995 y a partir de este momento comienza la prestación de sus servicios.
Valencia, 10 de mayo de 1995
El conseller de Administración Pública,
LUIS BERENGUER FUSTER

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