DECRETO 161/1997, de 29 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se incluye la venta de documentación técnica de las distintas consellerias en la relación de bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos.
(DOGV núm. 2984 de 05.05.1997) Ref. Base Datos 1117/1997
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 05.05.1997 Fecha fin vigencia: 30.12.1997 Notas: Regulación de la venta de documantación técnica de las consellerias. Esta disposición está afectada por: Derogada por: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Economía, Hacienda y Administración Pública Grupo Temático: Legislación Materias: Tasas y precios públicos Descriptores: Temáticos: lista de precios, reglamentación técnica
DECRETO 161/1997, de 29 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se incluye la venta de documentación técnica de las distintas consellerias en la relación de bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos.
El Decreto 73/1991, de 13 de mayo, del Gobierno Valenciano, establece el régimen general aplicable a los precios públicos de la Generalitat Valenciana, así como el procedimiento de fijación y aprobación de las cuantías de los mismos.
Por su parte, los decretos 227/1991, de 9 de diciembre, y 159/1992, de 28 de septiembre, del Gobierno Valenciano, establecen la relación de bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos.
Habida cuenta que las distintas consellerias pretenden realizar la entrega de documentación técnica de su competencia, orientada a todos los ciudadanos, en general, y a facilitar la labor de los profesionales del sector, en particular, y que dicha entrega de bienes origina unos costes económicos para la administración de la Generalitat Valenciana, queda justificado el cobro de un precio público por la venta de dicha documentación. Ello hace necesario, desde un punto de vista jurídico, que por una norma del mismo rango se incluya esta entrega de bienes en la mencionada relación de bienes, servicios y actividades sujetos al cobro de precios públicos.
Por cuanto antecede, a tenor de lo establecido en el artículo 22.e) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Gobierno Valenciano, y el artículo 3 del Decreto 73/1991, de 13 de mayo, del Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 29 de abril de 1997,
DISPONGO
Artículo único
Se incluye en la relación de bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Comunidad Valenciana, establecida por el Decreto 227/1991, de 9 de diciembre, del Gobierno Valenciano, la venta de documentación técnica por las distintas consellerias.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 29 de abril de 1997
El presidente de la Generalitat Valenciana,
EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO
El conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública,
JOSÉ LUIS OLIVAS MARTÍNEZ