Decreto 93/1992, de 8 de junio, del Gobierno valenciano, por el que se modifica el Decreto 73/1987, de 25 de mayo, creador del Consejo de Turismo de la Comunidad Valenciana.
(DOGV núm. 1809 de 22.06.1992) Ref. Base Datos 1567/1992
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 22.06.1992 Fecha fin vigencia: 29.03.1996 Notas: Se modifican las letras b) y g) del apartado Uno del artículo tercero del Decreto 73/1987, de 25 de mayo, en su redacción dada por el Decreto 179/1989, de 11 de diciembre, con objeto de ampliar la representación del sector turístico en el Consejo de Turismo de la Comunidad Valenciana. Esta disposición afecta a: Modifica a: - Decreto 179/1989, de 11 de diciembre del Consell de la Generalitat Valenciana, que modifica el Decreto 73/1987, de 25 de mayo, por el que se creó el Consejo de Turismo de la Comunidad Valenciana.
- Decreto 73/1987, de 26 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se crea el Consejo de Turismo de la Comunidad Valenciana.
Esta disposición está afectada por: Derogada por: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Industria, Comercio y Turismo Grupo Temático: Legislación Materias: Organización de la administración Turismo Descriptores: Temáticos: turismo , órgano colegiado, Consejo de Turismo
Decreto 93/1992, de 8 de junio, del Gobierno valenciano, por el que se modifica el Decreto 73/1987, de 25 de mayo, creador del Consejo de Turismo de la Comunidad Valenciana.
El Decreto 73/1987, de 25 de mayo, del Govern Valencià, creó el Consejo de Turismo de la Comunidad Valenciana como órgano de información, consulta y asesoramiento de la Conselleria d'Indústria, Comerç i Turisme, estableciendo en su artículo tercero la composición del mismo, con una amplia representación tanto institucional como del sector turístico empresarial.
Dicha composición ya fue modificada por el Decreto 179/1989, de 11 de diciembre, del Govern Valencià, al objeto de lograr una mayor representatividad en el consejo del sector turístico, tras la experiencia de dos años de funcionamiento.
El transcurso del tiempo, en el que se ha evidenciado una importante evolución en el ámbito del turismo, vuelve a aconsejar una nueva modificación del artículo tercero del decreto de creación del Consejo de Turismo, por el que se regula su composición, con la finalidad de ampliar una vez más la representación del sector turístico en el mismo.
En su virtud, a propuesta del Conseller d'Indústria, Comerç i Turisme y previa deliberación del Govern Valencià en su reunión del día 8 de junio de 1992,
DISPONGO
Artículo único
Modificar las letras b) y g) del apartado uno del artículo tercero del Decreto 73/1987, de 25 de mayo, en la redacción dada por el Decreto 179/1999, de 11 de diciembre, que quedan redactadas de la siguiente forma:
«Artículo tercero. Uno
b) Ocho alcaldes de municipios turísticos de la Comunidad Valenciana, designados por el Conseller d'Indústria, Comerç i Turisme.
g) Hasta ocho miembros de libre designación por el Conseller d'Indústria, Comerç i Turisme, entre personas vinculadas al turismo en sus diversas facetas.»
DISPOSICION FINAL
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 8 de junio de 1992.
El President de la Generalitat Valenciana,
JOAN LERMA I BLASCO
El Conseller d'Indústria, Comerç i Turisme,
ANDRES GARCIA RECHE