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ORDEN de 31 de enero de 2007, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, por la que se regula la concesión de permisos al funcionariado público y demás personal al que le sea de aplicación el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana, que se presenten como candidatos en las elecciones a Corts Valencianes o en las elecciones locales. [2007/1344]

(DOGV núm. 5444 de 06.02.2007) Ref. Base Datos 1599/2007

El artículo 30.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el artículo 47.1 c) del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, del Gobierno Valenciano, y el artículo 36 del Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración del Consell, prevén la concesión de permisos a los funcionarios públicos y personal a su servicio por el tiempo indispensable para el cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público.
Por su parte, el artículo 11 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio de la Administración Autonómica contiene igual previsión para dicho personal.
Al mismo tiempo, el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, previsto en el artículo 23 de la Constitución, puede quedar vacío de contenido si no se arbitran los medios necesarios para su efectivo y real cumplimiento, removiendo las trabas que lo impidan, por lo que la participación en las campañas electorales del personal al servicio de la administración pública valenciana en el que concurra la condición de candidato, debe incluirse como uno de los supuestos indicados en el párrafo anterior, siendo necesario el regularlo con carácter general, y por ende para las presentes elecciones, a los efectos de unificar los criterios para su concesión.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas por la disposición final primera del Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, y el artículo 1.b del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio de la Administración Autonómica,
ORDENO
Artículo 1
El personal al servicio de la administración pública valenciana y aquel al que sea de aplicación el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública valenciana, que se presente como candidato en las elecciones a Corts Valencianes o en las elecciones locales, podrá solicitar permiso, al amparo de lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el artículo 36 del Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración del Consell, por el tiempo de duración de la campaña electoral, teniendo derecho al percibo de las retribuciones que viniera percibiendo en el puesto que desempeñe, con dispensa de la prestación del trabajo.
Artículo 2
La solicitud deberá presentarse por escrito ante el jefe de la unidad correspondiente, quien deberá presentar un informe y remitirla al día siguiente de su presentación a la Secretaría General de la conselleria en la que preste sus servicios, que resolverá en igual plazo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogada la Orden de 13 de febrero de 2003, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se regula la concesión de permisos al funcionariado público y demás personal al que le sea de aplicación el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana, que se presenten como candidatos en las elecciones a las Cortes Valencianas o en las elecciones locales.
Valencia, 31 de enero de 2007
El conseller de Justicia, Interior y Administraciones Públicas,
MIGUEL PERALTA VIÑES

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