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ORDEN de 15 de julio de 1998, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de agricultor, ganadero y técnico cualificado. [1998/X6353]

(DOGV núm. 3308 de 14.08.1998) Ref. Base Datos 1812/1998

ORDEN de 15 de julio de 1998, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de agricultor, ganadero y técnico cualificado. [1998/X6353]
La agricultura valenciana, como en general la agricultura de la Unión Europea de la que forma parte, está sometida a rápidos procesos de cambio de distinta naturaleza, producidos por un lado por la globalización de la economía, debida a la apertura de los mercados agrarios y a las nuevas corrientes del comercio mundial, y por otro a la evolución de los hábitos alimentarios de los consumidores.
La adaptación a este nuevo marco macroeconómico general también exige cambios, evidentemente, en el nivel microeconómico o empresarial, y han de ser las empresas las que evolucionen hacia nuevas situaciones de equilibrio que les permitan seguir siendo viables y, por ende, capaces de generar empleo y riqueza.
En orden a favorecer esta evolución la administración agraria debe dirigir en favor del empresario, agricultor o ganadero, los esfuerzos adecuados para darle la formación y trasmitirle los conocimientos necesarios y suficientes para que, por una parte, realice eficazmente su cometido, con la incorporación de las técnicas y materiales más recientes producto de la investigación y experimentación, y, por otra, gestione eficazmente su empresa en el aspecto económico, tanto en lo que se refiere a los costes de producción como al resto de elementos empresariales. Al respecto es de considerar que el nuevo modelo de gestión técnica y empresarial agraria debe tener, como marco de referencia inexcusable, un decidido respeto por el medio ambiente, enmarcándose en los principios de la agricultura sostenible.
La capacitación profesional, como elemento fundamental en todo proceso de adaptación y progreso, no puede ser una acción puntual y aislada carente de consistencia temporal, sino que hay que entenderla como una acción continua e ilimitada en el tiempo, ya que siempre hay que ir incorporando nuevas unidades de información. Y también hay que resaltar que las acciones a desarrollar deben tener un marco educativo general que les sirva de referencia y orientación.
En relación con ello, en la línea de las ideas expresadas, el Decreto 31/1994, de 8 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se determinan y se establece el régimen jurídico de las explotaciones agrarias preferentes de la Comunidad Valenciana (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 2.215, del día 25), exige para la calificación como explotación preferente, entre otros requisitos, que esté gestionada por un agricultor, ganadero o técnico cualificado por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por haber superado los cursos de formación organizados por ella.
Esta actividad formativa ha estado regulada por la Orden de 10 de marzo de 1994, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se determinan los requisitos para la obtención del título de agricultor, ganadero y técnico cualificado (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 2.242, de 8 de abril).
La presente orden viene a sustituir esta orden precedente, incorporando los resultados y consecuencias derivadas de las experiencias acumuladas durante su aplicación, además de cubrir la necesidad derivada de la Orden de 18 de abril de 1996, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, para la aplicación en la Comunidad Valenciana del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, sobre mejoras estructurales y modernización de las explotaciones agrarias (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 2.739, de 2 de mayo), que en su anexo A incluye las formas de acreditación de la capacitación profesional suficiente que se exige, y una de ellas es mediante el diploma de agricultor cualificado.
Por todo lo expuesto, en el uso de las facultades que me confiere la Ley de la Generalitat 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano,
ORDENO
Artículo 1
La presente orden tiene por objeto determinar los requisitos necesarios para obtener los títulos de agricultor, ganadero y técnico cualificado por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Su finalidad es mejorar la capacitación de los agricultores y ganaderos, y ampliar la preparación de los técnicos, a través de un programa de cursos de formación organizados por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, de forma que se fomente la introducción de nuevas tecnologías, respetuosas con el medio ambiente, y se mejore la gestión técnica y económica de las explotaciones agropecuarias, aumentando su rentabilidad y viabilidad.
Artículo 2
La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Sanidad Vegetal, realizará una serie de cursos de capacitación agraria que serán impartidos por profesores universitarios, investigadores o técnicos especializados con reconocidos conocimientos en cada materia.
La superación de estos cursos, cumpliendo los requisitos especificados en los artículos cuarto, quinto y sexto de la presente orden, permitirá obtener el título, con el diploma acreditativo correspondiente, de agricultor, ganadero o técnico cualificado por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, o bien el certificado correspondiente al curso realizado.
Artículo 3
Los cursos destinados a los agricultores y ganaderos serán los siguientes:
A) Cursos completos de formación de agricultores y ganaderos cualificados.
- Su objetivo es dar una visión global de una orientación productiva, con la suficiente profundidad como para permitir un adecuado ejercicio profesional en ella
- Constarán de dos áreas diferentes: área técnica y área empresarial.
- Los contenidos del área técnica de las diversas especialidades, así como la duración de cada uno de los módulos que las constituyen, vienen indicados en el Anexo I.
- El área empresarial constará, a su vez, de los módulos de «Contabilidad Agraria» y de «Relaciones Agrarias». Los contenidos de ambos módulos figuran en el Anexo II, aunque en el caso del módulo «Relaciones Agrarias» deben tenerse muy en cuenta las especificidades de cada orientación productiva.
- La duración total del curso en ningún caso será inferior a las 120 horas lectivas.
B) Cursos de especialización.
- Cada curso tiene por objeto un tema tecnológico o empresarial concreto, y pretende alcanzar la comprensión de los fundamentos de las técnicas agropecuarias de que se trate, así como el conocimiento de sus aplicaciones prácticas y la capacidad de su ejecución.
- Estos cursos desarrollarán, en sus máximas posibilidades, los contenidos de los módulos que constituyen las diferentes áreas técnicas y empresariales que figuran en los anexos I y II.
- Ningún curso podrá tener una duración inferior a las 15 horas.
C) Cursos de iniciación sectorial.
- Con ellos se pretende dar una visión general e introductoria de una actividad productiva, que permita conocer y evaluar la problemática de un sector y, por tanto, tomar decisiones.
- Su contenido se basará en los módulos tecnológicos que configuran cada especialidad (anexo I), adaptados a las necesidades de cada caso concreto.
- La duración mínima de estos cursos será de 20 horas.
D) Cursos de formación empresarial agraria.
- Su finalidad es la de conocer los fundamentos económico-empresariales de la explotación, así como adquirir la capacidad suficiente para llevar una contabilidad simplificada y desarrollar elementos de gestión.
- Para ello cada curso estará dividido en dos módulos: el de «Contabilidad Agraria» y el de «Relaciones Agrarias». El contenido de ambos módulos viene descrito en el anexo II.
- Estos cursos tendrán una duración mínima de 50 horas.
E) Cursos de incorporación a la empresa agraria.
- Dirigidos a jóvenes que pretenden incorporarse a la empresa agraria, tienen como objetivo el conocer los fundamentos agronómicos y económicos de la explotación.
- Constan de una área adaptada a las necesidades concretas (agrícola o ganadera) y de una empresarial que, a su vez, está dividida en los módulos de «Relaciones Agrarias» y de «Contabilidad Agraria».
- El contenido del área técnica figura en el anexo III y el del área empresarial en el anexo II.
- La duración mínima del curso será de 100 horas.
F) Cursos especiales.
Aquellos que se regulen por una normativa específica.
Artículo 4
Para obtener la suficiencia en cualquier de los cursos mencionados en el articulo anterior deben cumplirse las siguientes dos condiciones:
1ª Haber asistido regularmente a las clases. El mínimo de asistencia a clase será del 85 por cien, excepto en los cursos que estén regulados por su propia normativa.
2ª En los cursos de agricultor y ganadero cualificado, superar, además, una prueba objetiva tipo test sobre las materias desarrolladas en el mismo.
Artículo 5
Los títulos, con el diploma acreditativo, correspondientes a agricultor y ganadero cualificado podrán obtenerse por:
a) La suficiencia alcanzada en un curso completo de agricultor o ganadero cualificado.
b) Haber realizado, para cada especialidad, los módulos que cubren el área tecnológica correspondiente, que figuran en el anexo I, mediante cursos de especialización, así como el curso completo de formación empresarial agraria (anexo II), cumpliendo los requisitos del artículo cuarto, apartado b).
Artículo 6
Los capataces agrícolas y técnicos especialistas en agricultura (Formación Profesional de 2º Grado, rama agraria o equivalente) obtendrán el reconocimiento de técnico cualificado por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación tras la superación del Curso de formación empresarial agraria.
Artículo 7
La programación de los cursos la realizará el Servicio de Desarrollo Tecnológico Agrario en función de su propia planificación y, también, atendiendo las propuestas de otros Servicios y de las Oficinas Comarcales de la Conselleria, así como las de las corporaciones locales y de las organizaciones o entidades agrarias y, todo ello, en función de las disponibilidades presupuestarias y de profesorado.
La organización y coordinación de los cursos, así como la propuesta del profesorado y, en su caso, la selección y evaluación final de los alumnos, corresponderá al Servicio de Desarrollo Tecnológico Agrario.
Artículo 8
Los diplomas y certificados serán expedidos por el/la conseller/a de Agricultura, Pesca y Alimentación o, en su nombre, por el director general de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Sanidad Vegetal.
En ellos constará el nombre, apellidos y número de documento nacional de identidad del interesado, la denominación del curso y, en el caso de los certificados, también el número de horas del curso o módulo y el contenido del programa.
La expedición de los diplomas y certificados se inscribirá en un Libro-registro a cargo del Servicio de Desarrollo Tecnológico Agrario.
DISPOSICION ADICIONALES
Primera
Las personas que hayan realizado, con anterioridad a esta orden, cursos organizados por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, y dispongan del correspondiente certificado acreditativo, podrán solicitar su convalidación con objeto de obtener el título de agricultor o ganadero cualificado.
Para obtener la convalidación será necesario que los cursos realizados cubran todos los módulos del área tecnológica solicitada (anexo I) y, además, el curso completo de formación empresarial agraria (ver anexo II), así como cumplir los requisitos del articulo cuarto, apartado b). Con el objeto de analizar e informar la peticiones de convalidación el director general de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Sanidad vegetal nombrará una Comisión integrada por tres personas pertenecientes a su centro directivo.
Segunda
Los ingenieros técnicos agrícolas y los ingenieros agrónomos deberán realizar el módulo «Relaciones Agrarias» para acreditar la cualificación exigida para actuar como jefes de explotaciones preferentes, a los efectos del Decreto 31/1994, de 8 de febrero, del Gobierno Valenciano.
DISPOSICION DEROGATORIA
Se deroga la Orden de 10 de marzo de 1994, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se determinan los requisitos para la obtención del título de agricultor, ganadero y técnico cualificado.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Por el director general de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Sanidad Vegetal se dictaran las disposiciones de desarrollo de la presente orden que sean necesarias para su aplicación.
Segunda
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 15 de julio de 1998
La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación,
MARIA ANGELS RAMON-LLIN I MARTINEZ
Anexo I
Curso de formación de agricultores cualificados: distribución en módulos y su duración en horas.
Especialidad Citricultura Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector. 3
Fisiología de los cítricos. 3
El medio agroclimático. 3
Material vegetal. 9
Nutrición y fertilización. 15
Riegos 9
Labores culturales. 9
Poda injerto. 9
Tratamientos hormonales. 12
Plagas y enfermedades. 18
Producción integrada. 3
Producción citricola y medio ambiente. 3
Total 96
Especialidad Fruticultura Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector. 3
Morfología y fisiología 3
El medio agroclimático 6
Material vegetal 12
Diseño y conducción de plantaciones 6
Nutrición y fertilización. 9
Riego 9
Manejo del suelo 3
Aplicaciones hormonales 3
Plagas y enfermedades 9
Producción integrada 3
Mejora calidad de la fruta 3
La fruticultura y el medio ambiente 3
Total 72
Especialidad Olivicultura Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
Morfología y fisiología 3
El medio agroclimático 6
Material vegetal 6
Manejo del suelo 6
Prácticas de cultivo 9
Plagas y enfermedades 9
Recolección, transporte y manejo de
las aceitunas 12
Elaboración del aceite 15
Criterios de calidad del aceite 9
Total 78
Especialidad Horticultura Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
El medio agroclimático 6
Anatomía y fisiología 3
Riego 9
Nutrición y fertilización 9
Maquinaria hortícola 3
Estructuras de protección climática y su manejo 9
Plagas y enfermedades 24
Cultivos hortícolas 24
La horticultura y el medio ambiente 3
Producción integrada 3
Total 96
Especialidad Horticultura - arroz Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
El medio agroclimático 6
Anatomía y fisiología 3
Riego 3
Nutrición y fertilización 6
Labores culturales 6
Variedades del arroz 6
Manejo del arroz en postcosecha 3
Calidad:normas y mejoras 3
Plagas y enfermedades 15
Estudio económico de producción 3
Producción de arroz ecológico 3
El arroz y el medio ambiente 3
Total 63
Especialidad Planta ornamental Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
Planificación de una explotación 3
Exigencias climáticas y su manejo 6
Exigencias del suelo. Sustratos 6
Nutrición y fertilización 3
Riegos 3
Mecanización 3
Contenedores: características 3
Plagas y enfermedades 6
Multiplicación: técnicas y calendarios 3
Reguladores del desarrollo 3
Regulación legal del sector 3
Producción específica 24
La producción de ornamentales y
el medio ambiente 3
Total 72
Especialidad Flor cortada Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
Planificación de una explotación 3
Exigencias climáticas y su manejo 6
Exigencias de suelo 3
Nutrición y fertilización 3
Riegos 3
Recolección, confección y conservación 3
Producciones específicas 45
La producción de flores y el medio ambiente 3
Total 72
Especialidad Agricultura ecológica Horas
(Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
El agroecosistema: dinámica,
diseño y sanidad. 9
Nutrición y fertilización 12
El medio agroclimático 3
Rotaciones y asociaciones 3
Técnicas de compostaje 3
Reconversión a la agricultura ecológica 3
Labores culturales 6
Sanidad vegetal 9
Setos y cubiertas vegetales 3
Producción ecológica 30
Energía y agricultura 3
Agricultura, salud y medio ambiente 3
Economía de la producción ecológica 3
Total 93
Especialidad Viticultura Horas
(Uva para vinificación) (Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
Morfología y fisiología 6
El medio agroclimático 6
Material vegetal 15
Nutrición y fertilización 9
Riegos 15
Labores culturales 18
Poda de injerto 9
Plagas y enfermedades 24
Mecanización 15
Producción integrada 3
Elaboración de vinos 9
Producción vitícola y medio ambiente 3
Total 135
Especialidad Viticultura Horas
(Uva para mesa) (Area técnica)
Introducción: situación del sector 3
Morfología y fisiología 6
El medio agroclimático 6
Material vegetal 15
Nutrición y fertilización 9
Riegos 15
Labores culturales 20
Poda e injerto 12
Plagas y enfermedades 24
Mecanización 15
Producción integrada 3
Producción vitícola y medio ambiente 3
Total 131
Curso de formación de ganaderos cualificados: distribución en módulos y su duración en horas.
Especialidad Apicultura Horas
(Area técnica)
Introducción y etnología 18
Alimentación de las abejas 9
Manejo de colmenas y mecanización 15
Reproducción 12
Higiene y sanidad 9
Economía y comercialización 12
Total 75
Especialidad ovino-caprino Horas
(Area técnica)
Introducción y etnología 9
Alimentación y producción forrajera 27
Sistemas de explotaciones y construcción 6
Reproducción 15
Higiene y sanidad 21
Economía y comercialización 12
Total 90
Especialidad Cunicultura Horas
(Area técnica)
Introducción y etnología 6
Alimentación 9
Construcciones 6
Reproducción 18
Higiene y sanidad 30
Economía y comercialización 12
Total 81
Especialidad Ganadería extensiv Horas
(Area técnica)
Introducción y etnología 12
Alimentación y producción de forrajes 30
Sistemas de explotación y construcciones 24
Higiene y Sanidad 24
Economía y comercialización 12
Total 102
Especialidad Porcinocultura Horas
(Area técnica)
Introducción y etcnología 6
Sistemas de explotaciones y construcciones 9
Alimentación 9
Reproducción y manejo 21
Higiene y Sanidad 24
Economía y comercialización 18
Total 87
Especialidad Avicultura Horas
(Area técnica)
Introducción y etcnología 6
Construcciones 6
Alimentación y manejo 21
Higiene y Sanidad 9
Economía y comercialización 18
Otras aviculturas 6
Total 66
Especialidad Vacuno Horas
(Area técnica)
Introducción y etnología 15
Alimentación y producciones forrajeras 12
Reproducción 12
Higiene y sanidad 21
Economía y comercialización 6
Total 66
Todos los curso de agricultor/a y ganadero/a cualificado/a tendrán un mínimo de tres (3) prácticas, equivalentes a nueve (9) horas.
Anexo II
Módulo de Contabilidad Agraria Horas
Introducción a la contabilidad. Inventario
inicial de la explotación. 3
Balance inicial e iniciación de cuentas. 3
Anotaciones contables: Ejercicios Prácticos 12
Resumen económico: cuenta de perdidas
y ganancias. 3
Cierre del ejercicio. Balance final. 9
Total 30
Módulo de Relaciones Agrarias Horas
Fiscalidad. 6
Seguridad Social Agraria. 3
Ayudas institucionales 3
Nociones de derecho agrario. 3
Cooperativismo agrario 3
Otros tipos de sociedades. 3
Organizaciones profesionales agrarias. 3
Seguridad e Higiene en el trabajo. 3
Comercialización agraria. 3
Mercados de futuros de cítricos. 3
Política agraria comunitaria. 6
Seguros agrarios 3
Estructura de la CAPA. 3
Instrumentos financieros y de pago. 3
Total 48
Anexo III
Cursos de Incorporación a la empresa
Area técnica

Opción Agrícola Horas
Climatología. 2
Fisiología vegetal. 5
Suelos y abonos. 10
Riegos. 10
Plagas y enfermedades. 8
Plaguicidas. 5
Total 40
Opción Ganadera Horas
Fisiología animal. 5
Razas y cruzamientos. 5
Alimentación animal. 10
Sanidad Ganadera. 8
Construcciones. 8
Reproducción animal 4
Total 40
Area Empresarial
1. Contabilidad Agraria (ver anejo II).
2. Relaciones Agrarias (ver anejo II).

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