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Orden de 11 de julio de 1990, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia por la que se convoca la concesión de ayudas a la realización de programas relacionados con los fines del Instituto Valenciano de la Mujer.

(DOGV núm. 1367 de 22.08.1990) Ref. Base Datos 2277/1990

Orden de 11 de julio de 1990, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia por la que se convoca la concesión de ayudas a la realización de programas relacionados con los fines del Instituto Valenciano de la Mujer.
El Instituto Valenciano de la Mujer tiene como finalidad, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 29/1988, de 7 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el cual se crea, la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la igualdad social de ambos sexos y la participación de la mujer en la vida política, económica, cultural y social.
Dentro del marco general de dichos fines, y de acuerdo con los objetivos del «Plan para la Igualdad de Oportunidades para la Mujeres en la Comunidad Valenciana, 1989-1991», aprobado mediante Acuerdo del Consell de 15 de noviembre de 1988, se hace necesario, para potenciar la participación de otras instituciones públicas, así como de las Corporaciones Locales, de las distintas organizaciones políticas, sindicales y ciudadanas y, especialmente, de las asociaciones de mujeres, cuya colaboración es imprescindible para el logro de los objetivos propuestos, regular el régimen al que habrán de ajustarse las subvenciones concedidas por el Instituto Valenciano de la Mujer.
En su virtud, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valencia, a propuesta del Instituto Valenciano de la Mujer,
DISPONGO:
Artículo primero
La Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, a propuesta del Instituto Valenciano de la Mujer, y dentro de los límites que determinen los créditos aprobados en su presupuesto, convoca ayudas destinadas a financiar proyectos relacionados con los fines del Instituto Valenciano de la Mujer, realizados o a realizar durante 1990.
Artículo segundo
La financiación de dichos proyectos se hará con cargo a las líneas 401/000/90 y 402/000/90, del programa 455.20 del vigente Presupuesto de Gastos de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia para 1990 por un importe global de quince millones (15.000.000) de pesetas.
Artículo tercero
Se aprueban las bases por las que se regirá la presente convocatoria, incluidas como Anexo I a esta Orden.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 11 de julio de 1990.
El Conseller de Cultura, Educació i Ciencia
ANTONIO ESCARRE ESTEVE
ANEXO I
BASES
Primera
La presente convocatoria tiene como finalidad:
- Facilitar los medios para fomentar el movimiento asociativo de mujeres.
- Impulsar actividades relacionadas con el seguimiento y desarrollo del Plan de Igualdad de Oportunidades.
- Potenciar proyectos innovadores, de acuerdo con las áreas que contempla el Plan de Igualdad de Oportunidades.
Segunda
Las ayudas irán dirigidas a financiar:
a) Proyectos que contemplen:
* Actividades del movimiento asociativo de mujeres.
* Actividades de desarrollo y seguimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades.
b) Proyectos relacionados con la educación, la cultura, la formación, la orientación y el empleo de las mujeres, dirigidos prioritariamente a:
* Actividades de sensibilización de las personas que participan en los procesos educativos, culturales y formativos.
* Elaboración de materiales didácticos no sexistas: Documentos de trabajo y recopilación de experiencias.
* Experiencias de investigación- acción.
* Actividades que fomenten la iniciativa empresarial y el empleo de las mujeres y estimulen su presencia en sectores no tradicionales.
e) Proyectos relacionados con la salud de las mujeres referidos prioritariamente a:
* Actividades de sensibilización de las personas profesionales de la salud sobre la problemática específica de la salud de las mujeres.
* Favorecer experiencias y programas alternativos que respondan a las necesidades de las mujeres en la salud.
* Aumentar el nivel de información y educación sanitaria de las mujeres.
d) Proyectos de investigación referidos a:
* Análisis de los estereotipos sexistas, temáticos, conceptuales, lingüísticos, gráficos, etc, vigentes en el ámbito educativo, y estudio de la aportación de las mujeres a la historia de la humanidad.
* Incorporación de la mujer al mundo de la ciencia.
* Incorporación de la mujer al mundo del trabajo.
Análisis de los sectores de empleo tradicionalmente femeninos. Nuevas formas de empleo. Incidencia en las estructuras familiares.
* Asociacionismo femenino.
* Participación política: el genero del poder.
* Violencia contra las mujeres.
* Investigar sobre temas específicos de la salud de las mujeres.
Tercera
Podrán optar a estas ayudas:
a) Administraciones Públicas que realicen actividades en el área de la mujer.
b) Asociaciones, Federaciones, Coordinadoras de Mujeres, organizaciones no gubernamentales, y otras instituciones o entidades sin ánimo de lucro, cuyas actividades se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
c) Personas físicas que realicen actividades en favor de los derechos de la mujer.
En ningún caso podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos organismos que formen parte de la Administración de la Generalitat Valenciana.
Cuarta
La instancia de solicitud, que se formalizará con arreglo a los modelos que se incluyen en el Anexo II, deberá hacer referencia al apartado correspondiente de la Orden por el que se solicita subvención, e irá acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI de la persona firmante de la solicitud.
- Fotocopia del CIF, salvo cuando se trate de personas físicas.
- Fotocopia de la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, cuando se trate de asociaciones de ámbito nacional y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana, cuando se trate de asociaciones de ámbito autonómico.
- Proyecto detallado en el que consten las actividades a realizar, calendario y presupuesto detallado de las mismas, que se ajustará a los modelos que se incluyen en el ANEXO III.
Cuando la solicitud no fuese acompañada de la documentación requerida o la presentada adoleciese de algún defecto formal, se requerirá a las/os interesadas/os para que presenten la documentación restante o subsanen el defecto en el plazo de diez días, apercibiéndoles de que en caso contrario se procederá al archivo del expediente.
Quinta
En plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexta
Las solicitudes podrán presentarse en el Instituto Valenciano de la Mujer, c/ Náquera, núm. 9, de Valencia, c/ García Andreu, núm. 12, de Alicante, c/ Ensenyament, núm. 10, de Castellón, en el Registro General de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, en los Servicios Territoriales, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Séptima
El Conseller de Cultura, Educación y Ciencia, resolverá, a propuesta del Instituto Valenciano de la Mujer la concesión o denegación de las ayudas solicitadas, así como la cuantía de las mismas.
Octava
- El pago de las subvenciones concedidas a las Corporaciones Locales se realizará conforme a lo establecido en el artículo 30 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 1990.
- El pago a otras entidades y personas físicas se realizará por el 100% de la subvención concedida, previa justificación de la totalidad del gasto realizado.
Las/os beneficiarias/os vendrán obligadas/os a la devolución del importe de las subvenciones recibidas si el gasto no se produce por cualquier imprevisto, o cuando se compruebe una modificación sustancial de los fines en razón de los cuales se concedió la subvención, e igualmente cuando por percibir otras subvenciones se cubriera totalmente el importe del gasto.
Novena
Las personas o entidades beneficiarias de las subvenciones deberán presentar, una vez realizada la actividad la siguiente documentación:
- Cuenta justificativa del gasto efectuado, mediante factura original y copia.
- Memoria explicativa de la realización de las actividades subvencionadas, con evaluación de los resultados obtenidos.
Esta documentación habrá de ser presentada antes del 1 de diciembre de 1990.
Décima
En el supuesto de realizar publicidad, gráfica o escrita, de las actividades subvencionadas, deberá hacerse constar en la misma el patrocinio del Instituto Valenciano de la Mujer.
ANEXO II
D./Dª domiciliada/o en
calle núm CP
teléfono en representación de
CIF localidad provincia
CP teléfono
EXPONE:
Que convocadas ayudas económicas para la realización de programas relacionados con los fines del Instituto Valenciano de la Mujer, por Orden de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia de 11 de julio de 1990, y aceptando las bases de la convocatoria
SOLICITA:
1) Le sea concedida la cantidad de pesetas, para la realización
de las actividades detalladas en el proyecto adjunto.
2) Que a los efectos de abono de la mencionada ayuda designa la cuenta bancaria núm
banco sucursal calle
población titular de la cuenta
Valencia, a de de 1990.
HBLE. SR. CONSELLER DE CULTURA, EDUCACION Y CIENCIA
ANEXO III
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE
Datos personales
Nombre
DNI
Dirección
Localidad
CP Teléfono
Datos profesionales
Profesión
Lugar
Funciones
Antigüedad
Datos académicos
Titulación
Curso, jornadas
Investigaciones
DATOS DE LA ASOCIACIÓN SOLICITANTE
Nombre
Domicilio social Dirección Localidad
CP Teléfono CIF
Fecha de constitución Legalización
Número de asociadas/os Responsable
Ambito de actuación Tipo de actividades
Territorio
Fondo económico Cantidad
Procedencia
Vinculaciones o/y dependencias
Recursos materiales disponibles: Local Sí/No
Propio Alquilado Prestado
Biblioteca Sí/No
Número de volúmenes
Vídeo Si/No
Actividades con carácter continuado:
Días a la semana
Horario
Núm. consultas
Asesoría jurídica
Centro de información de la Mujer
Programa de radio
Tipo de publicaciones Periodicidad
Revista
Boletín
Folletos
Hojas informativas
Colaboración con otros grupos o Asociaciones de Mujeres o Instituciones (Indicar cuales).
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
Titulo
Objetivos
Contenido: Indice (indicar brevemente el contenido de cada apartado).
Metodología
Fondo Documental
Fases de desarrollo
Características del proyecto
¿A quién se dirige?
¿Dispone de alguna ayuda económica?.
¿Se realiza dentro de algún marco de investigación? (facultad, grupo....)
¿Constituye parte o totalidad de una tesis/tesina?
Presupuesto (Detallarlo por conceptos).
PROYECTO
Objetivos
Contenido Personas Fecha Lugar Gasto

Material
Contenido/tema Tipo (libro, vídeo....) Gasto

Gastos generales y mantenimiento
Objeto Gasto

* A la entrega de las facturas originales se ha de presentar obligatoriamente una memoria breve que contenga las valoraciones de las actividades realizadas (participación, repercusión social, aprovechamiento e interés..)

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