RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2010, de las Direcciones Generales de Ordenación y Centros Docentes y de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, por la que se adaptan los anexos I y II de la Orden de 19 de mayo de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la admisión del alumnado para cursar enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior. [2010/5942]
(DOGV núm. 6274 de 25.05.2010) Ref. Base Datos 005925/2010
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 26.05.2010 Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Educación Grupo Temático: Legislación Materias: Educación Descriptores: Temáticos: acceso a la educación, enseñanza pública, alumno, alumnado, enseñanza profesional , concierto educativo
La Orden de 19 de mayo de 2009, de la Conselleria de Educación (DOCV núm. 6025, de 1 de junio) regula la admisión del alumnado en ciclos formativos de grado superior de enseñanzas de Formación Profesional en los centros docentes, públicos y privados con dichas enseñanzas concertadas, ubicados en el ámbito de gestión de la Comunitat Valenciana.
En su disposición adicional segunda, faculta a los diferentes directores generales para modificar por resolución los anexos de la presente orden con el objeto de adaptarlos a nuevas titulaciones y legislación que incida en su contenido.
Por todo ello, y en virtud de las facultades concedidas, se resuelve:
Primero
Dejar sin efectos los anexos I y II de la Orden de 19 de mayo de 2009, que pasan a ser sustituidos por los anexos I y II de la presente resolución, con efectos a partir del curso 2010/11.
Segundo
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la secretaria autonómica de Educación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114.1 y 115.1 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Valencia, 18 de mayo de 2010.- El director general de Ordenación y Centros Docentes: Rafael Carbonell Peris. La directora general de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional: Mª Auxiliadora Hernández Miñana.