Ficha docv

Ficha docv









CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 11 de julio de 2013, de la Dirección General de Centros y Personal Docente, la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística y de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones sobre ordenación académica y de organización de la actividad docente de los centros de la Comunitat Valenciana que durante el curso 2013-2014 impartan ciclos formativos de Formación Profesional. [2014/2000]

(DOGV núm. 7230 de 10.03.2014) Ref. Base Datos 002137/2014






Advertidos errores en el apartado 37 de la Resolución de 11 de julio de 2013, de la Dirección General de Centros y Personal Docente, Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística y de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones sobre ordenación académica y de organización de la actividad docente de los centros de la Comunitat Valenciana que durante el curso 2013-2014 impartan ciclos formativos de Formación Profesional publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 7071, de 19 de julio de 2013, se realiza la siguiente corrección.



Donde dice:

«Treinta y siete. Crédito horario en los Centros Integrados de Formación Profesional

En los centros integrados públicos no existirá el departamento de artes plásticas, ciencias naturales, educación física y deportiva, filosofía, física y química, francés, geografía e historia, griego, inglés, otras lenguas extranjeras, latín, castellano: lengua y literatura, matemáticas, música, tecnología, valenciano: lengua y literatura, religión, economía e informática que no sea de familia profesional de informática, aunque exista profesorado en el centro integrado que imparta las materias correspondientes, ni el departamento de actividades complementarias y extraescolares, sin perjuicio de lo cual las horas de reducción horaria a que hubieran dado lugar en un centro docente ordinario se acumularán al crédito horario del centro»;



Debe decir:

«Treinta y siete. Crédito horario en los Centros Integrados de Formación Profesional

En los centros integrados públicos no existirá el departamento de artes plásticas, ciencias naturales, educación física y deportiva, filosofía, física y química, francés; así como otras lenguas extranjeras a excepción del inglés, geografía e historia, griego, latín, castellano: lengua y literatura, matemáticas, música, tecnología, valenciano: lengua y literatura, religión, economía e informática que no sea de familia profesional de informática, aunque exista profesorado en el centro integrado que imparta las materias correspondientes, ni el departamento de actividades complementarias y extraescolares, sin perjuicio de lo cual las horas de reducción horaria a que hubieran dado lugar en un centro docente ordinario se acumularán al crédito horario del centro».



Valencia, 4 de marzo de 2014.– El director general de Centros y Personal Docente: Santiago Martí Alepuz. La directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística: Beatriz Gascó Enríquez. El director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial: Marcial Díaz Garrigues.

Mapa web