Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2017, del secretario autonómico de Educación e Investigación, por la que se publica la relación de módulos de ciclos formativos cuya dedicación es susceptible de desdoble para el curso 2017-2018 en centros públicos. [2017/5302]

(DOGV núm. 8063 de 15.06.2017) Ref. Base Datos 005270/2017




La Orden 69/2015, de 25 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen criterios para la dotación de plantillas y para la determinación de condiciones de trabajo del profesorado de los centros docentes públicos que imparten ESO, Bachillerato y Formación Profesional, dependientes de la conselleria competente en materia de educación (DOGV 7560, 30.06.2015), establece, en el artículo 17.3, que anualmente se publicará, mediante una resolución de la secretaría autonómica competente en materia de educación, y, a falta de eso, por el órgano competente en materia de Formación Profesional, la relación de módulos y/o de especialidades de profesorado de los ciclos formativos cuya dedicación horaria es susceptible de desdoble, y se incrementará, si es necesario, la plantilla de los centros para impartirlos; entendiéndose que de no mediar publicación, se mantendrá la relación publicada la última vez.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 17.3 de la Orden 69/2015, de 25 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen criterios para la dotación de plantillas y para la determinación de condiciones de trabajo del profesorado de los centros docentes públicos que imparten ESO, Bachillerato y Formación Profesional, dependientes de la conselleria competente en materia de educación, resuelvo:



Único. Módulos susceptibles de desdoble de ciclos formativos en centros docentes públicos

De conformidad con lo que dispone el artículo 17.3 de la Orden 69/2015, de 25 de junio, la relación de módulos de ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo cuya dedicación horaria es susceptible de desdoble, así como la distribución y la cuantificación de estos, es la que se recoge en el anexo I de esta resolución. La relación será aplicable para el curso 2017-2018 y sucesivos en tanto no medie modificación expresa de la misma.



Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso de alzada ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 7 de junio de 2017.– El secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.

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