Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 21 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social dentro del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2017. [2017/8306]

(DOGV núm. 8135 de 26.09.2017) Ref. Base Datos 008373/2017






BDNS (identif.): 363132.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index



Primero. Objeto

El objeto es convocar para el ejercicio 2017 ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia de la Comunitat Valenciana que, dentro del año natural de la publicación, en extracto, de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, hayan cotizado o estén en condiciones de cotizar al menos tres años y hasta un máximo de cinco años ininterrumpidamente, de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.



Segundo. Financiación

Código línea Denominación línea

S8084 Ayudas Programa Fomento Trabajo Autónomo CV



Con las siguientes anualidades e importes máximos:



Anualidad 2017 1.799.000,00 euros

Anualidad 2018 163.545,00 euros



Tercero. Personas beneficiarias

Las personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que reúnan una serie de requisitos establecidos en las bases reguladoras. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias las solicitantes en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 20 de las citadas bases.





Cuarto. Presentación de solicitudes y documentación

Las solicitudes se formularán mediante los modelos oficiales disponibles en la Sede Electrónica de la Generalitat, http://sede.gva.es, que deberán presentarse en original y una copia (que será compulsada y devuelta a la persona solicitante), preferentemente en los registros de las correspondientes direcciones territoriales de Alicante, Castellón y Valencia, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, así como en el registro sito en la calle Navarro Reverter núm. 2, de València, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. A las solicitudes se acompañará la documentación que se establece en el artículo 25 de las bases reguladoras.

Asimismo, este procedimiento estará publicado y disponible en la Sede Electrónica de la Generalitat y podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico de la Generalitat antes de las 24.00 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial peninsular española).





Sexto. Bases reguladoras

Orden 15/2017, de 20 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 8090, 24.07.2017).



València, 21 de julio de 2017.– La directora general de Trabajo y Bienestar Laboral: Cristina Moreno Fernández.

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