Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2018, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se concede la autorización de apertura y funcionamiento al centro docente de nueva creación de Educación Infantil de primer ciclo denominado Somni, en Foios. [2018/12242]

(DOGV núm. 8462 de 11.01.2019) Ref. Base Datos 000289/2019


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza



El expediente 2018/346 ha sido iniciado a instancia de la entidad Escola Infantil Somni, Sociedad Civil, en solicitud de autorización para la apertura y funcionamiento de un centro docente privado de nueva creación de Educación Infantil de primer ciclo denominado Somni, en Foios.

La Dirección General de Centros y Personal Docente emitió informe favorable, el 24 de agosto de 2018, respecto a la adecuación de las instalaciones propuestas, en cuanto a espacios educativos, a lo dispuesto en la legislación aplicable.

Vista la propuesta favorable de la Dirección Territorial competente en materia educativa, que incluye los informes de la Unidad Técnica de Construcciones y de la Inspección Educativa de València, respecto a las instalaciones y al profesorado, de conformidad con la normativa aplicable.

Vista la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa; el Decreto 2/2009, de 9 de enero, del Consell, por el que se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunitat Valenciana; y el Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero.

Vista la propuesta del director general de Centros y Personal Docente y de conformidad con la misma, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 4 del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, y en virtud de la delegación establecida en la Resolución de 26 de octubre de 2016, resuelvo:



Primero

Autorizar la apertura y funcionamiento del centro docente privado de nueva creación que a continuación se indica, atendiendo a las características, enseñanzas y capacidad máxima que se señalan:

Código: 46036748.

Denominación genérica del centro: centro de Educación Infantil de primer ciclo.

Denominación específica del centro: Somni.

Titularidad: Escola Infantil Somni, Sociedad Civil.

Domicilio: calle San José, 3-bajo.

Localidad: Foios.

Provincia: València.

Enseñanzas y capacidad máxima que se autorizan:

3 unidades de Educación Infantil, primer ciclo, distribuidas así:

– 1 unidad para escolares de 0 a 1 año, con 8 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 1 a 2 años, con 13 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 2 a 3 años, con 20 puestos escolares.



Segundo

La presente autorización dará lugar a las correspondientes inscripciones en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.



Tercero

La presente resolución tendrá efectos desde la fecha en que se dicta, no obstante sus efectos académicos se entienden referidos al próximo curso escolar 2019-2020.



De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Para los interesados que no sean objeto de notificación, los plazos comenzarán a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 19 de diciembre de 2018.– El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, p. d. (R 26.10.2016), el secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.

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