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RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convocan para la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2017-2018. [2018/5100]

(DOGV núm. 8303 de 25.05.2018) Ref. Base Datos 005231/2018




La Orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que es regulan los premios nacionales de Bachillerato (BOE núm. 115, d'11 de mayo de 2018), establecidos por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, indica en el artículo 2 que las administraciones educativas competentes podrán convocar y conceder premios extraordinarios de Bachillerato en sus respectivos ámbitos de competencias.

Por su parte, el Decreto 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 7544, de 10 de junio de 2015), modificado por modificado por el Decreto 136/2015, de 4 de septiembre (DOCV núm 7611, de 9 de septiembre)i por el Decreto 51/2018, de 27 de abril (DOGV núm. 8284, de 30 de abril de 2018), establece, en el artículo 10, apartado 5, que la consellería competente en materia de educación regulará las condiciones que deberá cumplir el alumnado para poder ser propuesto para la obtención de un premio extraordinario al rendimiento académico.

Por todo ello, vista la propuesta de 21 de mayo de 2018, del director general de Política Educativa de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, de conformidad con esta, y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 6 del Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, resuelvo:



Primero. Objeto

El objeto de esta resolución es convocar para el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2017-2018.



Segundo. Requisitos de los aspirantes

1. Podrán optar al premio extraordinario los estudiantes que hayan cursado y superado, en centros docentes españoles dependientes de la Comunitat Valenciana, por lo menos el segundo curso de cualquiera de las modalidades de Bachillerato, y los hayan finalizado en el curso académico 2017-2018.

2. Para tomar parte en esta convocatoria, será necesario que la nota media de las calificaciones obtenidas en los dos cursos de cualquiera de las modalidades de Bachillerato sea igual o superior a 8,75 puntos.

3. Esta nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas en los dos cursos de Bachillerato, redondeada a la centena más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.

4. Las materias objeto de exención y/o convalidación de aquellos alumnos que cursan simultáneamente enseñanzas profesionales de Música o Danza o bien que han acreditado la condición de deportistas de alto nivel, de alto rendimiento o de élite, que constan como exentas y convalidadas respectivamente y que no son calificadas, no se computarán para la obtención de la nota media.



Tercero. Número de premios

En la Comunitat Valenciana se concederán 30 premios.



Cuarto. Procedimiento y plazo de inscripción

1. Los estudiantes que, reuniendo los requisitos indicados, deseen optar a los premios extraordinarios, se inscribirán en el centro educativo en el que han cursado los estudios de 2º de Bachillerato hasta el día 4 de junio de 2018, inclusive, entregando cumplimentada la solicitud de inscripción que se incluye en el anexo I de la presente convocatoria.

2. Los directores y secretarios de los centros en los que se inscriban los estudiantes para las pruebas se responsabilizarán de comprobar que en las solicitudes figuran todos los datos requeridos, darán registro de entrada en el centro a estas solicitudes, que deberán conservar en el archivo del centro, y completarán el proceso de inscripción siguiendo el procedimiento establecido a continuación:

a) Con el fin de simplificar el procedimiento de gestión de las solicitudes aludidas, se ha habilitado en la Oficina Virtual para los Centros Educativos una aplicación informática para que los centros puedan trasladar a la Dirección General de Política Educativa las solicitudes de los alumnos y las alumnas que se han inscrito en el premio extraordinario de Bachillerato.

b) Los centros realizarán su solicitud correspondiente al curso 2017-2018 a través de la página web:

https://oficinavirtual.gva.es/oficina_tactica/

c) Para ello utilizarán el usuario y contraseña de acceso a ITACA.

d) En la siguiente página web de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte se encuentra disponible un manual de ayuda para la realización de la solicitud:

http://www.ceice.gva.es/va/web/ordenacion-academica/bachillerato/premios-extraordinarios

e) Los centros tendrán ya incluido en la aplicación a aquel alumnado que cumple el requisito de haber obtenido en la etapa de Bachillerato una nota media igual o superior a 8,75, por lo que solamente deberán seleccionar al alumnado que ha presentado la solicitud de inscripción en los premios extraordinarios de Bachillerato en el centro y comprobar que los datos siguientes coinciden con los indicados en el modelo de inscripción:

· Primera lengua extranjera cursada en Bachillerato para el primer ejercicio.

· Modalidad de Bachillerato cursada.

· Localidad elegida para realizar el examen.

Asimismo, deberá completar la siguiente información:

· Materia elegida por el alumno para el segundo ejercicio.

f) Se hará un envío único con todo el alumnado que se haya inscrito.

g) Una vez introducida la solicitud en la aplicación telemática, el centro deberá conservar el comprobante del envío, que servirá como justificante de la presentación de la misma.

3. El plazo para que los centros docentes envíen sus solicitudes a través de la Oficina Virtual para los Centros Educativos empezará el 28 de mayo y finalizará el 5 de junio de 2018, ambos inclusive.

4. Las solicitudes fuera de plazo no serán tenidas en cuenta para la concesión de los premios.



Quinto. Relación provisional y definitiva de admitidos y excluidos

1. El día 12 de junio de 2018, la Dirección General de Política Educativa publicará en la página web: http://www.ceice.gva.es/va/web/ordenacion-academica/bachillerato/premios-extraordinarios la relación provisional de admitidos y excluidos. En esta relación se incluirá, asimismo, para cada alumno la modalidad de Bachillerato y, en su caso, itinerario, así como la primera lengua extranjera cursada y la materia a elegir de las que realizará la prueba.

2. Durante los días 13 y 14 de junio de 2018, se podrán formular alegaciones contra esta relación provisional a través de la misma Oficina Virtual para los Centros Educativos siguiendo las siguientes indicaciones:

a) Los estudiantes presentarán en papel las alegaciones en el centro educativo en las fechas indicadas.

b) Los directores y secretarios las registrarán y las enviarán escaneadas junto a la documentación justificativa que consideren necesaria a través de la Oficina Virtual para los Centros Educativos siguiendo el procedimiento que se indica para envío de alegaciones en el manual que se encuentra disponible en la siguiente página web: http://www.ceice.gva.es/web/ordenacion-academica/bachillerato/premios-extraordinarios antes del día 16 de junio de 2017.

3. El día 19 de junio de 2017, la Dirección General de Política Educativa publicará en la página web: http://www.ceice.gva.es/web/ordenacion-academica/bachillerato/premios-extraordinarios la relación definitiva de admitidos y excluidos. En esta relación se incluirá, asimismo, para cada alumno la modalidad de Bachillerato y, en su caso, itinerario, así como la primera lengua extranjera cursada y la materia a elegir de las que realizará la prueba.





Sexto. Elaboración de las pruebas

Las pruebas serán elaboradas por la Dirección General de Política Educativa.



Séptimo. Lugar, fecha de realización y distribución temporal de la prueba

1. Las pruebas se celebrarán el día 21 de junio de 2018 en los locales de los institutos de Educación Secundaria que se indican en el anexo II de la presente resolución. Si se necesitara algún local adicional a causa del número de estudiantes matriculados, se indicará el instituto de Educación Secundaria adjudicado a cada estudiante en el momento de la publicación de la relación provisional y definitiva de admitidos y excluidos, para un correcto funcionamiento de la prueba.

2. Los estudiantes serán convocados a las 09.00 horas en llamamiento único con el fin de iniciar el primer ejercicio. Una vez iniciada la prueba no se admitirá a ningún estudiante. Deberán acudir provistos del DNI/NIE, de bolígrafo o pluma de tinta azul o negra y del material necesario para realizar, en su caso, la prueba de Diseño. Podrán utilizar calculadora no programable si, según el parecer del tribunal, el ejercicio de alguna materia lo requiere. No podrán utilizar elementos de consulta (libros, anotaciones, diccionario, teléfono móvil, etc.) en ningún ejercicio, excepto en el caso de la prueba de Latín II, en la que se permitirá el uso del diccionario sin apéndice gramatical.

3. Las pruebas se celebrarán conforme al siguiente horario:



Ejercicios Duración

Primer ejercicio (dos partes que se entregan conjuntamente) De 09.30h a 11.30h

Pausa De 11.30h a 12.30h

Segundo ejercicio (dos partes que se entregan conjuntamente) De 12.30h a 14.30h





Octavo. Estructura de las pruebas

Las pruebas se estructuran de la siguiente forma:

1. Primer ejercicio

· Parte A: Análisis de un texto en castellano o valenciano y respuesta a las cuestiones de contenido lingüístico y literario que se plantean. Se presentarán dos textos, uno en castellano y otro en valenciano, y los estudiantes elegirán uno de ellos. El comentario debe ser realizado en la lengua del texto elegido (duración orientativa: 60 minutos).

Se valorará fundamentalmente la solidez de conceptos, el dominio de la lengua de que se trate, así como la creatividad y la capacidad crítica manifestadas. Para ello se tendrá en cuenta el grado de desarrollo de las capacidades lingüísticas de comprensión y expresión escrita (capacidad de redacción, exposición ordenada de las ideas, correcta construcción sintáctica, riqueza léxica y ortográfica).

· Parte B: Análisis de un texto de lengua extranjera de segundo curso de Bachillerato de la materia Primera Lengua Extranjera que haya cursado el alumnado en Bachillerato de entre Primera Lengua Extranjera II: Inglés, Primera Lengua Extranjera II: Francés, Primera Lengua Extranjera II: Alemán y Primera Lengua Extranjera II: Italiano que son las que se proponen en el anexo I de la presente resolución. El alumnado tendrá que responder a cuestiones de carácter cultural, literario o gramatical. El ejercicio se realizará sin diccionario en el idioma correspondiente (duración orientativa: 60 minutos).

Se trata de valorar la comprensión de un texto en lengua extranjera, así como la fluidez en la expresión escrita y el dominio del vocabulario y la sintaxis.

Los tiempos de duración son orientativos. Corresponde al participante distribuir el tiempo total de 120 minutos entre las diferentes partes del ejercicio.

2. Al acabar el primer ejercicio habrá una pausa de 60 minutos. Los modelos de exámenes correspondientes al segundo ejercicio se entregarán a los estudiantes después de la pausa citada.

3. Segundo ejercicio

· Parte C: Desarrollo de un tema y/o cuestiones que forman parte del currículo de la materia Historia de España común a todas las modalidades de Bachillerato.

· Parte D: Cuestiones y/o ejercicios prácticos sobre una materia elegida por los estudiantes en el momento de la inscripción. Las materias que podrán elegir serán las siguientes: Matemáticas II, Física, Química, Biología, Latín II, Geografía, Historia del Arte, Historia de la Filosofía, Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II, Fundamentos del Arte II, Diseño y Cultura Audiovisual II.

Los tiempos de duración son orientativos. Corresponde al participante distribuir el tiempo total de 120 minutos entre las diferentes partes del ejercicio.

4. Cada parte de la prueba se calificará entre 0 y 10 puntos.

5. Todos los exámenes estarán redactados en castellano y valenciano y los estudiantes podrán realizarlos en una de las dos lenguas. Los estudiantes deberán hacer el ejercicio correspondiente a la materia elegida en el momento de la inscripción. En caso de realizar otra materia, el ejercicio quedará invalidado y no podrá ser calificado.

6. En todas las pruebas se valorará, junto con la corrección de las respuestas, la claridad y calidad de la exposición, la estructuración del ejercicio, la propiedad de vocabulario, la presentación y la ortografía.

7. Todos los exámenes del primer y del segundo ejercicio estarán basados en el currículo oficial de Bachillerato de la Comunitat Valenciana establecido en el Decreto 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.



Noveno. Tribunal

1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Dirección General de Política Educativa.

2. El tribunal encargado de supervisar y evaluar las pruebas estará presidido por un inspector de Educación. Como secretario y vocales actuarán profesores del cuerpo de catedráticos o del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria especialistas en las distintas materias objeto de la prueba. Este profesorado deberá pertenecer a uno de los dos cuerpos anteriores en la especialidad con atribución docente en la materia en cuestión, y estar impartiendo o haber impartido por lo menos durante un curso la materia para la que sea nombrado. Tanto el presidente como el secretario y los vocales serán designados por el director general de Política Educativa.

3. Serán designados por lo menos un profesor o profesora por cada una de las materias objeto de examen: Lengua y Literatura Castellana II; Valenciano: Lengua y Literatura; Primera Lengua Extranjera II: Inglés; Primera Lengua Extranjera II: Francés; Primera Lengua Extranjera II: Alemán; Primera Lengua Extranjera II: Italiano; Historia de España, Matemáticas II, Física, Química, Biología, Latín II, Geografía, Historia del Arte, Historia de la Filosofía, Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II, Fundamentos del Arte II, Diseño y Cultura Audiovisual II.



Si en alguna materia se necesitara algún profesor adicional a causa del número de estudiantes matriculados, el presidente del tribunal podrá solicitar al director general de Política Educativa que nombre a cuantos miembros sean necesarios para un correcto funcionamiento del tribunal.

4. Las gratificaciones por asistencias a percibir por los miembros del tribunal, serán las establecidas en el apartado c) del anexo del Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, modificado por los decretos 64/2011, de 27 de mayo y 95/2014, de 13 de junio, del Consell.

5. La realización de los ejercicios en cada una de las sedes donde se celebran exámenes será responsabilidad de la dirección de los institutos de Educación Secundaria indicados en el anexo II y estará supervisada por el inspector de este centro con la colaboración de los miembros del tribunal y del profesorado adscrito al centro.

6. Si en alguna sede se necesita algún inspector adicional a causa del número de estudiantes matriculados, el presidente del tribunal podrá solicitar a la dirección territorial correspondiente el nombramiento de un inspector o inspectora más para una correcta supervisión del examen.



Diez. Publicación de las actas de calificación provisional

1. El tribunal elaborará la propuesta de adjudicación de los 30 premios a los estudiantes una vez evaluados los exámenes. Para la obtención del premio, los estudiantes deberán haber obtenido, en cada una de las pruebas, por lo menos 5 puntos.

2. El tribunal remitirá la propuesta de adjudicación de los 30 premios extraordinarios de Bachillerato y las actas con las calificaciones de todos los estudiantes presentados a la Dirección General de Política Educativa y a los inspectores supervisores de las diferentes sedes para que estos las expongan en el tablón de anuncios de la sede correspondiente, que será la del centro donde se desarrollaron las pruebas, antes del día 10 de julio de 2018.



Once. Reclamación de las calificaciones

Los estudiantes examinados, sus padres o representantes legales podrán presentar alegaciones razonadas contra la calificación obtenida en cada una de las pruebas, mediante un escrito dirigido al presidente del tribunal de los premios extraordinarios, con sede en la Dirección General de Política Educativa, situada en la avenida de Campanar, 32, 46015 València, en el plazo de los cinco días hábiles posteriores a aquel en que sean hechas públicas las calificaciones.



Doce. Adjudicación de premios

1. De acuerdo con la propuesta definitiva formulada por el tribunal una vez revisadas las reclamaciones, el director general de Política Educativa, por delegación del conseller, concederá los 30 premios, se notificará y se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana antes del 30 de septiembre de 2018.

2. Los estudiantes que obtengan premio extraordinario podrán optar, previa inscripción y siempre que cumplan los requisitos establecidos al artículo 5 de la Orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que se regulan los premios nacionales de Bachillerato (BOE núm. 115, de 11 de mayo de 2018), al premio nacional. Además, esta distinción les será anotada en su expediente académico y en su historial académico por el secretario del instituto de Educación Secundaria al que pertenecen o al que está adscrito su centro educativo.

3. De acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV núm. 8202, de 30 de diciembre de 2017), los estudiantes que obtengan un premio extraordinario de Bachillerato no estarán obligados al pago de las tasas de matrícula en el primer curso de los estudios superiores en una universidad pública.



Trece. Delegación de competencias

Se delega en el director general con competencias en materia de política educativa la concesión de los premios extraordinarios previstos en esta resolución.



Catorce. Recursos

Esta resolución producirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



De conformidad con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

b) El recurso contencioso-administrativo se deberá plantear ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.



València, 22 de mayo de 2018. El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte: Vicent Marzà Ibáñez.







ANEXO II

Locales de realización de las pruebas



IES Misteri d'Elx

Av. Universidad de Elche, 1

Elche



IES Penyagolosa

C/ Moncofa, s/n

Castellón de la Plana



IES Benlliure

C/ Convento de Carmelitas, 13

València







ANEXO III

Calendario de la convocatoria



Fechas Actuaciones

Hasta el 4 de junio de 2018 Presentación de solicitudes de inscripción del alumnado de Bachillerato en su centro educativo.

Del 28 de mayo al 5 junio de 2018 Introducción de las solicitudes de inscripción por parte de los directores y secretarios del centro a través de la OFICINA VIRTUAL

12 junio de 2018 Publicación lista provisional de admitidos y excluidos en la página web de Ordenación Académica

13 y 14 junio de 2018 Formulación de alegaciones contra la relación provisional, presentación por parte del alumnado en el centro educativo

Hasta el 15 junio de 2018 Traslado de las alegaciones recibidas por parte de los directores y secretarios del centro a través de la OFICINA VIRTUAL

19 de junio de 2018 Publicación lista definitiva de admitidos y excluidos en la página web de Ordenación Académica

21 de junio de 2018 EXAMEN

9:00 h : convocatoria de los estudiantes

De 9:30h a 11:30h : Primer ejercicio

De 11:30h a 12:30h : Pausa

De 12:30h a 14: 30h: Segundo ejercicio

Hasta el 10 de julio de 2018 Publicación acta calificaciones

5 días hábiles posteriores a la publicación del acta calificaciones Presentación de reclamaciones contra las calificaciones

Antes del 30 de septiembre de 2018 Publicación en el DOCV del alumnado premiado



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