Ficha docv

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DECRETO 132/2018, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales en la Universitat de València Estudi-General, la Universitat Politècnica de València, la Universidad de Alicante, la Universitat Jaume I de Castellón y la Universidad Miguel Hernández de Elche. [2018/8467]

(DOGV núm. 8382 de 13.09.2018) Ref. Base Datos 008450/2018


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza



Las universidades públicas, que se relacionan en los anexos I, II, III. IV y V de este decreto, han solicitado autorización para implantar enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado en el curso 2018-2019.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, en su artículo 37 estructura las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos (grado, máster y doctorado), y en su artículo 35 dispone que, para impartir estas enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deben poseer la autorización pertinente de la comunidad autónoma, según lo dispuesto en su legislación, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno. En idéntico sentido se pronuncia el artículo 24.1 del Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

La Orden 86/2010, de 15 de noviembre, de la Conselleria de Educación, establece el procedimiento para la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado en las universidades de la Comunitat Valenciana y en su artículo 16 determina que corresponde al Consell, por decreto, acordar la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de dichos títulos.

Consta en el expediente la justificación por las universidades del cumplimiento de los requisitos exigidos por la citada normativa, la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva ha emitido el preceptivo informe y el Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior ha sido informado de la propuesta de implantación de la enseñanza en sesión de 27 de febrero 2018.

Asimismo, mediante resolución del Consejo de Universidades se ha verificado el plan de estudios de la enseñanza solicitada.

Por ello, vistos los artículos 8 y 35.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; el artículo 3.3 del Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; y el artículo 37 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de coordinación del sistema universitario valenciano, a propuesta del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, de conformidad con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y previa deliberación del Consell, en la reunión de 7 de septiembre de 2018,





DECRETO



Primero

Se autoriza a las universidades públicas: Universitat de València Estudi-General, Universitat Politécnica de València, Universidad de Alicante, Universitat Jaume I de Castellón y Universidad Miguel Hernández de Elche la implantación, en el curso 2018-2019, de las enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado, para un máximo de plazas de nuevo ingreso que figuran en los anexos I, II, III. IV y V de este decreto.



Segundo

Estas autorizaciones se pondrán en conocimiento del Ministerio de Educación y Formación Profesional, al efecto de que este eleve al Gobierno la propuesta para el establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.



Tercero

El seguimiento de los planes de estudios verificados por el Consejo de Universidades se realizará por la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva a los dos años de su implantación, salvo en el caso de que este proceso se solape con la renovación de la acreditación del mismo.



Cuarto

Antes del transcurso de seis, siete u ocho años para los grados, cuatro para los másteres y seis años para los doctorados a contar desde la fecha de su verificación inicial o desde su última acreditación, los títulos deberán haber renovado su acreditación en los términos establecidos en los artículos 24, apartado 2 y 27 bis del Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de enseñanzas universitarias oficiales.



Quinto

La aplicación y desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de los capítulos de gasto asignada a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, y en todo caso deberá ser atendido con los medios personales y materiales de las universidades.



Sexto

El presente decreto tendrá efectos al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Consell, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, según lo establecido en el artículo 124 de la citada Ley 39/2015, sin que se puedan interponer simultáneamente los dos recursos mencionados.

Todo ello sin perjuicio de que personas interesadas puedan ejercitar cualquier otra vía que estimen oportuna.



València, 7 de septiembre de 2018



El president de la Generalitat,

XIMO PUIG I FERRER



El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte,

VICENT MARZÀ IBÁÑEZ







ANEXO I

Universitat de València (Estudi-General)



Autorización de implantación



Grado



Título Núm. plazas Centro

Grado en Ciencias de los Datos 65 Escuela Técnica Superior de Ingeniería

















ANEXO II

Universitat Politècnica de València



Autorización de implantación



Grado



Título Núm. plazas Centro

Grado en Ciencias de Datos 75 Escuela Técnica

Superior de Ingeniería Informática

Grado en Diseño y Desarrollo de Videojuegos y Experiencias Interactivas-Centro adscrito Florida Universitaria 50 Centro Florida Universitaria







Máster



Título Núm. plazas Centro

Máster Universitario en Gestión Administrativa 30 Facultad de Administración y Dirección de Empresas







ANEXO III

Universidad de Alicante



Autorización de implantación



Grado



Título Núm. plazas Centro

Grado en Marketing 75 Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales

Grado en Gastronomía y Artes Culinarias 75 Facultad de Ciencias

Grado en Relaciones Internacionales 70 Facultad de Derecho







Máster



Título Núm. plazas Centro

Máster Universitario en Historia del Mundo Mediterráneo y sus Regiones. De la Prehistoria a la Edad Media 45 Facultad de Filosofía y Letras

Máster Universitario en Ciberseguridad 20 Escuela Politécnica Superior

Máster Universitario en Dirección y Planificación de Turismo 30 Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales

Máster Universitario en Innovación Social y Dinámicas de Cambio 20 Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales









Doctorado



Título Núm. plazas Centro

Doctorado en Conjunto Marie-Sklodowka Curie en Derecho de la Propiedad Intelectual e Innovación. EIPINIS por la Universidad de Alicante, Queen Mary University of London (Reino Unido), Universiteit de Maastricht (Paises Bajos), Universität de Ausburg (alemanis) y Université de Strasbourg (Francia) Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante







ANEXO IV

Universitat Jaume I de Castellón



Autorización de implantación



Doctorado



Título Núm. plazas Centro

Doctorado en Ciencias Biomédicas y Salud 40 Escuela Doctorado de la Universidad Jaume I de Castellón

Doctorado Europeo Conjunt Marie Sklodowska-Curie en Geoinformática /European Joint Doctorate Marie Sklodowska-Curie in Geoinformatics por la Universidad Jaume I de Castellón, Universidade Nova de Lisboa (Portugal) i Westfälische Wilhelms-Universität Münster (Alemania) Escuela Doctorado de la Universidad Jaume I de Castellón







ANEXO V

Universidad Miguel Hernández de Elche



Autorización de implantación



Grado



Título Núm. plazas Centro

Grado en Seguridad Pública y Privada 100 Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas







Máster



Título Núm. plazas Centro

Máster Universitario en Tecnología y Calidad Agroalimentaria 20 Escuela Politécnica Superior de Orihuela

Máster Universitario en Auditoria de Cuentas 30 Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas



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