Ficha docv

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RESOLUCIÓN del 22 de octubre de 2018, del director general de Comercio y Consumo, por la que se modifican los plazos límite para la ejecución de las inversiones y para la presentación de documentos para justificación previstos en la Resolución de 29 de diciembre de 2017, del director general de Comercio y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, al amparo de la Orden 14/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía. Capítulo III, del título II, artículo 22, puntos 3, 5 y 6. [2018/9805]

(DOGV núm. 8409 de 24.10.2018) Ref. Base Datos 009600/2018








En el DOGV núm. 7852 de 17 de agosto de 2016 se publicó la Orden 14/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía, estableciendo en sus artículos 13 y 15 las obligaciones de los beneficiarios, la forma de justificación de los gastos y de la liquidación de las ayudas.

Por Resolución de 29 de diciembre de 2017, del director general de Comercio y Consumo, se efectuó la convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, al amparo de la Orden 14/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía, fijando en su resuelvo octavo el 31 de octubre de 2018 como fecha límite para la realización de las inversiones previstas en el capítulo III del título II, artículo 22, puntos 3, 5 y 6, y como fecha límite de justificación de las mismas el 15 de noviembre de 2018.

Mediante Resolución de 20 de julio de 2018, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de concesión de las ayudas convocadas por Resolución de 29 de diciembre de 2017, del director general de Comercio y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, al amparo de la Orden 14/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía se concedieron las ayudas previstas en el capítulo III, del título II, artículo 22, puntos 3, 5 y 6 manteniendo los plazos de realización y justificación citados en la convocatoria.

Ante la imposibilidad material de poder llegar al total cumplimiento del plazo previsto en la convocatoria para la efectiva y total ejecución de las obras objeto de ayuda, puesta de manifiesto por diversos ayuntamientos beneficiarios, bien por la imposibilidad material de ejecución de las inversiones, bien por la imposibilidad de cumplir los plazos previstos en la normativa sobre contratos públicos, hace necesario la modificación de los plazos contemplados en el artículo 8 de la convocatoria, ampliando dichos plazos para la realización de las inversiones y para la presentación de documentos para justificar la subvención.

Visto que concurren las razones que motivan la presente resolución, conforme exige el artículo 35.1.e de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y que conducen a acordar de oficio la ampliación del plazo para cumplir los trámites indicados

En virtud de todo el que se ha expuesto anteriormente y haciendo uso de la atribución delegada mediante la citada Orden 14/2016 en su disposición final primera, resuelvo:



Primero

Modificar las fechas señaladas en el resuelvo octavo de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, del director general de Comercio y Consumo, por la que se efectuó la convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, fijando el 28 de noviembre de 2018, como fecha límite para la realización y el 30 de noviembre de 2018 para la justificación de las inversiones previstas en el capítulo III, del título II, artículo 22, puntos 3, 5 y 6.



Segundo

Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



Tercero

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 22 de octubre de 2018.– El director general de Comercio y Consumo: Natxo Costa Pina.

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