Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas al programa de fomento de empleo del trabajo autónomo, reguladas en la Orden 18/2017. [2019/1016]

(DOGV núm. 8480 de 06.02.2019) Ref. Base Datos 001199/2019




BDNS (identif.): 437704.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans



Primero. Beneficiarios y condiciones

Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia.



Segundo. Objeto

La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del programa de fomento del trabajo autónomo, por el que se otorga una subvención en concepto de renta de subsistencia a las personas desempleadas que acceden a su empleo a través de la creación de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento de empleo dirigido al emprendimiento, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 29 de septiembre de 2017.



Cuarto. Cuantía

1. El importe global máximo estimado para financiar estas subvenciones será de 1.800.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del Servicio Valenciano de Empleo y Formación para 2019.

2. La cuantía de la subvención se determinará en función de la pertenencia de la persona solicitante en el momento del alta como personal autónomo a alguno de los siguientes colectivos:

a) personas desempleadas en general: 2.500 euros

b) personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros

c) personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500 euros

d) mujeres desempleadas víctimas de la violencia sobre la mujer: 4.500 euros.

Los importes establecidos en las letras a), b) y c) se incrementarán en 500 euros en el caso de las mujeres.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será iniciará al día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 1 de octubre de 2019. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la fecha de inicio que conste en la Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios.



València, 28 de diciembre de 2018.– El director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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