Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 539/2016. [2019/10302]

(DOGV núm. 8716 de 14.01.2020) Ref. Base Datos 2019/10302




En el presente procedimiento ordinario número 539/2016 seguido a instancia de Marrama Esteve, SL, frente a Jesús Gil Martín, José María de la Muela Pliego y María de los Ángeles Mendieta Blanco, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:



«Sentencia número 66 /2019

Castellón, 12 de junio de 2019

Vistos por Diana Moreno Martín, magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Castellón y su partido, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este juzgado bajo el número 539/2016, en los que han sido parte demandante la mercantil Marrama Esteve, SL, representada por la procuradora María Belén Arce Cantano y asistida por el letrado Javier Traver Vallés contra Jesús Gil Martín, José María de la Muela Pliego y María de los Ángeles Mendieta Blanco, todos ellos declarados en situación de rebeldía procesal, personándose posteriormente el procurador Pablo Ricart Andreu, en nombre y representación de José María de la Muela Pliego y María de los Ángeles Mendieta Blanco, con la asistencia letrada que consta en las actuaciones, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora María Belén Arce Cantano, en nombre y representación de la mercantil Marrama Esteve, SL, contra Jesús Gil Martín, José María de la Muela Pliego y María de los Ángeles Mendieta Blanco, y en consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a que abonen a la actora, y por los conceptos expresados en la demanda y en la presente resolución, la cantidad de 71.632 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta la sentencia, y a partir de entonces, los intereses del artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil; y todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer por ante este juzgado, previa consignación del depósito legalmente previsto, recurso de apelación en ambos efectos, dentro de los 20 días siguientes a su notificación para que sea resuelto por la Audiencia Provincial de Castellón.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»



Y encontrándose dicho demandado, Jesus Gil Martín, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.



Castellón, 15 de octubre de 2019.– El letrado de la Administracion de justicia Marco Antonio Bautista Torres.

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