Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2019, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se dispone el Registro y Publicación del Acuerdo de 21 de diciembre de 2018, de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE), del II Convenio colectivo para el personal laboral de la Administración de la Generalitat, de adhesión al Decreto 211/2018, de 23 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de la Administración de la Generalitat (Codigo 80000062011986). [2019/4139]

(DOGV núm. 8541 de 06.05.2019) Ref. Base Datos 004099/2019






Visto el texto del Acuerdo de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE) del II Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración de la Generalitat, de adhesión al Decreto 211/2018, de 23 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, suscrito en Valencia, el día 21 de diciembre de 2018, por las representaciones de la Administración de la Generalitat y de las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores del PV (UGT-PV) y Comisiones Obreras del PV (CCOO-PV), como integrantes de la CIVE, y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), por ostentar la condición de representativa en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 4.3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y el Decreto 104/2017, de 21 de julio, del Consell, por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de la conselleria de economía sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, resuelve:



Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acuerdo.



Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 29 de marzo de 2019.– El subdirector general de Relaciones Laborales: Juan Ignacio Soler Tormo.





Acuerdo de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo y del sindicato que ostenta la condición de representativo en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat, de adhesión al Decreto 211/2018, de 23 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de la Administración de la Generalitat.



Reunidas en València, a 21 de diciembre de 2018, en el ámbito de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo (CIVE), las representaciones de la Administración de la Generalitat y de las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores del P.V. (UGT-PV) y Comisiones Obreras del P.V. (CCOO-PV), como integrantes de la CIVE y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), por ostentar la condición de representativa en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical; y de conformidad con lo establecido en el artículo 38.8 Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el artículo 83.3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 2 in fine y artículo 4 del vigente Convenio Colectivo.

Manifiestan

El 12 de noviembre de 2014, en el seno de esta Comisión, se alcanzó el Acuerdo por el que se interpretaba y desarrollaba el artículo séptimo, punto 4, del vigente Convenio Colectivo, sobre carrera profesional horizontal y evaluación del desempeño. En el mismo se acordó la adhesión a lo establecido en el Decreto 186/2014, de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño del personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat, así como a las correspondientes normas y medidas de desarrollo de dicho decreto, en el marco de lo establecido en la normativa vigente, para su aplicación al personal laboral fijo gestionado por la dirección general competente en materia de función pública.

El citado Decreto 186/2014, de 7 de noviembre, fue modificado, posteriormente, por el Decreto 93/2017, de 14 de julio, del Consell, al cual se adhirió igualmente la CIVE, mediante Acuerdo de 24 de julio de 2017.

La Sentencia núm. 803/2015, de 21 de diciembre, del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, confirmada por la Sentencia del Tribunal Supremo 402/2017, de 8 de marzo, estima parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación de interinos de la Generalitat contra el Decreto 186/2014, de 7 de noviembre, del Consell, declarando la nulidad de determinados artículos y disposiciones del mismo, en cuanto excluyen al personal funcionario interino con más de cinco años de antigüedad, de la posible percepción del complemento retributivo de carrera profesional. En el mismo sentido fallan las posteriores sentencias del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana 175/2017, de 29 de marzo y 213/2017, de 21 de abril, ambas firmes por no haber sido recurridas.

Para dar cumplimiento a la ejecución de las citadas sentencias, se ha aprobado el Decreto 211/2018, de 23 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de la Administración de la Generalitat (DOGV 10.12.2018, núm. 8440). En él se da al personal funcionario interino el mismo tratamiento que se le dio al personal funcionario de carrera, ello conlleva el mantenimiento de los efectos económicos y administrativos previstos en los dos Decretos que se derogan con este decreto.

Por todo ello, esta Comisión considera necesario alcanzar un acuerdo que permita la aplicación la carrera profesional horizontal, así como la evaluación del desempeño, a todo el personal laboral, por lo que las partes firmantes,



ACUERDAN



Primero

Adherirse a lo establecido en el Decreto 211/2018, de 23 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, así como a las correspondientes normas y medidas de desarrollo de dicho decreto que se dicten en el marco de lo establecido en la normativa vigente.



Segundo

El presente Acuerdo será de aplicación al personal laboral gestionado por la dirección general competente en materia de función pública.



Tercero

El presente acuerdo entrará en vigor el día de su firma y se remitirá a la oficina pública competente para su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 21 de diciembre de 2018



Por la Generalitat, la directora general de Función Pública, presidenta de la CIVE. Eva Coscollá Grau



Por las organizaciones sindicales:

Por UGT-PV: Francisco Chapa Nebreda

Por CCOO-PV: José Cloquell Mascarell

Por CSIF: Julio Tamayo Muñoz

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