Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2019, de la Dirección General de Industria y Energía, por la que se acuerda la redistribución definitiva por sectores de los créditos asignados estimativamente en la convocatoria de las ayudas en materia de industrialización para asociaciones empresariales industriales de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalajes, productos infantiles, papel y artes graficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la segunda fase de implantación del plan estratégico de la industria valenciana de la Comunitat Valenciana. [2019/4199]

(DOGV núm. 8536 de 26.04.2019) Ref. Base Datos 003898/2019


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Economia y hacienda publica





Antecedentes

Primero. Mediante Resolución de 27 de diciembre de 2018, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se efectuó la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2019, de las ayudas en materia de industrialización para asociaciones empresariales industriales de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalajes, productos infantiles, papel y artes graficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la segunda fase de implantación del plan estratégico de la industria valenciana de la Comunitat Valenciana.



Segundo. En el resuelvo segundo de dicha convocatoria, se estableció que las ayudas convocadas se financiaban con cargo a la línea S0360 del programa presupuestario 11.02.03.722.20, capítulo VII, hasta un importe global máximo de 2.700.000 euros, estableciendo una distribución inicial por sectores del importe global máximo de esta convocatoria, sin perjuicio de que a la misma se le otorgaba expresamente un carácter estimativo.



Tercero. En el punto 3 del resuelvo segundo de la citada resolución de convocatoria, se establece que en función del importe de ayuda solicitado en cada sector, y al objeto de poder atender el mayor número posible de solicitudes, la distribución estimativa del punto anterior, podría redistribuirse proporcionalmente entre los sectores que resulten deficitarios, sin necesidad de nueva convocatoria. No obstante, dicha redistribución definitiva será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver, ni modificará el plazo de justificación.



Cuarto. Según el certificado del órgano instructor que obra en el expediente, en la citada convocatoria se han presentado solicitudes de ayudas cuyos importes máximos a conceder por sector son los siguientes:



SECTORES CRÉDITO ESTIMADO INICIAL IMPORTE MÁXIMO

DE AYUDA

CALZADO 180.000 € 216.718,58 €

CERÁMICO 180.000 € 333.853,45 €

METAL-MECÁNICO 180.000 € 90.485,17 €

TEXTIL 180.000 € 139.059,76 €

JUGUETE 180.000 € 192.111,79 €

MÁRMOL 180.000 € 123.456,91 €

MADERA-MUEBLE E ILUMINACIÓN 180.000 € 249.367,48 €

QUÍMICO 180.000 € 111.215,65 €

AUTOMOCIÓN 180.000 € 56.951,40 €

PLÁSTICO 180.000 € 47.423,99 €

ENVASES Y EMBALAJES 180.000 € 81.743,93 €

PRODUCTOS INFANTILES 180.000 € 19.604,73 €

INDUSTRIA DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS 180.000 € 0,00 €

VALORACIÓN DE RESIDUOS 180.000 € 39.391,86 €

BIOTECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS 180.000 € 177.905,06 €

TOTALES 2.700.000 € 1.879.289,76 €







Quinto. Dado que el importe total a conceder entre los sectores convocados (1.879.289,76 €), es inferior al crédito total máximo previsto para la convocatoria (2.700.000 €), es posible redistribuir los créditos inicialmente previstos con carácter estimativo, para atender todas las solicitudes de todos los sectores, trasladando los créditos sobrantes en los sectores con excedente, a los sectores con déficit de crédito inicial.



Sexto. El apartado 5 del artículo 58 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones establece que, en aquellas convocatorias, en las que se haya atribuido carácter estimativo a la distribución de la cuantía máxima entre distintos créditos presupuestarios, el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.



Séptimo. De acuerdo con todo lo anterior, y conforme al resuelvo décimoquinto primero de la convocatoria, donde se delega en esta Dirección General la resolución de las incidencias que se produzcan con anterioridad o posterioridad a la concesión como órgano concedente, resuelvo



Primero. Redistribuir, de la siguiente manera, los créditos estimativos establecidos en la resolución de 27 de diciembre de 2018, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectuó la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2019, de las ayudas en materia de industrialización para asociaciones empresariales industriales de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalajes, productos infantiles, papel y artes graficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la segunda fase de implantación del plan estratégico de la industria valenciana de la Comunitat Valenciana.



SECTORES DISTRIBUCIÓN INICIAL DISTRIBUCIÓN DEFINITIVA

CALZADO 180.000 € 216.718,58 €

CERÁMICO 180.000 € 333.853,45 €

METAL-MECÁNICO 180.000 € 90.485,17 €

TEXTIL 180.000 € 139.059,76 €

JUGUETE 180.000 € 192.111,79 €

MÁRMOL 180.000 € 123.456,91 €

MADERA-MUEBLE

E ILUMINACIÓN 180.000 € 249.367,48 €

QUÍMICO 180.000 € 111.215,65 €

AUTOMOCIÓN 180.000 € 56.951,40 €

PLÁSTICO 180.000 € 47.423,99 €

ENVASES Y EMBALAJES 180.000 € 81.743,93 €

PRODUCTOS INFANTILES 180.000 € 19.604,73 €

INDUSTRIA DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS 180.000 € 0,00 €

VALORACIÓN DE RESIDUOS 180.000 € 39.391,86 €

BIOTECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS 180.000 € 177.905,06 €

TOTALES 2.700.000 € 1.879.289,76 €







Segundo. Declarar la disponibilidad en el ejercicio 2019 del importe sobrante de 820.710,24 € de la línea S0360, para su posterior incorporación como cuantía adicional a la convocatoria de las ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción y plástico, envases y embalajes, productos infantiles, papel y artes graficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la segunda fase de implantación del plan estratégico de la industria valenciana de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en el resuelvo segundo, punto 2 a) de la resolución de 27 de diciembre de 2018, de ayudas para pymes industriales.



Tercero. Ni esta resolución de distribución definitiva de los créditos entre sectores ni la declaración de disponibilidad del crédito sobrante para su incorporación a la convocatoria para pymes industriales, implican la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.



València, 23 de abril de 2019.– La directora general de Industria y Energía: Maria Empar Martínez Bonafé.

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