Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2019, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la autorización a los centros docentes privados de la Comunitat Valenciana relacionados en el anexo. [2019/4317]

(DOGV núm. 8543 de 08.05.2019) Ref. Base Datos 004260/2019




Los expedientes han sido iniciados a instancia de las titularidades de los centros que se relacionan en el anexo, en solicitud de modificación de sus autorizaciones.

La Dirección General de Centros y Personal Docente informó favorablemente, a los centros implicados, la adecuación de las instalaciones propuestas, en cuanto a espacios educativos, según la normativa aplicable.

Cada expediente consta de la propuesta favorable de la dirección territorial competente en materia educativa, de la provincia donde está ubicado el centro correspondiente, sobre la base de los informes de la Unidad Técnica de Construcciones, respecto a las instalaciones, y de la Inspección de Educación, en relación con el profesorado y sus titulaciones, salvo que, en este último caso, conste del compromiso del titular del centro, de aportarlas antes del inicio de las actividades educativas correspondientes, tal y como se indica en el anexo.

Vista la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa; el Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria; el Decreto 2/2009, de 9 de enero, del Consell, por el que se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunitat Valenciana; y el Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Vista la propuesta del director general de Centros y Personal Docente y de conformidad con la misma, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 4 del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, y en virtud de la delegación establecida en la Resolución de 26 de octubre de 2016, resuelvo:



Primero

Modificar las autorizaciones de los centros docentes privados que se especifican en el anexo atendiendo a las características, enseñanzas y capacidad máxima que allí se señalan.



Segundo

Los centros indicados en el anexo, que no han aportado la relación del profesorado y titulaciones respectivas, deberán hacerlo antes del inicio de las actividades correspondientes ante la dirección territorial correspondiente, que deberá aprobarlas, previo informe de la inspección educativa.



Tercero

La presente autorización dará lugar a las correspondientes inscripciones en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.



Cuarto

La presente resolución tendrá efectos desde la fecha en que se dicta, no obstante, sus efectos académicos se entienden referidos a partir del inicio del próximo curso escolar 2019-2020.



De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Para los interesados que no sean objeto de notificación, los plazos comenzarán a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 16 de abril de 2019.– El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, p. d. (26.10.2016), el secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.





ANEXO



Núm. exp.: 2019/027.

Código: 46031520.

Denominación genérica del centro: Centro de Educación Infantil de primer ciclo.

Denominación específica del centro: Nadons.

Titularidad: Centro de Educación Aulas, SL.

Domicilio: calle del Pintor Sorolla, número 4.

Localidad: Aldaia.

Provincia: Valencia.

Modificación que se autoriza:

Cambio de uso de unidades de primer ciclo de Educación Infantil, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:

4 unidades de primer ciclo de Educación Infantil, distribuidas de la siguiente forma:

– 1 unidad para escolares de 0 a 3 años con 11 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 1 a 3 años con 15 puestos escolares.

– 2 unidades para escolares de 2 a 3 años con 20 puestos escolares.



Núm. exp.: 2018/470.

Código: 46034090.

Denominación genérica del centro: Centro de Educación Infantil de primer ciclo.

Denominación específica del centro: Tincho, Pincho y Carpincho.

Titularidad: L'Escoleta de Tincho Pincho y Carpincho, SL.

Domicilio: plaza del Mercado, número 4.

Localidad: Algemesí.

Provincia: Valencia.

Modificación que se autoriza:

Cambio de uso de unidades de primer ciclo de Educación Infantil, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:

6 unidades de primer ciclo de Educación Infantil, distribuidas de la siguiente forma:

– 2 unidades para escolares de 0 a 3 años con 11 puestos escolares cada una.

– 3 unidad para escolares de 1 a 3 años con 15 puestos escolares cada una.

– 1 unidad para escolares de 2 a 3 años con 20 puestos escolares.



Núm. exp.: 2011/203.

Código: 46030722.

Denominación genérica del centro: Centro de Educación Infantil de primer ciclo.

Denominación específica del centro: Carboneret.

Titularidad: Escola Infantil Carboneret, SL.

Domicilio: plaza San José, número 8.

Localidad: Rafelbunyol.

Provincia: Valencia.

Modificación que se autoriza:

Cambio de uso de unidades de primer ciclo de Educación Infantil, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:

5 unidades de primer ciclo de Educación Infantil, distribuidas de la siguiente forma:

– 2 unidades para escolares de 1 a 2 años con 13 puestos escolares cada una.

– 1 unidad para escolares de 0 a 3 años con 11 puestos escolares.

– 2 unidades para escolares de 1 a 3 años con 15 puestos escolares cada una.



Núm. exp.: 2019/029.

Código: 46032342.

Denominación genérica del centro: Centro de Educación Infantil de primer ciclo.

Denominación específica del centro: Globitos 2.

Titularidad: Susana Martí Ruiz.

Domicilio: calle Alquería de Benimassot, número 6.

Localidad: València.

Provincia: Valencia.

Modificación que se autoriza:

Cambio de uso de unidades de primer ciclo de Educación Infantil, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:

3 unidades de primer ciclo de Educación Infantil, distribuidas de la siguiente forma:

– 1 unidad para escolares de 0 a 2 años con 8 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 1 a 3 años con 15 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 2 a 3 años con 15 puestos escolares.



Núm. exp.: 2018/485.

Código: 46028259.

Denominación genérica del centro: Centro de Educación Infantil de primer ciclo.

Denominación específica del centro: Mi Cole.

Titularidad: Educación Infantil Maya, SL.

Domicilio: calle Doctor Sumsi, número 8.

Localidad: València.

Provincia: Valencia.

Modificación que se autoriza:

Cambio de uso de unidades de primer ciclo de Educación Infantil, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:

4 unidades de primer ciclo de Educación Infantil, distribuidas de la siguiente forma:

– 1 unidad para escolares de 0 a 2 años con 8 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 1 a 2 años con 13 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 1 a 3 años con 15 puestos escolares.

– 1 unidad para escolares de 2 a 3 años con 15 puestos escolares.



Núm. exp.: 2018/403.

Código: 46032494.

Denominación genérica del centro: Centro de Educación Infantil de primer ciclo.

Denominación específica del centro: La Aurora 3.

Titularidad: Ferbala, SL.

Domicilio: calle Erudito Orellana, número 8.

Localidad: València.

Provincia: Valencia.

Modificación que se autoriza:

Ampliación del número de unidades del primer ciclo de Educación Infantil, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:

8 unidades de primer ciclo de Educación Infantil, distribuidas de la siguiente forma:

– 2 unidades para escolares de 0 a 2 años con 8 puestos escolares cada una.

– 3 unidades para escolares de 1 a 2 años con 13 puestos escolares cada una.

– 3 unidades para escolares de 2 a 3 años con 20 puestos escolares cada una.

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