Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2019, del presidente de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, por la que se publican las fechas del procedimiento de admisión al primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y sus centros adscritos, para el curso 2019-2020, así como otros acuerdos de la citada comisión. [2019/5596]

(DOGV núm. 8568 de 12.06.2019) Ref. Base Datos 005559/2019


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza



La normativa básica sobre acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado se recoge en el Real decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

En el ámbito de la Comunitat Valenciana se dictó el Decreto 80/2010, de 7 de mayo, del Consell, por el que se regula la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, determinando en su artículo 4 las funciones de la citada comisión en materia de preinscripción en las universidades públicas del Sistema Universitario Valenciano.

En virtud del citado decreto se dictó la Resolución de 27 de mayo de 2013, del presidente de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, por la que se publica el acuerdo de la misma sobre regulación de los procedimientos de admisión al primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunitat Valenciana publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 7036, de fecha 31 de mayo de 2013.

De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 412/2014, de 6 de junio, y en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 80/2010, de 7 de mayo, del Consell, por el que se regula la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, la citada comisión ha adoptado los siguientes acuerdos.



Primero. Plazos de presentación de solicitudes de Preinscripción para el curso 2019-2020

1. El estudiantado cumplimentará su solicitud de preinscripción para la admisión al primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunitat Valenciana para el curso 2019-2020, a través del asistente telemático alojado en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, en la dirección www.preinscripcion.gva.es.

Todo el estudiantado presentará la solicitud de preinscripción de forma telemática en virtud de lo establecido en el Acuerdo adoptado el 15 de mayo de 2019 por la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, dentro del plazo que se indica a continuación:

– Desde el 17 de junio al 5 de julio de 2019, para todos los participantes en el proceso de preinscripción que sean estudiantes que se hayan presentado a las pruebas de acceso a la universidad (PAU) de junio o de julio, estudiantes con el acceso de mayores de 25, 40 o 45 años, estudiantes de cursos anteriores, estudiantes titulados, estudiantes de ciclos formativos o estudiantes extranjeros que no accedan en la universidad por la vía prevista en los artículos 9.1.b y 9.2.b y c del Real decreto 412/2014, de 6 de junio antes citado. El día 5 de julio el plazo finaliza a las 14 horas.

– Desde el 17 de junio al 8 de julio de 2019, para los estudiantes que accedan en la universidad por la vía prevista en los artículos 9.1.b y 9.2.b y c del citado real decreto. El día 8 de julio el plazo finaliza a las 14 horas.

No obstante, las solicitudes presentadas entre el 9 y el 31 de julio de 2019 por los estudiantes pertenecientes a estos colectivos serán tenidas en cuenta respetándose los derechos de admisión de dichos estudiantes.

2. El alumnado de otras comunidades autónomas o el alumnado que se examina en la UNED, que se presenten a las pruebas de acceso a la universidad del curso 2019-2020 en sus respectivas convocatorias extraordinarias, así como los alumnos de Ciclos Formativos de Grado Superior de la Comunitat Valenciana que finalicen sus estudios en su convocatoria extraordinaria del presente curso (se presenten o no a la fase voluntaria de la prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria de julio), presentarán la solicitud junto con la documentación correspondiente, dentro del plazo establecido en el punto 1 anterior, y si no dispusiera en dicho plazo de la documentación necesaria no podrán participar en el proceso de preinscripción.

3. El alumnado a que se refiere el punto 2 anterior que no pueda participar en el proceso de preinscripción por no conocer sus calificaciones dentro del plazo de preinscripción, se dirigirá directamente a las universidades públicas de la Comunitat Valenciana para solicitar plaza cuando tengan sus calificaciones, en el mes de septiembre, y tendrán los mismos derechos de adjudicación que el alumnado de la Comunitat Valenciana que hubieran superado la prueba de acceso a la universidad en la convocatoria extraordinaria de julio de 2019.



Segundo. Autorización para verificar datos de identidad, domicilio y residencia

La presentación telemática de la solicitud de preinscripción conllevará automáticamente la autorización al órgano gestor para comprobar los datos de identidad, domicilio y residencia según el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público.

De conformidad con lo que establece el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de València en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 27 de mayo de 2019.– El presidente de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano: Miguel Soler Gracia.

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