Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el rollo de apelación número 717/2018. [2019/6534]

(DOGV núm. 8613 de 14.08.2019) Ref. Base Datos 2019/6534




La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado, en el rollo de apelación número 717/18, la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:



«Audiencia Provincial València

Sección Sexta

Rollo número 2018-0717

Sentencia número 146

Presidente:

José Antonio Lahoz Rodrigo.

Magistrada y magistrado:

María Mestre Ramos.

José Francisco Lara Romero.

València, 29 de marzo de 2019

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los magistrados anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 6 de marzo de 2018 dictada en autos de juicio ordinario 495-2015, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia 2 de los de València, entre partes, como apelante-demandante José Luis Patiño Domínguez, representado por la procuradora de los tribunales Paz Contel Comenge, asistida de la letrada Dolores Carrascosa Ferrer, y, como apelados-demandados, Fernando Patiño Domínguez y Rosa María Patiño Domínguez, representada por la procuradora de los tribunales Esperanza Alonso Gimeno, asistida del letrado Miguel Roma Sáez, y, también como apelados-demandados, Carlos Patiño Domínguez y Jessica Patiño Santos, no personados ante este tribunal.

Es ponente la magistrada María Mestre Ramos.

Vistos los preceptos legales aludidos y demás de general y concordante aplicación al caso de autos,

Fallo

En atención a lo expuesto, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, en nombre del rey y por la autoridad conferida por la Constitución aprobada por el pueblo español, decide:

1º) Desestimar el recurso de apelación interpuesto por José Luis Patiño Domínguez.

2º) Confirmar la sentencia de fecha 6 de marzo de 2018.

3º) Imponer a la parte apelante las costas procesales.

Esta sentencia no es firme y contra ella podrán interponer recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, si se acredita interés casacional. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este tribunal en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (art. 477 y 479 de la LECn).

También podrán interponer recurso extraordinario por infracción procesal ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo por alguno de los motivos previstos en la LECn. El recurso habrá de interponerse mediante escrito presentado ante este tribunal dentro de los veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (art. 470.1 y disposición final decimosexta de la LECn), recurso extraordinario por infracción procesal o recurso de casación por interés casacional.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»



Y para su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, al objeto de notificar a la parte incomparecida Carlos Patiño Domínguez, demandado-apelado en rebeldía y en ignorado paradero, expido la presente.



València, 21 de junio de 2019.– La letrada de la Administración de justicia: Inmaculada Ripollés Martínez.

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