Ficha docv

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Requerimiento de subsanación de la documentación presentada en la convocatoria, para el año 2019, de subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de proyectos de acción humanitaria de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema. [2019/6634]

(DOGV núm. 8583 de 03.07.2019) Ref. Base Datos 006232/2019






En fecha 2 de junio de 2017 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Orden 3/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación al desarrollo, en adelante Orden 3/2017.

En fecha 23 de abril de 2019 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Resolución de 15 de abril de 2019, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se convocan, para el año 2019, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de proyectos de acción humanitaria de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema.

En fecha 23 de mayo de 2019 finalizó el plazo de presentación de solicitudes, y una vez recibidas por este órgano gestor todas las solicitudes presentadas, se ha realizado la comprobación de su contenido y de la documentación anexada, y en los términos del artículo 36 de la Orden 3/2017, se requiere a las entidades solicitantes para que en un plazo de diez días hábiles enmienden la falta o acompañen los documentos que se requieren en el anexo. Se tendrá por desistidas de la solicitud a las entidades que no aporten la documentación preceptiva requerida en el anexo, prevista en el resuelvo octavo de la resolución de convocatoria.

Respecto a la documentación valorativa prevista en el resuelvo noveno de la resolución de convocatoria, en el mismo plazo se puede aportar la que se estime conveniente.

A estos efectos se informa que el plazo de diez días hábiles se iniciará el día siguiente de la publicación de este requerimiento en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y que la presentación de la documentación requerida se deberá realizar de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación, en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, en la URL http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18604&version=amp



València, 27 de junio de 2019.– La directora general de Cooperación y Solidaridad: Antonia Moreno Ruiz.



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