Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 2/2018. [2019/8324]

(DOGV núm. 8632 de 11.09.2019) Ref. Base Datos 2019/8324




Susana Lanchas Rodríguez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Benidorm (Alicante), por el presente hace saber, que en este juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario con el número 2/2018 a instancia de María del Mar Pérez Cortijo, Juan Carlos Pérez Cortijo, Micaela Cortijo Carrilero, Diana Lorena Pérez Cortijo y Ángel Javier Pérez Cortijo, representado por la procuradora M. Rosario Arenas de Bedmar, contra Transportes Rodense, SA, declarado en rebeldía, en los que se ha dictado sentencia cuyo texto se encuentra extractado conforme a la Instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia y estando a disposición de la parte el texto completo en el juzgado:



«Sentencia número 106/2019



Juez que la dicta: Javier Santolaria Comeche

Lugar: Benidorm

Fecha: 25 de junio de 2019



Vistos por mí, Javier Santolaria Comeche, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Benidorm los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número 2/2018, a instancias de Micaela Cortijo Carrillero, María del Mar Pérez Cortijo, Ángel Javier Pérez Cortijo, Juan Carlos Pérez Cortijo y Diana Lorena Pérez Cortijo, representados por la procuradora de los tribunales Rosario Arenas de Bedmar y asistidos de la letrada Silvia Fuster Borja contra la mercantil Transportes Rodense, SA, declarada en rebeldía, sobre acción declarativa de dominio.



Fallo

[…]

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndole saber que la misma no es firme y cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado en veinte días desde su notificación.



Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante (art. 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. De conformidad con la disposición adicional 15ª de la Ley orgánica del poder judicial, para que sea admitido a trámite el recurso de apelación contra esta resolución deberá constituir un depósito de 50 €, que le será devuelto solo en el caso de que el recurso sea estimado. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco Santander, en la cuenta correspondiente a este expediente (0149 0000 CC EEEE AA) indicando, en el campo «Concepto» el código «02 civil-apelación» y la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el código de cuenta corriente (ccc, 20 dígitos), se indicará en el campo «Concepto» el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la letrada de la administración de justicia doy fe, en Benidorm, 25 de junio de 2019.

Y para que sirva de notificación al demandado rebelde Transportes Rodense, SA, cuyo domicilio se ignora, para su publicación en el Diari de la Generalitat Valenciana, expido el presente.



Benidorm, 31 de julio de 2019.– La letrada de la Administración de justicia: Susana Lanchas Rodríguez.

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