Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el rollo de apelación número 29/2019. [2019/8667]

(DOGV núm. 8673 de 08.11.2019) Ref. Base Datos 2019/8667




Apelante: María Salud Ugeda Bañón.

Procurador: Francisca Bieco Marín.

Letrada: Carolina Maestre Gras.

Apelado: Ministerio Fiscal.

Apelado no personado: Saray Duran Azorin.

Inmaculada Rubio Sáenz, letrada de la Administración de justicia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, por el presente hago saber que en el recurso de apelación número 29/2019, tramitado en esta sección, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dicen así:



«Sentencia número 82

Presidente: José Luis Úbeda Mulero.

Magistrada: María Teresa Serra Abarca.

Magistrada: Susana Martínez González.

Alicante, 20 de febrero de 2019

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los señores expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Elda, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante María Salud Ugeda Bañón, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la procuradora Francisca Bieco Marín y dirigida por la letrada Carolina Maestre Gras, y como apelada no personada la parte demandada Saray Duran Azorín, como representante del menor (...), declarada en situación de rebeldía procesal en la primera instancia; habiendo intervenido el Ministerio Fiscal.



Fallo

Que desestimando el recurso de apelación promovido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Elda de fecha 9 de marzo de 2018 en las actuaciones de que dimana el presente rollo, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, imponiendo a la parte apelante las costas de esta alzada.

Y para que conste y sirva de notificación en forma al litigante, declarado en rebeldía y en ignorado paradero, Saray Duran Azorin, se publica el presente, advirtiéndose a la parte, que contra dicha resolución, cabe interponer recursos de casación y extraordinario por infracción procesal ante la Sala Primera del Tribunal Supremo con arreglo a lo dispuesto respectivamente en los artículos 477.2.1 y 469 y disposición final decimosexta de la Ley de enjuiciamiento civil, que podrán formalizarse ante esta sección de la Audiencia en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.



Alicante, 12 de septiembre de 2019.– La letrada de la Administración de justicia: Inmaculada Rubio Sáenz.

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