Ficha docv

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Notificacion de la sentencia dictada en el procedimiento de modificación de medidas contencioso número 1805/2016. [2019/982]

(DOGV núm. 8483 de 11.02.2019) Ref. Base Datos 2019/982




Parte demandante: Manuel Ramón Aguilarte Fullerat.

Parte demandada: María Trinidad Olivares Montesinos.

Sobre modificación medidas no consensuadas.

En el juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:



«Fallo

Que estimando la demanda interpuesta, debo modificar las medidas acordadas en la sentencia de divorcio dictada el 27 de mayo de 2015, en el procedimiento de divorcio número 468/2015, en el siguiente sentido:

1º. Se declara extinguida la pensión de alimentos establecida a favor de *** y ***.

2º. No se aprecian motivos para imponer las costas procesales a ninguno de los litigantes.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación (art. 457.2 LEC). Siendo necesaria la previa consignación de 50 euros, en la cuenta de consignaciones y depósitos de este juzgado, sin cuyo requisito no se admitirá a trámite el recurso (disposición adicional 15ª de la LOPJ, modificada por la Ley orgánica 1/2009 de 03.11.2009).

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.»



Publicación: dada y publicada fue la anterior sentencia, se publicó en el modo previsto en el artículo 212 de la Ley de enjuiciamiento civil. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a la demandada en la persona de María Trinidad Olivares Montesinos.



Elche, 1 de febrero de 2019.– El letrado de la Administración de justicia: Jesús Larrosa Abellán.

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