Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se incrementa y distribuye el importe global máximo establecido en la Resolución de 30 de diciembre de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2020, el Programa de fomento de la conversión a indefinido de contratos temporales de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (AVALEM EXPERIÈNCIA). [2020/10682]

(DOGV núm. 8974 de 14.12.2020) Ref. Base Datos 010231/2020






En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 18 de febrero de 2020 se publicó la Resolución de 30 de diciembre de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2020, el Programa de fomento de la conversión a indefinido de contratos temporales de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (AVALEM EXPERIÈNCIA), cuyo resuelvo primero establece:

«2. Estas subvenciones se financiarán con cargo al capítulo 4, código de línea S7979000, del subprograma 322.51, Fomento de empleo, por un importe global máximo estimado de 12.000.000 euros, fondos susceptibles de cofinanciación en un 50 % por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunitat Valenciana, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 17 de diciembre de 2015 (CCI 2014ES05SFOP020). En todo caso, la concesión de estas subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2020.

3. De acuerdo con el artículo 15.4 de la Orden 10/2018, la dotación presupuestaria de cada convocatoria será objeto de territorialización provincial de forma proporcional al número de personas desempleadas registradas en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación. En su aplicación, se efectúa la siguiente distribución provincial de créditos, que tienen carácter estimativo:

Alicante: 4.958.400 euros.

Castellón: 1.281.600 euros.

Valencia: 5.760.000 euros».



Dado que el importe de las solicitudes presentadas supera el importe global máximo estimado en la resolución de convocatoria, y al existir disponibilidad presupuestaria derivada del supuesto previsto en el artículo 11.2.a.2º del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat, procede incrementar la dotación inicial a fin de garantizar un mayor grado de cumplimiento del objeto de esta actuación.

En aplicación del artículo 15.4 de la Orden 10/2018, procedería distribuir el incremento de la dotación en los siguientes porcentajes: Alicante, 41,32 %; Castellón, 10,68 %; Valencia, 48,00 %. Sin embargo, la provincia de Valencia solo requiere un 35,87 % para atender la totalidad de solicitudes presentadas que cumplen las condiciones para resultar beneficiarias, por lo que el sobrante ha de distribuirse, aplicando idéntico criterio, entre las otras dos provincias.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio; y con lo establecido en el artículo 160.4 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:



Único. Incremento de la dotación

Incrementar en 3.233.530 euros, fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal, el importe de la dotación inicial de 12.000.000 euros establecida en la Resolución de 30 de diciembre de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2020, el Programa de fomento de la conversión a indefinido de contratos temporales de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (AVALEM EXPERIÈNCIA) (DOGV 18.02.2020), con cargo al capítulo 4, código de línea S7979000, del subprograma 322.51, Fomento de empleo.

Tras este incremento, la dotación de la convocatoria asciende a 15.233.530 euros (de los que 12.000.000 euros son fondos susceptibles de cofinanciación por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunitat Valenciana o por cualquier otro fondo que pueda aprobar la Unión Europea; y 3.233.530 euros, son fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal), según se detalla a continuación:

Dotación inicial:

Alicante: 4.958.400 euros.

Castellón: 1.281.600 euros.

Valencia: 5.760.000 euros.

Total: 12.000.000 euros.



Incremento:

Alicante: 1.647.652,81 euros.

Castellón: 425.877,19 euros.

Valencia: 1.160.000 euros.

Total: 3.233.530 euros.



Dotación final:

Alicante: 6.606.052,81 euros.

Castellón: 1.707.477,19 euros.

Valencia: 6.920.000 euros.

Total: 15.233.530 euros.



Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el correspondiente juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, computado en los mismos términos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan presentar cualquier otro recurso que estimen pertinente.



València, 9 de diciembre de 2020.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nondemdéu i Biosca.

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