Ficha docv

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CORRECCIÓN de errores de las órdenes 19/19 y 20/19, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por las que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de medicina de la Administración de la Generalitat, A1-24, convocatorias 17/18 y 18/18, correspondientes a las ofertas públicas de empleo de 2017 y 2018. [2020/1414]

(DOGV núm. 8745 de 21.02.2020) Ref. Base Datos 001740/2020






Publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 10 de diciembre de 2019 (número 8694), las órdenes 19/19 y 20/19, por las que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de medicina de la Administración de la Generalitat, A1-24, convocatorias 17/18 y 18/18, correspondientes a las ofertas públicas de empleo de 2017 y 2018, se ha advertido la existencia de un error material en las bases 2.1.3 y 2.1.2 de las citadas convocatorias, consistente en la consignación de la titulación exigida para el acceso al citado cuerpo.

El apartado 2 del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, permite rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos, por lo que se procede a su subsanación en los siguientes términos:

En las bases 2.1.3 y 2.1.2 de las convocatorias 17/18 y 18/18, respectivamente,



Donde dice:

«Estar en posesión del título de Licenciatura en Medicina, o bien título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo, o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y dispongan del certificado que lo acredite...»



Debe decir:

«Estar en posesión del título de licenciatura en Medicina, o bien del título universitario oficial de grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo, o que se cumplan las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y dispongan del certificado que lo acredite...»

Dado que la presente corrección de errores incide sobre aspectos fundamentales de las bases, y al objeto de no causar perjuicios a las posibles personas interesadas, se acuerda conceder nuevamente el plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Dichas solicitudes se formularán en la forma y con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Las personas que ya presentaron la correspondiente instancia para la participación en las presentes pruebas selectivas, no será necesario que realicen ningún otro trámite ni que presenten nueva solicitud.



València, 11 de febrero de 2020.– La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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