Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), sobre continuación de procedimientos de concesión de ayudas instruidos por el Área de Institutos Tecnológicos y CEEI, indispensables para la protección del interés general en virtud de la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. [2020/3568]

(DOGV núm. 8817 de 21.05.2020) Ref. Base Datos 003775/2020




El Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, establece en su disposición adicional tercera, apartado 1º, la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

Sin embargo, el Real decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, en el apartado 4 de su artículo único, modifica el apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, y establece:

«4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente real decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.»

En el momento de la publicación del Real decreto por el que se declara el estado de alarma, el IVACE ya tenía publicadas para su gestión en el presente ejercicio las siguientes convocatorias bajo la instrucción del Área de Institutos Tecnológicos y CEEI:

– Resolución de 17 de diciembre de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a facilitar el desarrollo de planes empresariales para el crecimiento de nuevas empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DOGV 8703, 23.12.2019).

– Resolución de 6 de febrero de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de proyectos de I+D de carácter no económico realizados en cooperación con empresas, con cargo al presupuesto del ejercicio 2020, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DOGV 8740, 14.02.2020).

En este sentido, el mantenimiento de la suspensión de los trámites de carácter interno podría generar perjuicios para el funcionamiento básico de las actuaciones gestionadas por el Área de Institutos Tecnológicos y CEEI del IVACE una vez que se levante el estado de alarma, pues es previsible que se produzca una acumulación de tramitación difícilmente asumible con los medios personales y materiales disponibles, razón por la cual se considera necesario proceder al levantamiento de la suspensión de estos trámites.

Asimismo, el carácter indispensable de la continuidad de tramitación de los procedimientos de las convocatorias referidas en relación con la protección del interés general se fundamenta en la oportunidad de minimizar el impacto económico y social de la pandemia Covid-19. En este sentido, el Real decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la Covid-19, en su exposición de motivos, pone de manifiesto que en este contexto, la prioridad absoluta en materia económica radica en proteger y dar soporte al tejido productivo y social para minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible un rebote en la actividad.

Las ayudas que se concederán en el marco de ambas resoluciones tienen por objeto apoyar el desarrollo competitivo de las empresas valencianas, ya sea mediante asesoramientos especializados en áreas de especial interés estratégico para ellas, como por medio de proyectos de I+D que faciliten la transferencia de tecnología y la inversión privada en I+D+i a cualquier empresa, especialmente las pymes, en el caso de la convocatoria dirigida a centros tecnológicos.

Dichas convocatorias se definieron a partir de la necesidad de ofrecer, tanto a las pequeñas empresas innovadoras como al conjunto de empresas de la Comunitat Valenciana, instrumentos con los que mejorar su actividad y su posición competitiva en un entorno cada día más globalizado y exigente. La situación socioeconómica provocada por la pandemia Covid-19, no ha hecho más que acentuar esta necesidad, dado que las pequeñas empresas innovadoras demandan asesoramiento especializado que les pueda guiar, entre otros, en el proceso de reorientación de su actividad, identificación de nuevos modelos de negocio o implantación de medidas específicas para volver a competir en los mercados actuales; el conjunto de empresas valencianas, por su parte, demandan asimismo nuevos conocimientos y tecnologías con los que hacer frente a los nuevos retos.

La concesión de estas ayudas también contribuye, respectivamente, al mantenimiento de puestos de trabajo, evitando la destrucción de empleo, tanto en las entidades que prestarán los servicios de asesoramiento especializado, como en los centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana como beneficiarios directos de las ayudas. En este último caso, no solo se mantendrá el empleo de los investigadores participantes en el desarrollo de los proyectos de I+D sino que permitirá también que los centros sigan generando conocimiento y tecnología para dar respuesta a necesidades actuales y futuras de las empresas.

En definitiva, la suspensión de la tramitación de los procedimientos en cuestión retrasaría la recuperación de las empresas valencianas y supondría un perjuicio directo para las mismas al privarles del asesoramiento especializado que ya tenían programado o de la posibilidad de desarrollar nuevos conocimientos y tecnologías con las que superar la crisis actual ocasionada por la pandemia Covid-19.

De acuerdo con todo lo expuesto, conforme a lo establecido en el apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, y en el ejercicio de las competencias de esta presidencia recogidas en el artículo 4 del Decreto 4/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, resuelvo:



Primero

Declarar de interés general las siguientes convocatorias:

– Resolución de 17 de diciembre de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a facilitar el desarrollo de planes empresariales para el crecimiento de nuevas empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

– Resolución de 6 de febrero de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de proyectos de I+D de carácter no económico realizados en cooperación con empresas, con cargo al presupuesto del ejercicio 2020, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.



Segundo

Acordar el levantamiento de la suspensión de términos e interrupción de los plazos para la tramitación de las citadas convocatorias, y por tanto, la continuación de las diversas fases del procedimiento administrativo.



Tercero

Una vez publicada la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, el IVACE informará a través de su página web (www.ivace.es) de la fecha límite exacta de presentación de solicitudes a la convocatoria aprobada por Resolución de 6 de febrero de 2020 dirigida a centros tecnológicos, cuyo término de presentación se encontraba en suspenso en virtud de la declaración del estado de alarma por el RD 463/2020.



La presente resolución es definitiva en vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación si ya hubiera finalizado el estado de alarma decretado por el RD 463/2020, o desde la finalización de dicho estado si se hubiera publicado con anterioridad; asimismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, plazo de dos meses que se computará de la misma manera que para el recurso potestativo de reposición antes indicado.



València, 18 de mayo de 2020.– El presidente del IVACE: Rafael Climent González.

Mapa web