Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2020, de la presidenta de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en les Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, por la que se hacen públicos los acuerdos de la citada comisión sobre la estructura de las nuevas pruebas de acceso a la universidad y la determinación de las fechas para la realización de las pruebas de acceso a la universidad del curso 2019/2020, para los alumnos que estén en posesión del título de Bachillerato, de técnico o técnica superiores de Formación Profesional, de técnico o técnica superiores de Artes Plásticas y Diseño, de técnico o técnica deportivos superiores, o los equivalentes a efectos académicos. [2020/4373]

(DOGV núm. 8833 de 12.06.2020) Ref. Base Datos 004396/2020


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas, Legislación
    Materias: Educacion Enfermedad infecciosa
    Descriptores:
      Temáticos: Educación, examen, universidad, Política sanitaria, cuidado de la salud, salud pública, enfermedad infecciosa, epidemia, estado de emergencia







Vista la Orden PCM/362/2020, de 22 de abril, que modifica la Orden PCM/139/2020, de 17 de febrero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisiones obtenidas en el curso 2019/2020.

Considerando lo dispuesto en el Decreto 80/2010, de 7 de mayo, del Consell, por el que se regula la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en les Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano; el Real decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, que establece que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte determinará, mediante orden ministerial, las características, el diseño y el contenido de las pruebas de la citada evaluación, así como los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 3.7 del Decreto 80/2010, de 7 de mayo, del Consell, por el que se regula la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en les Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, y el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, resuelvo:



Primero

Dar publicidad en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del acuerdo de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en les Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano por el que se determinan las fechas de las pruebas de acceso a la universidad (PAU) del curso 2019/2020 para el alumnado que esté en posesión del título de Bachiller, o de técnico o técnica superiores de Formación Profesional, de técnico o técnica superiores de Artes Plásticas y Diseño, de técnico o técnica deportivos superiores, o los equivalentes a efectos académicos, así como también los días de los procesos de revisión de las calificaciones.

Convocatoria ordinaria: 7, 8 y 9 de julio de 2020.

Solicitud de revisión de las calificaciones: del 18 al 21 de julio de 2020. El plazo acaba a las 14:00 horas del día 21 de julio.



Convocatoria extraordinaria: 8, 9 y 10 de septiembre de 2020.

Solicitud de revisión de las calificaciones: del 17 al 21 de septiembre de 2020. El plazo acaba a las 14:00 horas del día 21 de septiembre.



Segundo

Comunicar que el alumnado que realice las pruebas de acceso a la universidad del curso 2019/2020 en los centros de Bachillerato de la Comunitat Valenciana en su convocatoria ordinaria, o en las universidades públicas valencianas en la extraordinaria, podrá conocer sus calificaciones a partir de las 14.00 horas del día 17 de julio de 2020, en la convocatoria ordinaria, y a partir de las 17 horas del día 16 de septiembre de 2020, en la convocatoria extraordinaria.



Tercero

Sobre la realización de las PAU, se tiene que comunicar, que dada la excepcional situación producida por la Covid-19, las PAU de 2020 se realizarán, en su convocatoria ordinaria, en los centros de Bachillerato. Para la gestión de las PAU en las aulas de los centros de Bachillerato, para cada centro educativo se nombrará un coordinador o coordinadora del centro y vigilantes de aulas (aplicadores y aplicadoras externos), cuyas labores consistirán en gestionar el desarrollo de los exámenes de las PAU en el centro.



Cuarto

Dar publicidad en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de los acuerdos de la Comisión sobre criterios de organización y generales de calificación que se contienen en el anexo adjunto.



De conformidad con lo que establecen el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGV.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Valencia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGV.



València, 10 de junio de 2020.– La presidenta de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en les Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano: Carmen Beviá Baeza.





ANEXO

Acceso y admisión a la universidad en el curso 2020/2021



De acuerdo con el Real decreto 412/2014 de 8 de junio (BOE de 06.07.2014), por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado; el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio (BOE de 30/7/2016), por el cual se regula la evaluación final de Bachillerato; el Real decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre (BOE de 10/12/16), de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la LOMCE, y la Orden PCM/139/2020, de 17 de febrero (BOE de 19/2/2020), por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso 2019/2020, la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción Universitaria del Sistema Universitario Valenciano ha acordado que el acceso y la admisión a los estudios universitarios de grado de las universidades públicas valencianas en el curso 2020/2021 se ajustará al siguiente procedimiento:



A) ESTUDIANTES DE BACHILLERATO

Para el acceso y la admisión a la universidad en el curso 2020/2021 de los estudiantes de Bachillerato, se considerará la calificación del Bachillerato más la de la prueba de evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, que continuará denominándose «prueba de acceso a la universidad» (PAU). La prueba consistirá en una fase obligatoria y una fase voluntaria.

El estudiante se examinará en la fase obligatoria de la asignatura de libre configuración autonómica: Valenciano, de las siguientes tres asignaturas troncales generales de segundo curso de Bachillerato cursadas: Castellano, Historia de España y una de las 4 asignaturas troncales generales con vinculación a la modalidad de Bachillerato (Matemáticas II, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, Latín II o Fundamentos del Arte II), y también se examinará en la fase obligatoria de la asignatura Idioma Extranjero (Alemán, Inglés, Francés o Italiano), que deberá ser el cursado como primer idioma extranjero en el Bachillerato. La nota de esta fase obligatoria de la PAU será la media de estas 5 asignaturas, y tendrá que ser igual o superior a 4 puntos.

La nota de acceso será la media ponderada establecida por normativa: el 60% para la calificación final de Bachillerato y el 40% para la nota de la fase obligatoria de la PAU. Se entenderá que se reúnen los requisitos de acceso cuando el resultado de esta ponderación sea igual o superior a 5 puntos.

El estudiante podrá presentarse, en una fase voluntaria, a un máximo de 4 asignaturas troncales de las que constan en el anexo*, cursadas o no cursadas, distintas de la troncal general con vinculación con la modalidad de Bachillerato o del idioma extranjero de las que se examina en la fase obligatoria, para aumentar su calificación de admisión hasta un máximo de 14 puntos.

Para obtener la nota de admisión se aplicarán, para cada titulación de grado, las ponderaciones de 2 de las asignaturas que constan en el anexo*, las que mejor calificación final le den al estudiante para cada titulación universitaria.

La ponderación se hará con la calificación obtenida en las asignaturas troncales de opción o troncales de modalidad o los idiomas extranjeros en la fase voluntaria de la PAU, y con la calificación de la asignatura troncal general vinculada a la modalidad de Bachillerato o del idioma extranjero obtenidas en la fase obligatoria de la PAU.

Para que la calificación de una asignatura pondere y sirva para aumentar la calificación en la admisión, tendrá que ser igual o superior a 5, tanto si es de la fase voluntaria como si es la troncal general de modalidad de Bachillerato o el idioma extranjero de la fase obligatoria.

A los estudiantes que vengan de otras comunidades autónomas, solo se les ponderarán las calificaciones de las asignaturas si coinciden con las de segundo curso de Bachillerato de nuestro sistema educativo.

No se establece una vinculación de estudios de bachiller con las ramas de conocimiento de las titulaciones, es decir, podrá acceder a un determinado grado cualquier estudiante, independientemente de la modalidad de Bachillerato que haya cursado.

Las asignaturas que ponderarán para la admisión a una doble titulación serán las que estén contempladas de forma individual en cada una de las dos titulaciones, aplicándose para cada asignatura la ponderación más alta que tengan en una u otra titulación.

Los estudiantes que simultanean estudios de Bachillerato con los estudios musicales, también deben cursar obligatoriamente la asignatura troncal general que tiene vinculación con modalidad de Bachillerato (Matemáticas II, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, Latín II o Fundamentos del Arte II), por lo tanto no estarán exentos de esta asignatura en su fase obligatoria de las PAU. Estos estudiantes se examinarán en la fase obligatoria de las 3 asignaturas troncales generales de segundo curso de Bachillerato cursadas como troncales generales: Castellano, Historia de España y la que tiene vinculación con la modalidad (Matemáticas II, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, Latín II o Fundamentos del Arte II), del idioma extranjero que cursen como primer idioma extranjero (Alemán, Inglés, Francés o Italiano), y también de la de libre configuración autonómica: Valenciano. Su nota de esta fase obligatoria de la PAU será la media de estas 5 asignaturas, y deberá ser igual o superior a 4 puntos.



B) ESTUDIANTES DE CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR

(Título de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y/o de Técnico Deportivo Superior y equivalentes).

La calificación del ciclo formativo de grado superior será equivalente a la nota de acceso a la universidad de los estudiantes de Bachillerato, es decir, a la calificación del Bachillerato más la de la fase obligatoria de la PAU con la media ponderada establecida por normativa.

Estos estudiantes entrarán en la misma reserva de plazas de los estudiantes de Bachillerato y los extranjeros, y podrán presentarse a los exámenes de un máximo de 4 asignaturas de las que escojan entre las del anexo* (las 13 troncales de opción o las 4 troncales generales con vinculación con una modalidad de Bachillerato o los 4 idiomas extranjeros), para poder aumentar su calificación de admisión hasta un máximo de 14 puntos.

No se establece una vinculación de estudios de CFGS con las ramas de conocimiento de las titulaciones, es decir, podrá acceder a un determinado grado cualquier estudiante, independientemente del CFGS cursado.

C) ESTUDIANTES EXTRANJEROS

Los estudiantes con Bachillerato internacional y los estudiantes extranjeros con convenio de acceso con el estado español, presentarán la información de la acreditación donde constará su calificación de acceso a la universidad. Los estudiantes extranjeros de países sin convenio de acceso con el estado español tendrán que realizar una prueba para obtener la nota de acceso o solicitar a la UNED la correspondiente acreditación que les permita ser admitidos en la universidad.

Estos estudiantes entrarán en la misma reserva de plazas de los estudiantes de Bachillerato y los de CFGS y podrán presentarse a los exámenes realizados por la UNED para poder aumentar la calificación de admisión hasta un máximo de 14 puntos.

La UNED será la encargada de certificar las calificaciones de todos los estudiantes extranjeros, de emitir la acreditación y, en su caso, de realizar las pruebas pertinentes.



D) ESTUDIANTES CON PAU APROBADA SEGÚN EL REAL DECRETO 1892/2008 O NORMATIVAS ANTERIORES

Estos estudiantes podrán acceder a la universidad con sus calificaciones de la fase general obtenidas con anterioridad. Sus calificaciones de fase específica ya han caducado.

Si estos estudiantes desean mejorar su nota de admisión en la universidad podrán utilizar sus notas de fase voluntaria o de la asignatura de modalidad de fase obligatoria del curso pasado o presentarse a los exámenes de un máximo de 4 asignaturas de las indicadas en el anexo* (las 13 troncales de opción o las 4 troncales generales con vinculación con una modalidad de Bachillerato o los 4 idiomas extranjeros). En tal caso, se les aplicarán las ponderaciones contempladas en el mismo. También podrán presentarse a la fase obligatoria, para mejorar su nota de admisión, pero examinándose de la fase completa.



E) ESTUDIANTES QUE INICIARON LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO DE ACUERDO CON EL SISTEMA EDUCATIVO ANTERIOR

De acuerdo con la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre de 2016, los estudiantes que iniciaron estudios de Bachillerato con el sistema educativo anterior, y que no los finalizaron o no superaron la PAU con anterioridad, no tenían que realizar la evaluación final de Bachillerato (PAU) y su nota de acceso a la universidad era la calificación obtenida en su Bachillerato. Se aplicaba el mismo criterio al alumnado que obtuvo el título de Bachiller en el curso 2015-2016 y no accedió a la universidad al finalizar dicho curso.

Esta exención de la fase obligatoria de las PAU no tiene caducidad, por lo que su nota de acceso a la universidad obtenida el curso pasado tiene validez indefinida.

En el curso 2019/2020 ya no se otorgarán exenciones de las PAU de 2020.

Si estos estudiantes desean mejorar su nota de admisión podrán utilizar sus notas de fase voluntaria o de la asignatura de modalidad de fase obligatoria del curso pasado o presentarse en la fase voluntaria a los exámenes de un máximo de 4 asignaturas de las indicadas en el anexo* (las 13 troncales de opción o las 4 troncales generales con vinculación con una modalidad de Bachillerato o los 4 idiomas extranjeros). En tal caso, se les aplicarán las ponderaciones contempladas en el mismo. También podrán presentarse a la fase obligatoria, para mejorar su nota de admisión, pero examinándose de la fase completa.

Si un estudiante exento de las PAU se presenta a la fase obligatoria y la suspende, sí que se considerará para ponderar la asignatura troncal general con vinculación a la modalidad de Bachillerato o el idioma extranjero si la nota de estas asignaturas es igual o superior a 5.



F) ESTUDIANTES TITULADOS

El procedimiento de acceso y admisión a la universidad de estos estudiantes será igual al de cursos anteriores, regulado por el Real Decreto 1892/2008, tal y como consta en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 412/2014.



G) ESTUDIANTES MAYORES DE 25, 40 o 45 AÑOS

Estos estudiantes realizarán sus pruebas de acceso específicas y tendrán una nota de acceso sobre un máximo de 10 puntos, que será también su nota de admisión.

Tendrán un grupo de reserva de plazas con los porcentajes que marca el Real Decreto 412/2014.

Se mantiene la relación entre ramas de conocimiento de las titulaciones y las opciones de las pruebas de acceso reguladas en el Real Decreto 1892/2008, a efectos de preferencia de admisión.



Consideración general: este procedimiento de acceso y admisión a la universidad, y el acuerdo de ponderaciones, será válido exclusivamente para el curso 2020/2021 (preinscripción de 2020).





* Anexo del documento de ponderaciones publicado en el web de PAU de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital.

http://innova.gva.es/es/web/universidad/informacion-pau

Mapa web