Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2020, de la directora general de Diversidad Funcional y Salud Mental, por la que se conceden tres becas para la realización de prácticas profesionales en centros dependientes de la dirección general con competencias en materia de diversidad funcional [2020/5031]

(DOGV núm. 8846 de 30.06.2020) Ref. Base Datos 004944/2020




Vista la Resolución de 21 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (DOGV 8709, 02.01.2020), por la que se convocan siete becas para la realización de prácticas profesionales en centros dependientes de la dirección general con competencias en materia de diversidad funcional, con el siguiente objeto:

a) Dos becas para personas licenciadas o graduadas en medicina (una reservada para persona con diversidad funcional)

b) Una beca para personas licenciadas o graduadas en psicología.

c) Una beca para personas graduadas en trabajo social

d) Una beca para personas graduadas como documentalista

e) Dos becas para una persona con ciclo formativo de Informática de Grado Superior (una reservada para persona con diversidad funcional).

Vista la Resolución de 30 de enero de 2020, de la directora general de Diversidad Funcional y Salud Mental, por la que se constituye la Comisión Evaluadora de Becas para la realización de prácticas profesionales 2020-21.

Visto el acuerdo de la Comisión de Evaluación, de 5 de febrero de 2020, publicado en la web de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Área de Diversitat Funcional), en la que se declara desiertas las dos becas para personas licenciadas o graduadas en medicina (una reservada para personas con diversidad funcional), por no haberse presentado solicitudes, en la que se publica la relación provisional de solicitudes presentadas a cada una de las becas, con la puntuación de acuerdo con la prebaremación realizada y corregida con los criterios para la evaluación de los méritos, que establece el artículo 12 de la Orden 9/2019, de 16 de octubre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras.

Visto que en el citado acuerdo de la Comisión de Evaluación, de 5 de febrero de 2020, se declara que se excluye una solicitud para una beca de licenciado o graduado en psicología, por no cumplir el requisito tipificado en el artículo 2.1 a) de la Orden, concediendo un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones, sin que se haya presentado ninguna alegación.

Visto el acuerdo de la Comisión de Evaluación, de 25 de febrero de 2020, publicado en la web de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Área de Diversitat Funcional), por el que se procede a convocar a todos los aspirantes a una entrevista, conforme a lo fijado en la convocatoria y Orden de bases reguladoras; habiéndose levantado acta de las entrevistas realizadas por los comparecientes en fecha 27 de febrero y 3 de marzo de 2020.

Visto el acuerdo de la Comisión de Evaluación, de 4 de marzo de 2020, publicado en la web de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Área de Diversitat Funcional), en la que se publica el listado de aspirantes con el cuadro de calificaciones y su puntuación total, para las diferentes becas, concediendo plazo de diez días hábiles para que se puedan presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas.

Visto que dicho plazo que se estableció por acuerdo de la Comisión de Evaluación, de 4 de marzo de 2020, publicado en la web el día 4 de marzo, se vio interrumpido por la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 (BOE 14 de marzo), y levantada la suspensión del plazo administrativo por el artículo 9 del Real decreto 537/2020, de 22 de mayo (BOE 23 de mayo), que determina en relación con los plazos administrativos suspendidos, que «con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará», por lo que en fecha 3 de junio de 2020 ha finalizado el plazo para la presentación de alegaciones, sin que en este plazo se haya presentado ninguna alegación al referido acuerdo.

Visto que Nuria Navarro González ha presentado escrito de renuncia a la opción de concesión de beca, debiendo realizarse la propuesta de concesión de becas a favor de la personas siguiente en el orden de puntuación.

Visto que se ha constatado que las personas aspirantes a las becas cumplen los requisitos y han acreditado documentalmente los méritos consignados que han sido objeto de valoración.

Considerando lo dispuesto en la Orden 9/2019, de 16 de octubre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general con competencias en materia de diversidad funcional (DOGV 8660, 21.10.2019).

Considerando que las prácticas profesionales de estas becas se realizará en cualquiera de los Centros de Valoración y Orientación de Discapacidad, dependientes funcionalmente de la Dirección General de Diversidad Funcional y Salud Mental, conforme establece el apartado primero, punto 4, de la Resolución de 21 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, correspondiente a esta convocatoria.

Por todo ello, en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 14 de la citada Orden 9/2019, de 16 de octubre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, resuelvo:



Primero. Concesión de becas

De acuerdo con la propuesta de la Comisión de Evaluación y el domicilio y lugar de residencia de las personas beneficiarias:

A) Se concede una beca para personas licenciadas o graduadas en Psicología a Jéssica Muñoz Mendiola, con DNI ***3120**, que ha obtenido una puntuación de 20 puntos, para la realización de prácticas profesionales en el Centro de Valoración y Orientación de Discapacidad de Alicante.

B) Se concede una beca para personas graduadas en Trabajo Social a Elena Sales Amer, con DNI ***0476** que ha obtenido una puntuación de 22,40 puntos, para la realización de prácticas profesionales en el Centro de Valoración y Orientación de Discapacidad de Castellón.

C) Se concede una beca para personas graduadas como Documentalista a María Teodoro Borrás, con DNI ***4497**, que ha obtenido una puntuación de 15,60 puntos, para la realización de prácticas profesionales en el Centro de Valoración y Orientación de Discapacidad de Valencia.

D) Se declaran desiertas dos becas para personas licenciadas o graduadas en Medicina, por no haberse presentado solicitudes.

E) Se declaran desiertas dos becas para una persona con ciclo formativo de Informática de Grado Superior, por no haberse presentado ningún aspirante a la entrevista.



Segundo. Condiciones.

Las personas que han resultado beneficiarias de estas becas se incorporarán el día 1 de julio de 2020 en el lugar asignado para la realización de prácticas profesionales, que se señala en el apartado primero. La no incorporación en la fecha indicada, por causa justificada, se entenderá como renuncia a la beca.

El periodo de duración de las becas será de doce meses, desde la fecha de incorporación en el lugar y fecha señalada para la realización de las prácticas, pudiendo prorrogarse por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio anual y el desarrollo de la actividad así lo requiera.



Tercero. Financiación

La dotación económica de cada una de las becas será de mil sesenta y siete euros con quince céntimos (1.067,15) brutos mensuales. Sobre dicho importe habrá de practicarse la retención correspondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás disposiciones y normativa de aplicación.

Las becas se financiaran con cargo al programa presupuestario de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, 313.40 «Diversidad Funcional o Discapacidad», aplicación presupuestaria 16.02.03.313.40.4, línea S5231000 «Becas para la realización de prácticas profesionales» de los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el año 2020 y su equivalente en el presupuesto de la Generalitat de 2021.



Cuarto. Bolsas de reserva.

Crear las siguientes bolsas de reserva, constituidas por aquellas personas que, habiendo superado las fases de la convocatoria, no han resultado adjudicatarias de la beca, para cubrir las vacantes que puedan producirse durante el período de disfrute de las becas, teniendo en cuenta su puntuación.



A) Bolsa de reserva de beca para personas licenciadas o graduadas en psicología



Orden Nombre y apellidos DNI Puntos

1 Marina García Sánchez ***4094** 19,60

2 Carme Guinot Artero ***8911** 19,50

3 Blanca Martínez García ***6147** 18,90

4 Javier Llinares Segura ***6022** 17,40

5 Belén Martínez Lloria ***8936** 16,50





B) Bolsa de reserva de beca para personas graduadas en trabajo social



Orden Nombre y apellidos DNI Puntos

1 Silvia Rosello Rives ***5852** 22,20

2 Salut Galiano Giménez ***9188** 21,50

3 Beatriz Barbero Sahuquillo ***8849** 20,50

4 Virginia Regal Martínez ***7676** 20,00

5 Yasmina Navarro Alonso ***6853** 19,50

6 Claudia Cebria Gámez ***2159** 18,00

7 Isabel Arnau Chover ***5999** 16,50





C) Bolsa de reserva de beca para documentalista:



Orden Nombre y apellidos DNI Puntos

1 José Sanz Cervera ***5199** 14





Quinto. Relación de personas excluidas cuyas solicitudes han sido desestimadas.

Publicar la relación de personas cuyas solicitudes han sido excluidas o desestimadas, indicando la causa que ha motivado su exclusión y desestimación.



A) Personas excluidas para beca para personas licenciadas o graduadas en Psicología



DNI Nombre Motivo

***7800** Verónica Espinosa Fernández (1)





(1) La edad de la solicitante supera la edad máxima para las personas aspirantes a la beca.



B) Solicitudes desestimadas para dos becas para una persona con ciclo formativo de Informática de Grado Superior.



DNI Nombre Motivo

***0944** José María Gandía García (2)

***1329** Joan Torres Solano (2)





(2) No se presenta a la entrevista

Sexto. Publicación

Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, sin perjuicio de proceder a su publicación en la web de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Diversitat Funcional) y en el portal PROP de la Generalitat.

La publicación de esta resolución surtirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 22 de junio de 2020.– La directora general de Diversidad Funcional y Salud Mental (p. d. Resolución 21.12.2019,): Elena Albert Roberto.

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