Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se incrementa en una cuantía adicional el crédito inicial, y se acuerda la redistribución definitiva por sectores de los créditos asignados estimativamente en la convocatoria, de las ayudas para mejorar la competitividad y la sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos, biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos, dentro de la tercera fase de implantación del Plan estratégico de la industria valenciana. [2020/7821]

(DOGV núm. 8914 de 28.09.2020) Ref. Base Datos 007507/2020




Antecedentes

Primero. Mediante la Resolución de 27 de diciembre de 2019, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, modificada por la Resolución de 23 de enero de 2020, se efectuó la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2020, de las ayudas para mejorar la competitividad y la sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalajes, papel y artes graficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos, dentro de la tercera fase de implantación del Plan estratégico de la industria valenciana.

Segundo. En el punto 1 del resuelvo segundo de dicha convocatoria, se estableció que las ayudas convocadas se financiaban con cargo a la línea S0360 del programa presupuestario 11.02.03.722.20, capítulo VII, hasta un importe global máximo de 31.980.000 euros, estableciendo en el punto 2 del mismo resuelvo, que dicho importe inicial se podría incrementar en una cuantía adicional máxima, sin necesidad de nueva convocatoria, entre otros supuestos, por haberse resuelto en otras convocatorias con cargo a créditos de la misma sección presupuestaria, solicitudes de ayudas por un importe inferior al gasto inicialmente retenido para las mismas.

Tercero. Que el supuesto anterior se produjo cuando, mediante resolución de 14 de julio de 2020 (DOGV 8858, 16.07.2020) de esta dirección general, se resolvieron las ayudas para planes de industrialización desarrollados por asociaciones empresariales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas, valorización de residuos, energía, biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la tercera fase de implantación del Plan estratégico de la industria valenciana 2018-2023, concediéndose un total de 1.862.875,40 euros de los 2.465.000 euros totales de la convocatoria, lo que generó un crédito sobrante no dispuesto de 602.124,60 euros.

Cuarto. Por Resolución de 10 de junio de 2020, de esa dirección general, ya se había desafectado y declarado disponible la cantidad de 500.000 euros del total de 602.124,60 sobrantes, al objeto de incrementar la dotación existente en el proyecto financiero PT120000 del programa presupuestario 722.20 (capítulo VIII), «Aportación a fondos Fininval-Industria».

Quinto. Por Resolución de 14 de septiembre, de esta dirección general, y ante la renuncia a la ayuda concedida presentada por la entidad Asociación de Talleres de Automóviles Astrauto, se acordó desafectar la cantidad ya dispuesta de 60.120,90 euros.

Sexto. Por Resolución de 16 de septiembre de 2020, de esta dirección general, se acordó declarar disponibles los 162.245,50 euros que en total quedan sobrantes de la convocatoria para asociaciones sectoriales, e incrementar en dicho importe el crédito retenido para la convocatoria dirigida a pymes industriales, y convocada con cargo a la misma línea presupuestaria S0360.

Séptimo. En el punto 5 del resuelvo segundo de la resolución de convocatoria de las ayudas para pymes industriales, se estableció una distribución inicial por sectores del importe global máximo de esta convocatoria, sin perjuicio de que a la misma se le otorgaba expresamente un carácter estimativo. En el punto 6 del mismo resuelvo, se estableció que en función del importe de ayuda solicitado en cada sector, y al objeto de poder atender el mayor número posible de solicitudes, la distribución estimativa del punto anterior, podría redistribuirse proporcionalmente entre los sectores que resulten deficitarios, sin necesidad de nueva convocatoria. No obstante, dicha redistribución definitiva será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver, ni modificará el plazo de justificación.

Octavo. Según el certificado del órgano instructor que obra en el expediente, en la citada convocatoria se han revisado todas las solicitudes de ayudas presentadas y se han evaluado las memorias de los expedientes admitidos, resultando los siguientes importes máximos de ayudas que pudieran corresponder por sector a los expedientes que han aprobado dicha evaluación:



Sectores Crédito estimado inicial Importe máximo de ayuda

Calzado 2.132.000,00 € 861.106,58 €

Cerámico 2.132.000,00 € 2.578.492,36 €

Metal-mecánico 2.132.000,00 € 6.900.623,93 €

Textil 2.132.000,00 € 4.080.174,18 €

Juguete 2.132.000,00 € 375.647,42 €

Mármol 2.132.000,00 € 610.363,72 €

Madera-mueble e iluminación 2.132.000,00 € 3.206.770,91 €

Químico 2.132.000,00 € 2.819.578,31 €

Automoción 2.132.000,00 € 309.142,15 €

Plástico 2.132.000,00 € 4.624.704,30 €

Envases y embalajes 2.132.000,00 € 2.441.793,89 €

Industria del papel y artes gráficas 2.132.000,00 € 2.986.209,74 €

Valorización de residuos 2.132.000,00 € 642.066,28 €

Biotecnología 2.132.000,00 € 17.867,27 €

Producción audiovisual y de videojuegos 2.132.000,00 € 323.151,90 €

TOTALES 31.980.000,00 € 32.777.692,94 €







Noveno. Dado que el importe total necesario para conceder ayuda a todas las solicitudes aprobadas en todos los sectores convocados (32.777.692,94 €), es superior al crédito total máximo disponible para la convocatoria (32.142.245,50 €), es necesario redistribuir los créditos inicialmente previstos con carácter estimativo, así como los créditos incrementados, para poder atender el mayor número posible de solicitudes aprobadas, distribuyendo proporcionalmente los créditos sobrantes en los sectores con excedente, a los sectores con déficit de crédito inicial, en primer lugar según el porcentaje de déficit de cada uno, y en segundo lugar, con los sobrantes de esa primera redistribución, repartiendo los mismos según la puntuación total obtenida y los criterios de desempate previstos en la convocatoria.

Décimo. Conforme establece el punto 5 del artículo 11 del Decreto 77/2019, el órgano concedente deberá publicar los créditos adicionales disponibles y en su caso la distribución definitiva, con carácter previo a la resolución de concesión, en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.



De acuerdo con todo lo anterior, y conforme al resuelvo décimoquinto, primero, de la convocatoria, donde se delega en esta dirección general la resolución de las incidencias que se produzcan con anterioridad o posterioridad a la concesión como órgano concedente, resuelvo:

Primero

Incrementar en la cantidad de 162.245,50 euros el crédito inicial previsto en la convocatoria, con el crédito sobrante de la convocatorias de ayudas resueltas con anterioridad con cargo a la misma sección presupuestaria, resultando un crédito máximo de 32.142.245,50 euros, con cargo a la línea S0360 del programa presupuestario 11.02.03.722.20 del capítulo VII de los presupuestos de la Generalitat para 2020.



Segundo

Redistribuir con carácter definitivo, de la siguiente manera, los créditos totales finalmente disponibles.



Sectores Redistribución definitiva

Calzado 861.106,58 €

Cerámico 2.578.492,36 €

Metal-mecánico 6.770.028,34 €

Textil 3.980.356,98 €

Juguete 375.647,42 €

Mármol 610.363,72 €

Madera-mueble e iluminación 3.113.034,96 €

Químico 2.710.897,97 €

Automoción 309.142,15 €

Plástico 4.440.233,65 €

Envases y embalajes 2.441.793,89 €

Industria del papel y artes gráficas 2.936.202,43 €

Valorización de residuos 642.066,28 €

Biotecnología 17.867,27 €

Producción audiovisual y de videojuegos 323.151,90 €

Subtotal 32.110.385,90 €

Sobrante no asignable 31.859,60 €

TOTAL 32.142.245,50 €







Tercero

Acordar la publicación de esta redistribución definitiva en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, sin que tal publicación implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.



València, 24 de septiembre de 2020.– La directora general de Industria, Energía y Minas: M.ª Empar Martinez Bonafé.

Mapa web