Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2020, de la Universidad de Alicante, por la que se dispone la publicación de la oferta de empleo público para el año 2020 del personal funcionario de administración y servicios. [2020/9761]

(DOGV núm. 8957 de 20.11.2020) Ref. Base Datos 009387/2020


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Universidad de Alicante
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado, Grupo A, subgrupo A2. Titulación universitaria de grado, Grupo C, subgrupo C1. Titulación de bachiller o técnico de formación profesional



En virtud de lo dispuesto en el artículo 19.Uno.3.I de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, y considerando lo dispuesto en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 46 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, referidos a la oferta de empleo público, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, en fecha 29 de octubre de 2020, acordó aprobar la oferta de empleo público para el año 2020 de plazas de personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Alicante, de conformidad con la tasa de reposición autorizada en escrito de la Dirección General de Costes de Personal de fecha 30 de julio de 2020.

En uso de las potestades y funciones conferidas por los Estatutos de la Universidad de Alicante, aprobados por el Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, y de las competencias que dimanan de los artículos 20 y siguientes de la Ley orgánica 6/2001, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, este rectorado resuelve:



Primero

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la oferta de empleo público para el año 2020, referida a personal funcionario de administración y servicios, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de octubre de 2020, que figura como anexo a esta resolución, según dispone el punto cinco del artículo 19, ya citado, de la Ley 6/2018.



Segundo

Siguiendo lo dispuesto en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, el plazo máximo para la convocatoria del proceso selectivo previsto en esta oferta es de tres años, a contar a partir de la publicación de esta resolución.



Tercero

Las convocatorias y sus bases de los procesos selectivos correspondientes a esta oferta de empleo se publicarán en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y el anuncio de dicha publicación junto con un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez obtenida la correspondiente autorización, a tenor de lo dispuesto en el referido punto uno.i) y cinco del artículo 19 de la Ley 6/2018.



Cuarto

Esta oferta de empleo público se ejecutará mediante procesos selectivos que garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y los contemplados en el artículo 55.2 del Estatuto Básico del Empleado Público y en el 51 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.



Quinto

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, se reserva un cupo del 7 por ciento de las vacantes de esta oferta de empleo para ser cubiertas entre personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.





Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 6.4 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el rector, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.



Alicante a 11 de noviembre de 2020. El rector: Manuel Palomar Sanz.





ANEXO



Escala Subgrupo Tasa de reposición

Técnica A1 3

Técnico medio A2 2

Oficial especialista C1 8

Especialista archivos, bibliotecas y centros de documentación C1 7

TOTAL 20







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