Ficha docv

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Dirección General de LABORA-Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del programa mixto de empleo-formación Talleres de Empleo, con cargo al ejercicio presupuestario 2021, en aplicación de la Orden 6/2020, de 7 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas. [2021/1053]

(DOGV núm. 9015 de 08.02.2021) Ref. Base Datos 001117/2021








En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 9006, de 27 de enero de 2021, se publicó la mencionada resolución. Advertidos diversos errores en su publicación, se procede a su corrección:

– En el resuelvo décimo quinto:



Donde dice:

«Décimo quinto. Actualización de módulos económicos

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Orden de bases, para el ejercicio 2021 se establecen los siguientes módulos económicos:

Módulo A. Costes salariales del personal directivo, docente y auxiliar administrativo 3,89 por cada persona participante y hora.

Módulo B. Costes de formación y mantenimiento:1,09 por cada persona participante y hora.

Módulo C: Salarios del alumnado: el Salario Mínimo Interprofesional establecido en el año en el que se conceden las ayudas, en concepto de salarios del alumnado/persona trabajadora, sin perjuicio de la obligación de las entidades de hacer efectiva las retribuciones que correspondan al alumnado trabajador en relación al tiempo de trabajo efectivo de acuerdo con la normativa laboral aplicable»



Debe decir:

«Décimo quinto. Actualización de módulos económicos

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Orden de bases, para el ejercicio 2021 se establecen los siguientes módulos económicos:

Módulo A. Costes salariales del personal directivo, docente y auxiliar administrativo 3,88 por cada persona participante y hora.

Módulo B. Costes de formación y mantenimiento:1,08 por cada persona participante y hora.

Módulo C: Salarios del alumnado: el Salario Mínimo Interprofesional establecido en el año en el que se conceden las ayudas, en concepto de salarios del alumnado/persona trabajadora, sin perjuicio de la obligación de las entidades de hacer efectiva las retribuciones que correspondan al alumnado trabajador en relación al tiempo de trabajo efectivo de acuerdo con la normativa laboral aplicable»

Esta corrección no modifica el plazo de presentación de solicitudes.





Valencia, 4 de febrero de 2021.– El director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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