CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2021, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. [2021/1314]
(DOGV núm. 9021 de 16.02.2021) Ref. Base Datos 001380/2021
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Análisis jurídico
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Análisis documental
Origen disposición: LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación Grupo Temático: Ayudas Materias: Empleo y formación profesional
En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 9002, de 21 de enero de 2021, se publicó la mencionada resolución. Advertido error en su publicación, se procede a su corrección:
En el anexo I, letra F, apartado IS, Inclusión Social, B):
Donde dice: «B) Se valorará con un máximo de 5 puntos un porcentaje igual o superior al 10 % de personas con diversidad funcional (1), personas afectadas con trastorno mental grave o muy grave, personas en situación o riesgo de exclusión social y mujeres víctimas de violencia de género que la entidad se comprometa a formar, respecto del total de alumnado a formar conforme al programa formativo presentado, los porcentajes inferiores al 10 % se valorarán proporcionalmente de acuerdo con la siguiente fórmula:
Número de personas que la entidad se compromete a formar pertenecientes a los citados colectivos x 25
Número total de personas a formar conforme
al proyecto formativo presentado
(1) Grado igual o superior al 33 %
Debe decir: «B) Se valorará con un máximo de 5 puntos un porcentaje igual o superior al 10 % de personas con diversidad funcional (1), personas afectadas con trastorno mental grave o muy grave, personas en situación o riesgo de exclusión social y mujeres víctimas de violencia de género que la entidad se comprometa a formar, respecto del total de alumnado a formar conforme al programa formativo presentado, los porcentajes inferiores al 10 % se valorarán proporcionalmente de acuerdo con la siguiente fórmula:
Número de personas que la entidad se compromete a formar pertenecientes a los citados colectivos x 50
Número total de personas a formar conforme
al proyecto formativo presentado
(1) Grado igual o superior al 33 %
Esta corrección no modifica el plazo de presentación de solicitudes.
València, 10 de febrero de 2021. El director general de LABORA. Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.