Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2021, del conseller de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica el Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte para el periodo 2020-2023, aprobado por la Resolución de 23 de marzo de 2020. [2021/2719]

(DOGV núm. 9042 de 16.03.2021) Ref. Base Datos 002374/2021




El artículo 164.a de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones (DOGV 7464, 12.02.2015), dispone que aquellas consellerias que tengan previsto otorgar subvenciones tendrán que elaborar con carácter previo un plan estratégico de subvenciones, en el cual se integrarán las subvenciones que pretendan otorgar, tanto de sus órganos como de sus organismos públicos dependientes y el contenido de las cuales será lo determinado en la legislación básica estatal.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, con el carácter de normativa básica, establece que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que proponen el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, tendrán que concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Mediante Resolución de 23 de marzo de 2020 se aprobó el Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2020-2023. Sin embargo, en la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021 (DOGV 8987, 31.12.2020) dos de las líneas incluidas en este Plan estratégico se han modificado, por lo que estos cambios deben incorporarse a dicho plan. Todo ello, con la finalidad de que este documento ofrezca toda la información relativa a la actividad subvencional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de manera completa e integrada, para favorecer con esto la información a la ciudadanía y la transparencia en la gestión.

Visto lo anterior, haciendo uso de las atribuciones conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y del artículo 4 del Decreto 173/2020, del Consell, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:



Modificar el Plan estratégico de subvenciones 2020-2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte mediante las actuaciones que a continuación se detallan:

– Inclusión de una línea de subvención y modificación de otra existente en el capítulo referido a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en los términos del anexo único.

– Eliminación de una línea de subvención en el capítulo referido a la Dirección General de Centros Docentes en los términos del anexo único.



València, 12 de marzo de 2021.– El conseller de Educación, Cultura y Deporte: Vicent Marzà i Ibáñez.







ANEXO ÚNICO

Modificación Plan estratégico de subvenciones 2020-2023



1. Se incluye en el Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte 2020-2023, en el capítulo referido a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, la siguiente línea de subvención:



OBJETIVO ESTRATÉGICO 8:

Ayudar al mantenimiento de los conservatorios municipales y centros autorizados a través de convocatoria al efecto.

Línea de subvención:

CÓDIGO: S246300

DENOMINACIÓN: Ayudas conservatorios de música y centros autorizados de enseñanzas elementales y/o profesionales de música y/o danza.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva

BENEFICIARIOS: Titulares de conservatorios y centros autorizados de música y/o danza dependientes de corporaciones locales o de entidades sin ánimo de lucro, respectivamente.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la enseñanza reglada elemental y profesional de música y/o danza en los conservatorios y centros autorizados.

1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de subvenciones a centros en el ámbito no universitario, dentro del ámbito funcional de la Dirección General.

Corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro, titulares de conservatorios y centros autorizados para impartir enseñanzas regladas elementales y/o profesionales de música y/o danza.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Mejora y afirmación, mediante subvención, de las enseñanzas artísticas y, concretamente, enseñanzas elementales y/o profesionales de música y danza.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Contribuir a la financiación de los gastos de mantenimiento (principalmente gastos de personal docente) de los centros autorizados de enseñanzas de música y/o danza de nivel elemental y/o profesional, autorizados por la Conselleria que sean de titularidad de corporaciones locales y entidades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:

4.400.000 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el primer trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de julio y publicación a principios de septiembre. Justificación por parte de los centros hasta la primera quincena de octubre. Revisión de justificación y propuesta de pago durante el mes de noviembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

75 entidades.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido con el plan establecido. Aproximadamente 75 entidades han resultado beneficiarias de aquesta ayuda cada año. Además, se ha incrementado el importe de la ayuda en 1.000.000 euros entre el ejercicio 2016 y el 2020.



2. Se modifica en el Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte 2020-2023, en el capítulo referido a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, la línea de subvención S8123, referente a escuelas de danza, en los términos siguientes:



OBJETIVO ESTRATÉGICO 2:

Ayudar al mantenimiento de las escuelas de artes escénicas, de carácter no reglado, de conformidad con la normativa vigente.

Línea de subvención:

CÓDIGO: S8123

DENOMINACIÓN: subvenciones destinadas a escuelas de artes escénicas dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: corporaciones locales o entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, titulares de escuelas de artes escénicas que imparten enseñanzas no regladas y que figuran inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: subvenciones destinadas a escuelas de artes escénicas, inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana, para contribuir a la financiación parcial de estos centros.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Escuelas de artes escénicas inscritas en el registro de centros docentes dependientes de corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Favorecer la normalización de escuelas de artes escénicas en la Comunitat Valenciana.

– Ayudar a la viabilidad económica de estas escuelas.

– Potenciar la ocupación de los profesionales de las artes escénicas, así como del resto de profesionales de las artes escénicas con titulación oficial.

– Fomentar las actividades formativas y culturales de artes escénicas en los centros.

– Favorecer la incorporación de otras disciplinas de artes escénicas como son el teatro o el circo a las escuelas de artes escénicas pera configurar escuelas de artes escénicas.

3. Mecanismo:

– Determinación de los requisitos de los beneficiarios.

– Procedimiento de la convocatoria y concesión de la subvención.

– Criterios de otorgamiento de la subvención.

– Justificación de la concesión.

– Pago de la subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

Artículo 5 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto, del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de artes escénicas, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV 7845, 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV 8092, 26.07.2017).

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

Artículo 6 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de artes escénicas, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV 7845, 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV 8092, 26.07.2017).

4. Justificación de la concesión.

Artículo 8 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de danza, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV 7845, 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV 8092, 26.07.2017).

5. Calendario:

Años 2020-2024.

6. Plazo necesario para su consecución:

Cuatro años.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

150.000 euros en 2020 (financiación GVA).

8. Plan de acción:

1º Trimestre: elaboración y publicación de la convocatoria anual de estas subvenciones mediante una resolución de convocatoria.

2º Trimestre: elaboración y publicación de la concesión de subvenciones.

3º y 4º Trimestre: Justificación de la concesión y pago del 100 % de la subvención.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

– Gastos derivados de la contratación del personal docente en la escuela con titulación.

– Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente reguladora de aquests centros.

– Evaluación del proyecto educativo del centro a través de la programación general anual y la memoria de final de curso.

– Aspectos formativos del equipo directivo y el profesorado.

– Valoración de la calidad de la oferta formativa y proyectos de innovación e interdisciplinares con las artes escénicas desarrolladas en la escuela.

– Volumen de escuelas solicitantes y alumnado atendido.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Expedientes presentados: 5

Requerimientos: 4

Dotación presupuestaria: 150.000,00 €

Presupuesto no asignado: 0 €



Provincia Municipales Privadas

Alicante - 1

Castellón 1 -

València 2 1





3. Se suprime del Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte 2020-2023, en el capítulo referido a la Dirección General de Centros Docentes, la siguiente línea de subvención al quedar incorporada en otra dirección general:



OBJETIVO ESTRATÉGICO 6:

Apoyar a través de ayudas la financiación parcial para las enseñanzas musicales en conservatorios municipales y centros autorizados a través de convocatoria al efecto.

Línea de subvención:

CÓDIGO: S246300

DENOMINACIÓN: Ayudas conservatorios de música y centros autorizados de enseñanzas elementales y/o profesionales de música y/o danza.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva

BENEFICIARIOS: Conservatorios de música y/o danza dependientes de corporaciones locales y centros autorizados de titularidad de entidades sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la enseñanza de música y/o danza en los conservatorios y centros autorizados.

1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro titulares de conservatorios y centros autorizados por impartir enseñanzas elementales y/o profesionales de música y/o danza.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Mejora y afirmación, mediante subvención, de las enseñanzas artísticas y, concretamente, enseñanzas elementales y/o profesionales de música y danza.

3. Mecanismo: Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Contribuir a la financiación de los gastos de mantenimiento (principalmente gastos de personal docente) de los centros autorizados de enseñanzas de música y/o danza de nivel elemental y/o profesional, autorizados por la Conselleria que sean de titularidad de corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos establecidos en la orden de bases reguladora de la subvención.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:

4.400.000 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el primer trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de julio y publicación a principios de septiembre. Justificación por parte de los centros hasta la primera quincena de octubre. Revisión de justificación y propuesta de pago durante el mes de noviembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

75 entidades.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido con el plan establecido. Aproximadamente 75 entidades han resultado beneficiarias de aquesta ayuda cada año. Además, se ha incrementado el importe de la ayuda en 1.000.000 euros entre el ejercicio 2016 y el 2020.

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