Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se adecúan las medidas excepcionales a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Generalitat con motivo de la Covid-19. [2021/2904]

(DOGV núm. 9044 de 18.03.2021) Ref. Base Datos 002561/2021




La Resolución de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública por la que se adecúan las medidas excepcionales a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Generalitat con motivo de la Covid-19, estableció en su apartado tercero, que se pudiera reducir la presencialidad en los puestos de trabajo hasta un 30 por ciento como máximo del total de efectivos, garantizándose la presencia de al menos el 70 por ciento, ya fuera en horario de mañanas o en horario voluntario de tardes, sin que esto supusiera ninguna merma en la prestación del servicio.

La Resolución de 11 de enero de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, a la vista de la evolución de la crisis sanitaria, modificó parcialmente la de 30 de octubre de 2020 en el sentido de incrementar de un 30 a un 50 por ciento como máximo del total de efectivos, el porcentaje en el que se podría reducir la presencialidad en los centros de trabajo.

Mediante el Decreto 8/2021, de 11 de marzo, del president de la Generalitat, se determinan las medidas de limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados y de limitación de la movilidad, para el periodo comprendido entre el 15 de marzo y el 12 de abril de 2021, afirmándose que en la Comunitat aun manteniéndose un nivel de riesgo alto, la situación epidemiológica actual, tanto en cuanto al número de contagios como al índice de ocupación de los hospitales de la Comunitat Valenciana y, especialmente, de sus camas de UCI, ha experimentado una mejora considerable

Así pues, con base en lo expuesto y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, el artículo 9 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y la disposición final primera del Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, habiendo dado conocimiento de las medidas contenidas en la presente Resolución a la Comisión de Seguimiento prevista en el apartado Dieciséis del anexo II del Acuerdo de 19 junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19,



DISPONGO



Primero.

Dejar sin efecto la Resolución de 11 de enero de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la cual se modifica parcialmente la Resolución de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la cual se adecúan las medidas excepcionales a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Generalitat con motivo de la Covid-19.



Segundo.

Como consecuencia de lo anterior, la persona titular de la Subsecretaría de la presidencia de la Generalitat y de las distintas consellerias, así como de los órganos que ostenten la dirección superior de personal de los respectivos organismos públicos adscritos a las mismas, podrán organizar turnos rotatorios presenciales y no presenciales del personal a su cargo, de manera que pueda reducirse la presencialidad en los puestos de trabajo hasta un 30 por cien como máximo del total de efectivos, y se garantice la presencia de al menos el 70 por cien, ya sea en horario de mañanas o en horario voluntario de tardes, sin que ello suponga merma alguna en la prestación del servicio.

Continuará siendo de aplicación lo establecido en la Resolución de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública por la que se adecúan las medidas excepcionales a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Generalitat con motivo de la Covid-19.



Tercero.

La modificación de las medidas organizativas que se adopten para disminuir el porcentaje de puestos de trabajo que prestan servicios en la modalidad de trabajo no presencial, del anterior 50 por ciento hasta el 30 por ciento como máximo previsto en el apartado anterior, supone una modificación de los correspondientes Planes de Actuación. En consecuencia, dichas modificaciones tendrán que ser objeto de consulta y participación con la representación sindical de las y los trabajadores del respectivo Comité de Seguridad y Salud.



Cuarto.

La presente resolución entrará en vigor el día 22 de marzo de 2021 y sus efectos, que tendrán carácter temporal, se extenderán en función de la evolución de la crisis sanitaria desencadenada por la pandemia de la Covid-19.



València, 17 de marzo de 2021.– La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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