Ficha docv

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Información pública de la aprobación del informe ambiental y territorial estratégico del estudio de detalle del Área de Reparto número 82, de acuerdo con los criterios del anexo VIII de la LOTUP. [2021/50]

(DOGV núm. 8997 de 14.01.2021) Ref. Base Datos 000374/2021


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Ayuntamiento
    Grupo Temático: Planes de urbanismo
    Descriptores:
      Temáticos: plan de urbanismo, administración local
      Descriptores toponímicos: Torrevieja



Víctor Costa Mazón, Director General de Urbanismo, Proyectos, e Infraestructuras y Servicios Básicos del Ayuntamiento de Torrevieja

Hace saber: que por Decreto con CSV 9RRDNFDMRTQ2JG2PNTKS2JQDF de fecha 16 de diciembre de 2020 se adoptó, el siguiente acuerdo:

1º. Emitir informe ambiental y territorial estratégico favorable en el procedimiento simplificado de evaluación ambiental y territorial estratégico del estudio de detalle del Área de Reparto número 82, de acuerdo con los criterios del anexo VIII de la LOTUP, por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente, correspondiendo continuar la tramitación conforme a su normativa sectorial.

2º. La versión definitiva del estudio de detalle que deba someterse a exposición pública para su posterior aprobación debe contener las siguientes determinaciones:

– Entre las medidas compensatorias definidas en el DIE, se recoge la medida impuesta por la modificación 52 de no arrojar sombras a la playa en el tramo horario comprendido entre las 10.00 h y 19.00 h. Esta medida debe ir complementada con el correspondiente estudio de sombras.

– La singularidad urbanística que presenta la ubicación del Área de Reparto 82 requiere ampliar el ámbito de estudio para evaluar la repercusión de dicha actuación en la trama urbana circundante y de este modo definir con un mayor detalle las medidas para una correcta integración. Este estudio debe ir acompañado de un estudio de integración paisajística donde se indiquen las distintas visuales desde las diferentes calles que desembocan en la actuación con el fin de definir las medidas a adoptar para suavizar el cambio de escala entre las edificaciones existentes y las previstas en la actuación. Esta consideración también es aplicable para definir las directrices de urbanización de la zona verde adscrita al AR82.

– El borrador ED propone una sección de los edificios donde se indica una planta sótano de uso terciario y dos de garaje. Esta decisión requiere de un estudio geotécnico que indique su viabilidad respecto al nivel freático que presenta la parcela y definir los accesos a dichos usos desde el espacio público.

– El borrador del ED no incluye la existencia de una estación de bombeo. El ED la debe incluir y regular las medidas de integración y medidas de correctoras de dicha instalación.

– La singularidad que presenta el AR82 de estar delimitada por la avenida Desiderio Rodríguez requiere de un estudio de la sección transversal para resolver la conexión del ámbito con la primera línea de playa. Este estudio debe incluir las medidas indicadas en el informe emitido por la Conselleria en materia forestal.

– Debido a las cesiones dotaciones se modifican en el estudio de detalle con respecto a las previstas en el Plan general, debe justificarse el mantenimiento del estándar dotacional global, en cumplimiento del apartado III.1.1 del anexo IV de la LOTUP.

– En el cuadro resumen de parámetros urbanísticos deben modificarse los datos de cesiones, puesto que la cesión viaria ha variado respecto a la indicada en la MP núm.-52 del PG. Asimismo, debe reflejarse en dicho cuadro de cesión de los espacios libres de parcela con destino espacio libre de uso público.

– En los planos de calificación y de cesiones se indica que se cede al Ayuntamiento una superficie de 16.772 m², correspondiente a la totalidad de la planta baja de las manzanas edificables salvo el porcentaje de ocupación asignada para cada una de ellas; no obstante, en la memoria se indica que se cede el uso del espacio libre privado. Convierte aclarar tal cuestión, con el objeto de determinar la superficie objeto de cesión, así como su calificación urbanística, teniendo en cuenta que la modificación puntual 52 del Plan General, en el artículo 48 modificado, establece que el vuelo fuera de la máxima ocupación será cedida al Ayuntamiento una vez ejecutada su urbanización. Concretada la superficie de cesión e identificada en el plano de cesiones, esta deberá tener su reflejo en el correspondiente plano de calificación, en el cual no coincide el grafismo asignado al suelo calificado como plaza pública con la superficie de cesión de este uso.

– La documentación gráfica deberá diferenciar entre planos de información y planos de ordenación.

3º. Conforme al artículo 51.7 de la LOTUP el presente informe ambiental y territorial estratégico favorable perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, no se hubiera procedido a la aprobación del plan o programa en el plazo máximo de 4 años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada del plan o programa.

4º. Publicar el presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

5º. La presente resolución de informe ambiental y territorial estratégico por el procedimiento simplificado no es susceptible de recurso alguno por considerarse un acto de trámite, sin perjuicio de los recursos que, en su caso, procedan en vía contencioso-administrativo frente al acto que se apruebe el instrumento de planeamiento correspondiente, lo que no es inconveniente para que pueda utilizarse los medios de defensa que se estimen pertinentes en derecho.

6º. Notificar este acuerdo a la mercantil Puente La Sal Inversiones, SL.

7º. Comunicar este acuerdo al Servicio de Urbanismo de este Ayuntamiento para la continuación del procedimiento de aprobación del plan conforme al procedimiento simplificado.



Torrevieja, 21 de diciembre de 2020.– El director general de Urbanismo, Proyectos e Infraestructuras y Servicios Básicos: Víctor Costa Mazón.

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