Ficha docv

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2021, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. [2021/787]

(DOGV núm. 9008 de 29.01.2021) Ref. Base Datos 000864/2021




Se han advertido diversos errores en la publicación de la disposición mencionada (DOGV 9002; 21.01.2021), que se corrigen como sigue:



En el resuelvo cuarto, apartado 4:



Donde dice:

«4. Las acciones de tipo sectorial de los planes de referencia, corresponderán a los sectores que se relacionan a continuación. El importe máximo estimado que señala el resuelvo segundo, punto 1 a), para este tipo de acciones, se distribuirá por sectores en las cuantías máximas estimadas que se señalan a continuación y de acuerdo con el el apartado 2 de este resuelvo, se aplicarán los siguientes límites porcentuales y cuantitativos:»



Debe decir:

«4. Las acciones de tipo sectorial de los planes de referencia, corresponderán a los sectores que se relacionan a continuación. El importe máximo estimado que señala el resuelvo segundo, punto 1 a), para este tipo de acciones, se distribuirá por sectores en las cuantías máximas estimadas que se señalan a continuación y de acuerdo con el apartado 2 de este resuelvo, se aplicarán los siguientes límites porcentuales y cuantitativos:



Sector Dotación prevista Límite porcentual por cada plan presentado Límite cuantitativo

por Plan

Agrario (incluyendo manipulado, envasado, comercio y exportación de cítricos y productos hortofrutícolas) 507.291 € 20% 101.458 €

Construcción (Formación dirigida a la competitividad sostenible del sector) 515.181 € 20% 103.036 €

Industrias agroalimentarias 347.815 € 30% 104.344 €

Industria del metal 965.960 € 20% 193.192 €

Industria del mueble, calzado y textil 427.563 € 20% 85.513 €

Industria química y plástico 334.902 € 30% 100.471 €

Servicios de atención a personas dependientes 350.222 € 30% 105.067 €

Servicios de Transporte por Carretera/Marítimo 396.883 € 30% 119.065 €

Turismo y Hostelería 903.176 € 20% 180.635 €

Cerámica 201.278 € 30% 60.383 €

TOTAL 4.950.000 €







En el anexo I



Donde dice:

«B) CAPACIDAD ACREDITADA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:



B1- CAPACIDAD PARA DESARROLLAR LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN TRANSVERSALES:

Acciones formativas de formación para el empleo de carácter transversal dirigidas prioritariamente a personas ocupadas realizadas, como beneficiaria en convocatorias de ayudas de cualquiera de las Administraciones Públicas del Sistema Nacional de Empleo (SNE). A dichos efectos, se tomará en consideración la suma de los resultados por su participación en convocatorias ejecutadas en los años 2018 y 2019. 15 ptos

La entidad realizó entre 1 y 20 acciones formativas (grupos) 5 ptos

La entidad realizó entre 21 y 40 acciones formativas (grupos) 10 ptos

La entidad realizó más de 40 acciones formativas (grupos) 15 ptos





B2- CAPACIDAD PARA DESARROLLAR LAS ACCIONES FORMATIVAS QUE CORRESPONDAN A LAS ESPECIALIDADES RECOGIDAS EN EL PLAN DE REFERENCIA SECTORIAL:

Acciones formativas de formación para el empleo, que correspondan a especialidades recogidas en el plan de referencia sectorial, dirigidas prioritariamente a personas ocupadas realizadas, como beneficiaria en convocatorias de ayudas de cualquiera de las Administraciones Públicas del Sistema Nacional de Empleo (SNE). A dichos efectos, se tomará en consideración la suma de los resultados por su participación en convocatorias ejecutadas en los años 2018 y 2019. 15 ptos

La entidad realizó entre 1 y 5 acciones formativas (grupos) 5 ptos

La entidad realizó entre 6 y 10 acciones formativas (grupos) 10 ptos

La entidad realizó más de 10 acciones formativas (grupos) 15 ptos





Las entidades que hayan sido beneficiarias y/o impartidoras en convocatorias de ayudas distintas de las aprobadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, deberán presentar certificado de la Administración Pública correspondiente del SNE sobre las acciones impartidas en los años indicados, según modelo del Anexo II de esta Resolución.

De acuerdo con lo previsto en el resuelvo vigésimo primero las entidades deberán mantener las exigencias técnico-pedagógicas, de instalaciones, equipamiento y medios humanos tenidas en cuenta para la acreditación/inscripción de la especialidad, de tal forma que quede totalmente asegurada la solvencia técnica de la entidad solicitante.»



Debe decir:

«B) CAPACIDAD ACREDITADA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:



En las solicitudes de subvención destinadas al desarrollo de programas de formación Transversales, de Economía Social y Autónomos, se valorará la capacidad de la entidad solicitante atendiendo al número de acciones formativas ejecutadas en los años 2018 y 2019, conforme al siguiente baremo:



B1- CAPACIDAD PARA DESARROLLAR LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN TRANSVERSAL, ECONOMÍA SOCIAL Y AUTÓNOMOS:

Acciones formativas de formación para el empleo de carácter transversal, economía social y autónomos, dirigidas prioritariamente a personas ocupadas realizadas, como beneficiaria en convocatorias de ayudas de cualquiera de las Administraciones Públicas del Sistema Nacional de Empleo (SNE). A dichos efectos, se tomará en consideración la suma de los resultados por su participación en convocatorias ejecutadas en los años 2018 y 2019. 15 ptos

La entidad realizó entre 1 y 20 acciones formativas (grupos) 5 ptos

La entidad realizó entre 21 y 40 acciones formativas (grupos) 10 ptos

La entidad realizó más de 40 acciones formativas (grupos) 15 ptos





En el caso de las solicitudes destinadas al desarrollo de programas de formación Sectorial, la valoración de la capacidad de la entidad solicitante se realizará atendiendo a las acciones formativas ejecutadas recogidas en el plan de referencia sectorial correspondiente al sector respecto del cual se realiza la solicitud, de acuerdo con el siguiente baremo:



B2- CAPACIDAD PARA DESARROLLAR LAS ACCIONES FORMATIVAS QUE CORRESPONDAN A LAS ESPECIALIDADES RECOGIDAS EN EL PLAN DE REFERENCIA SECTORIAL:

Acciones formativas de formación para el empleo, que correspondan a especialidades recogidas en el plan de referencia sectorial, dirigidas prioritariamente a personas ocupadas realizadas, como beneficiaria en convocatorias de ayudas de cualquiera de las Administraciones Públicas del Sistema Nacional de Empleo (SNE). A dichos efectos, se tomará en consideración la suma de los resultados por su participación en convocatorias ejecutadas en los años 2018 y 2019. 15 ptos

La entidad realizó entre 1 y 5 acciones formativas (grupos) 5 ptos

La entidad realizó entre 6 y 10 acciones formativas (grupos) 10 ptos

La entidad realizó más de 10 acciones formativas (grupos) 15 ptos





Las entidades que hayan sido beneficiarias y/o impartidoras en convocatorias de ayudas distintas de las aprobadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, deberán presentar certificado de la Administración Pública correspondiente del SNE sobre las acciones impartidas en los años indicados, según modelo del Anexo II de esta Resolución.

De acuerdo con lo previsto en el resuelvo vigésimo primero las entidades deberán mantener las exigencias técnico-pedagógicas, de instalaciones, equipamiento y medios humanos tenidas en cuenta para la acreditación/inscripción de la especialidad, de tal forma que quede totalmente asegurada la solvencia técnica de la entidad solicitante.»



En el anexo I:



Donde dice:



PUNTUACIÓN MÁXIMA TOTAL 160 ptos





Debe decir:



PUNTUACIÓN MÁXIMA TOTAL 170 ptos.







Se concede un nuevo plazo de presentación de solicitudes de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta corrección de errores en el DOGV.



València, 26 de enero de 2021.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Ocupación y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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