Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2019, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se convoca la realización de estancias de formación para el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de Enseñanzas Artísticas Profesionales y Deportivas, en empresas, organizaciones o instituciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, durante el año 2019.



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Publicado en:  DOGV núm. 8476 de 31.01.2019
Número identificador:  2019/629
Referencia Base Datos:  001000/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: cursos, cuerpos docentes no universitarios



RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2019, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se convoca la realización de estancias de formación para el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de Enseñanzas Artísticas Profesionales y Deportivas, en empresas, organizaciones o instituciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, durante el año 2019. [2019/629]





La Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas, recoge en su artículo 14, las estancias formativas en empresas como una de las modalidades de formación permanente del profesorado que ofrece la posibilidad de formarse en entornos de trabajo profesionales reales, con la finalidad de adquirir aquellos conocimientos y prácticas que, no pueden ser adquiridos en otro tipo de acción formativa, son necesarios para su actuación docente en la especialidad.

De acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 6 del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, resuelve convocar la realización de estancias formativas en empresas o entidades ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, de acuerdo con lo siguiente:



Primero. Objeto

La presente resolución tiene como objeto convocar la realización de estancias de formación para el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de Enseñanzas Artísticas Profesionales y Deportivas y para el personal asesor de formación destinado en el CEFIRE específico de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas, en empresas, organizaciones o instituciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, durante el año 2019.



Segundo. Objetivos

Las estancias de formación en empresas del profesorado, como modelo de intervención en la formación del profesorado, pretenden conseguir los siguientes objetivos:

1. Potenciar la aplicación en el centro educativo de los conocimientos y técnicas adquiridas, posibilitando la actualización científico-técnica del profesorado a través del conocimiento de procedimientos de trabajo, instrumentación, métodos organizativos y procesos mediante la integración del profesorado en los diferentes procesos productivos.

2. Adquirir experiencias del ámbito laboral en el entorno real de trabajo.

3. Fomentar la cooperación entre los centros educativos y su entorno productivo, facilitando la relación del profesorado objeto de la convocatoria con el mundo empresarial.

4. Conocer las posibilidades que ofrecen los módulos de Formación en Centros de Trabajo y/o de fase de formación práctica en empresa, estudios y talleres, con el fin de facilitar su programación.

5. Conocer las diferentes técnicas empresariales de análisis de procesos y de análisis de logros, así como diferentes colectivos de intervención profesional (infancia, tercera edad, personas con diversidad funcional, mujeres en situación de vulnerabilidad, personas en riesgo de exclusión, etc.).

6. Analizar la viabilidad de establecer convenios de Formación Profesional Dual entre el centro educativo y la empresa, organización o institución.



Tercero. Participantes

En esta convocatoria podrá participar el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de Enseñanzas Artísticas Profesionales y Deportivas que ejerza docencia directa durante el año 2019, en centros docentes públicos y privados concertados dependientes de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Comunitat Valenciana y el personal asesor de formación destinado en el CEFIRE específico de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas.

Sólo podrá presentarse una solicitud por participante, empresa y período de realización de la estancia.

Cuando las estancias se realicen en más de una empresa durante el mismo período, se presentará una solicitud por cada estancia.

El profesorado que haya participado en convocatorias anteriores y solicite participar en la actual convocatoria, deberá presentar, obligatoriamente, una propuesta diferente al de la estancia anteriormente realizada; preferentemente, es recomendable que esté relacionada con los módulos que imparte.



Cuarto. Elección de la empresa, organización o institución

La estancia podrá realizarse en una empresa, organización o institución ubicada en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, en la que el propio profesorado participante hubiese concertado particularmente.

En el supuesto de que el concierto se realice con una empresa, organización o institución, la persona titular o representante legal de la empresa propuesta no debe ser familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, del profesorado solicitante.



Quinto. Duración y períodos de realización

El tiempo de la estancia formativa para esta convocatoria será como mínimo de 20 horas y máximo de 50 horas. En cualquier caso, se computarán un mínimo de 3 horas y un máximo de 8 horas diarias y de 30 horas semanales.

La estancia formativa podrá realizarse entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2019.

El horario de realización de la estancia no podrá coincidir con el horario lectivo del profesorado participante y estará condicionado a las circunstancias productivas de las empresas.



Sexto. Formalización de solicitudes, procedimiento y requisitos

El profesorado solicitante que desee participar deberá cumplimentar la solicitud por vía telemática, utilizando los formularios que estarán a su disposición en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte / Formación del Profesorado: http://www.ceice.gva.es/web/formacion-profesorado/estancias-formativas-en-empresas.

Una vez cumplimentados, se enviarán vía on-line y se imprimirán los documentos preceptivos resultantes.

Dichos documentos, una vez firmados y sellados como corresponda, serán escaneados y enviados a través de la misma plataforma telemática.

Además, se presentarán en soporte papel, en original o copia compulsada, preferentemente en el Registro General de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte o en cualquiera de los lugares y por los procedimientos a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si, en uso de ese derecho, el expediente es remitido por correo, se presentará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que proceda a su certificación.

Será motivo de exclusión la falta de comunicación telemática de la solicitud, así como la no presentación de la solicitud y la documentación requerida en un registro público por parte de los participantes en dicho plazo.



Séptimo. Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte / Formación del Profesorado: http://www.ceice.gva.es/web/formacion-profesorado/estancias-formativas-en-empresas hasta el 28 de febrero de 2019.



Octavo. Solicitud y documentación complementaria

La documentación necesaria para optar a las estancias formativas en empresas, organizaciones o instituciones, a cumplimentar según formularios facilitados en la página web arriba indicada, se dirigirá al Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado y constará de:

1. Solicitud.

2. Propuesta de estancia (será suficiente la comunicación telemática, no siendo necesaria su presentación en soporte papel), será original, personalizada, y vinculada a la familia profesional en la que se especificará:

a) Título: hará referencia explícita al contenido didáctico de la estancia y no excederá de como máximo 100 caracteres.

b) Objetivos generales.

c) Características de la empresa.

d) Justificación de la elección de la empresa, organización o institución.

e) Programación de las actividades, período previsto de realización (duración) y temporización.

f) Relación existente entre competencias profesionales, personales y sociales de las enseñanzas de la familia profesional a la que pertenece y las posibilidades técnicas y organizativas de la empresa, organización o institución.

3. Autorización de la empresa, organización o institución, firmada y sellada, donde se realizará la estancia formativa. En el caso de haber designado tutor/a, se indicarán sus datos personales en el documento.

4. Certificado de la secretaría del centro de destino, con el visto bueno del director/a, firmado y sellado, en el que conste:

a) Situación administrativa del profesorado solicitante.

b) Enseñanzas y materias o módulos que imparte.

c) Compatibilidad horaria de la propuesta de estancia formativa donde se hará constar el horario lectivo del profesorado solicitante y el horario de la estancia.



Noveno. Instrucción y comisión de selección

El órgano instructor de la presente convocatoria será el Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado.

Como órgano colegiado en el proceso de valoración y selección de las propuestas de estancias se constituirá una comisión de selección y seguimiento, integrada por los siguientes miembros que emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación. La comisión estará constituida por:

Presidente/a:

– El subdirector general de Formación del Profesorado o persona en quien delegue.

Vocales:

– La persona titular del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado o persona en quien delegue.

– Una persona representante de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

– La persona directora y dos personas asesoras del CEFIRE Específico de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas.

Secretario/a:

– Una persona representante del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado.



Diez. Criterios de selección

1. Profesorado participante.

1.1. Adecuación a los ciclos formativos correspondientes de los objetivos planteados en la propuesta de estancia (hasta 2 puntos).

1.2. Actualización en determinados aspectos técnicos, cuya especificidad hace difícil el acceso a ellos por otros medios (hasta 3 puntos).

1.3. Idoneidad de las materias susceptibles de ser impartidas por el profesorado solicitante, de acuerdo con los objetivos planteados y la empresa o colectivos seleccionados (hasta 5 puntos).

2. Interés y calidad de la propuesta de estancia presentada

2.1. Idoneidad de la empresa seleccionada para la consecución de los objetivos de la estancia (hasta 5 puntos).

2.2. Adecuación de la propuesta al entorno productivo del centro educativo del profesorado participante (hasta 5 puntos).

Para ser seleccionada la propuesta de estancia, ha de obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de los apartados 1 y 2 anteriores.



Once. Resolución

1. Propuesta motivada de resolución

El Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado, a la vista del expediente y del informe de la comisión de selección formulará la propuesta de resolución provisional, que se hará pública a través de la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Formación del Profesorado.

Se abrirá un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de su publicación, para presentar alegaciones ante la comisión, que se realizarán a través de la página web arriba indicada.

Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados, el Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado formulará propuesta de resolución definitiva al secretario autonómico de Educación e Investigación.

2. Resolución definitiva

Vista la propuesta del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado, el secretario autonómico de Educación e Investigación aprobará la selección definitiva de las estancias de formación, la cual será notificada a los interesados a la dirección de correo electrónico indicado en la documentación presentada y publicada en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Formación del Profesorado.



Doce. Renuncias

Si existen causas justificadas que impidan la incorporación del profesorado a la empresa, organización o institución se podrá renunciar a la estancia. La renuncia se presentará en el Registro General de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La no incorporación a la empresa, organización o institución, o su abandono antes de la finalización sin causa justificada, supondrá la renuncia a la participación en estas estancias formativas durante los dos años siguientes.



Trece. Seguimiento, evaluación y certificación

El CEFIRE Específico de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas realizará el seguimiento, evaluación y certificación de estas estancias formativas.

Para la evaluación de la realización de la estancia, el profesorado participante enviará la memoria final, original y personalizada, que incluirá la documentación siguiente:

a) Certificado, firmado y sellado, de la empresa, organización o institución acreditando la realización de la estancia, especificando las horas totales, las fechas y lugar de realización. Se utilizará el modelo facilitado en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Formación del Profesorado.

b) Objetivos alcanzados a la finalización de la estancia.

c) Desarrollo de la estancia. En este apartado se hará constar el trabajo realizado en las diferentes fases de la misma, así como las implicaciones organizativas que ha supuesto su desarrollo.

d) Conclusiones y sugerencias. Se reflejarán los logros de la estancia y su incidencia en la docencia directa, la valoración del proceso seguido y del producto alcanzado, y las propuestas que, para el futuro, se derivan de su realización.

Dicha documentación se remitirá vía on-line desde la página de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Formación del Profesorado, utilizando los medios facilitados por el servidor. Para ello, el certificado de acreditación de la estancia referido en el apartado a deberá ser escaneado, y el resto de documentación correspondiente a los apartados b, c y d será enviada directamente en un único fichero, preferentemente en formato OpenDocument o PDF.

El plazo para la entrega de esta documentación será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la finalización de la estancia. Para proceder a su evaluación dicha documentación deberá estar completa y bien cumplimentada.

Una vez estudiada la documentación remitida, el CEFIRE Específico de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas realizará los informes de seguimiento y elaborará el acta final de evaluación.

Al profesorado se le certificarán las horas totales de duración de la estancia realizada indicadas en el acta final de evaluación, hasta un máximo de 50 horas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas, con indicación de la empresa, las horas y la fecha de realización.

Las empresas, organizaciones o instituciones recibirán de oficio un certificado acreditativo de su colaboración de la Secretaria Autonómica de Educación e Investigación. Asimismo, podrán recibir dicho certificado, previa petición dirigida al Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado, las personas tutoras designadas por la empresa, organización o institución en la atención al programa de estancias formativas, que figuren en el documento de autorización para la realización de la estancia formativa.



Catorce. Vinculación con la organización o institución o empresa de acogida

Durante el período de estancia formativa, el profesorado no tendrá ninguna vinculación o relación laboral con la empresa, organización o institución de acogida, ni podrá ocupar un puesto de trabajo dentro de su cuadro de personal, por lo que queda excluido de la legislación laboral vigente.

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte suscribirá una póliza de seguro de accidentes para cubrir las posibles contingencias del profesorado en formación práctica, durante el período de realización de la estancia.



Quince

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de alzada ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 18 de enero de 2019.– El secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.

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