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Extracto de la Resolución de 6 de febrero de 2019, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios. [2019/1205]

(DOGV núm. 8482 de 08.02.2019) Ref. Base Datos 001305/2019

Extracto de la Resolución de 6 de febrero de 2019, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios. [2019/1205]
BDNS (identif.): 438639.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans

Primero. Objeto
Convocar para el ejercicio 2019 las subvenciones reguladas en la Orden 2/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del Informe de Evaluación de Edificios.

Segundo. Bases reguladoras
Las bases reguladoras se contienen en la Orden 2/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban bases reguladoras de las ayudas para la realización del Informe de Evaluación de Edificios, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en fecha 20 de marzo de 2018.

Tercero. Financiación de las ayudas
1. La financiación de las subvenciones se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.01.431.10, de la línea S8289000 «Financiación elaboración de Informes de Evaluación de Edificios» del Capítulo VII de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2019.
2. La cuantía total máxima de las ayudas a conceder en el ejercicio 2019 será inicialmente de 287.900,00 euros. Dicho importe se estima según la disponibilidad presupuestaria de la línea referida.
No obstante si se cumplen alguno de los supuestos previstos en el artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el importe anterior se podrá aumentar o disminuir mediante resolución de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio. Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana previamente a la resolución de concesión de las ayudas.
3. La efectividad de la cuantía adicional a la que se refiere el apartado 2 queda condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.

Cuarto. Partes beneficiarias y condiciones de la concesión de las ayudas
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva.
2. Podrán ser parte beneficiaria de estas ayudas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarias únicos de edificios de carácter predominantemente residencial, que hubieren registrado el IEE con posterioridad al 1 de junio de 2018, según modelo establecido por la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes
1. El plazo para la presentación de la solicitud se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 30 de abril de 2019, inclusive. El incumplimiento del plazo de solicitud determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.
2. La presentación y procedimiento de tramitación será telemático, y se realizará según se establece en la base Cuarta de la Orden 2/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios.
Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes
Las solicitudes presentadas se baremarán de acuerdo con lo dispuesto en la base Quinta de la Orden 2/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del Informe de Evaluación de Edificios.

València, 6 de febrero de 2019.– La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio: María José Salvador Rubert.

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