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RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2021, del secretario autonómico de Empleo y director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se modifica la Resolución de 1 de marzo de 2021, sobre delegación de competencias en materia de personal, contratación, gestión de subvenciones y gestión financiera y presupuestaria. [2021/3685]

(DOGV núm. 9061 de 14.04.2021) Ref. Base Datos 003306/2021

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2021, del secretario autonómico de Empleo y director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se modifica la Resolución de 1 de marzo de 2021, sobre delegación de competencias en materia de personal, contratación, gestión de subvenciones y gestión financiera y presupuestaria. [2021/3685]

Mediante Resolución de 1 de marzo de 2021, del secretario autonómico de Empleo y director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, publicada en el DOGV de 5 de marzo de 2021, se aprobó la delegación de competencias en materia de personal, contratación, gestión de subvenciones y gestión financiera y presupuestaria de LABORA.
Se ha advertido la omisión en el resuelvo tercero de la mencionada resolución de 1 de marzo de 2021, del apartado 1.2, que afecta a la firma de los documentos contables.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 63 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell; en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en el artículo 59 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:

Primero. Modificación propuesta
Modificar el resuelvo tercero en su apartado 1, incluyendo el apartado 1.2 omitido, que queda redactado como sigue:
«1. Se delega en el ámbito funcional de la Dirección General de Planificación y Servicios el ejercicio de las siguientes competencias.
1.1. En la persona titular de la Dirección General de Planificación y Servicios se delega:
a) La resolución de los procedimientos y la firma de cuantos documentos administrativos sean necesarios para formalizar su concesión.
b) La resolución de aceptación del desistimiento o renuncia por parte del solicitante, así como cualquier otra incidencia que se produzca con posterioridad a la concesión.
c) El reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, así como la justificación del beneficiario.
d) Las resoluciones relativas a las garantías por pagos anticipados que proceda aportar en relación con las subvenciones concedidas.
e) La minoración de la subvención concedida en los supuestos de incumplimiento por parte del beneficiario establecidos en la normativa vigente.
f) La incoación y resolución de los procedimientos de revocación, minoración, reintegro e intereses de demora de subvenciones, así como cualesquiera otras incidencias que, en su caso, se deriven.
1.2. La firma de cuantos documentos contables se precisen, tanto en las subvenciones y transferencias corrientes y de capital de carácter genérico, como de carácter nominativo, corresponderá a la persona titular de la Subdirección General correspondiente por razón de la materia.»

Segundo. Entrada en vigor
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 9 de abril de 2021.– El secretario autonómico de Empleo y director general de LABORA: Enric Nomdedéu i Biosca.

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