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DECRETO 71/2023, de 12 de mayo, del Consell, de modificación del Decreto 84/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del Estatuto del Institut Cartogràfic Valencià. [2023/5215]

(DOGV núm. 9598 de 18.05.2023) Ref. Base Datos 005207/2023

DECRETO 71/2023, de 12 de mayo, del Consell, de modificación del Decreto 84/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del Estatuto del Institut Cartogràfic Valencià. [2023/5215]
La Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià (Ley 2/2020 de ahora en adelante), estableció para este organismo una serie de funciones que son las inherentes de cualquier agencia nacional de cartografía. A raíz de la aprobación de esta ley se procedió a la aprobación del Decreto 84/2021, de18 de junio, del Consell, de aprobación del Estatuto del Institut Cartogràfic Valencià, con el que se pretendía dotar el organismo de una estructura adecuada para hacer frente a las funciones establecidas en la ley.
Después de dos años de aprobación de la Ley 2/2020 se ha comprobado que el volumen de trabajo de carácter geomático en el seno de la Generalitat ha crecido exponencialmente, lo que hace necesaria e imprescindible aumentar y adecuar los recursos humanos con perfiles técnicos cartográficos y geomáticos del Institut Cartogràfic Valencià que permitirán responder a la demanda existente y retos actuales y futuros en este campo de una forma proporcional, eficaz, transparente y eficiente.
Con el fin de intentar dar solución a este problema, se procede, en primer lugar, a modificar la estructura de carácter técnico con la creación de tres servicios nuevos dependientes de la Subdirección General de Geomática y, en segundo lugar, a redistribuir las funciones entre todos los servicios resultantes.
Por todo ello, a propuesta de la consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, de conformidad con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de la Generalidad, de 30 de diciembre, del Consell, previa deliberación del Consell, en la reunión del 12 de mayo de 2023.


DECRETO

Artículo único. Modificación de determinados preceptos del 84/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del estatuto del Institut Cartogràfic Valencià.
Se modifican el artículo 8 y el apartado 3 del artículo 10 del Decreto 84/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del Estatuto del Institut Cartogràfic Valencià, relativos a la estructura de la Subdirección de Geomática, que quedan redactados en los términos que figuran en el anexo.


DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa
Se derogan todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo establecido en este decreto.


DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 12 de mayo de 2023

El presidente de la Generalidad,
XIMO PUIG I FERRER

La consellera de Política Territorial,
Obras Públicas y Movilidad,
REBECA TORRÓ GARCIA


ANEXO
Nueva redacción del artículo 8 y el apartado 3 del artículo 10 del Decreto 84/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del Estatuto del Institut Cartogràfic Valencià

1. El artículo 8 queda con la redacción siguiente
«Artículo 8. Estructura administrativa
De la Dirección dependerán la Secretaría General y la Subdirección General de Geomática. De la primera dependerá, a su vez, el Servicio de Apoyo Técnico y de Coordinación Administrativa y, de la segunda los servicios que se indican a continuación:
a) Servicio de Cartografía
b) Servicio de Geodesia y Delimitación Territorial
c) Servicio de Observación del Territorio
d) Servicio de Infraestructuras Geomáticas
e) Servicio de Registro y Gestión de la Información Geográfica.»
2. El apartado 3 del artículo 10 queda de la siguiente manera:
«3. A la Subdirección General de Geomática le corresponderá, además, planificar, dirigir, controlar, coordinar y supervisar la actividad técnica de los servicios bajo su dependencia, cuya actividad se detalla a continuación:
a) Servicio de Cartografía, que será responsable del ejercicio de las funciones siguientes:
1. Producción, dirección técnica, mantenimiento y actualización de la serie cartográfica básica CV05 y derivadas.
2. La elaboración de la cartografía temática de interés de la Generalitat.
3. La cooperación y colaboración en la elaboración de la cartografía geológica de la Comunitat Valenciana
4. La gestión y mantenimiento del Nomenclátor Geográfico Valenciano.
5. La dirección técnica, la producción y el mantenimiento de la cartografía de redes de transporte y de direcciones.
6. La elaboración de normas técnicas para la cartografía básica y derivada oficial de la Generalitat.
7. La elaboración de los atlas autonómicos.
8. La implementación de medidas de mejora y de calidad de la producción cartográfica.
9. La investigación, el desarrollo y la innovación en todas estas materias y, en definitiva, de cualquier otra función que le encomiende la dirección del Institut Cartogràfic Valencià.
b) Servicio de Geodesia y Delimitación Territorial, que asumirá las funciones de:
1. La elaboración y el mantenimiento de las delimitaciones de los términos municipales.
2. Impulsar los trabajos de mejora geométrica de líneas de límite municipales.
3. La asistencia técnica a la conselleria competente en materia de administración local en la delimitación de los términos municipales de la Comunitat Valenciana y otras entidades territoriales, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia.
4. Los trabajos de observaciones y cálculo geodésicos, así como el control de la calidad de todos ellos.
5. La gestión y el mantenimiento de la red de estaciones GNSS de referencia valenciana (Red ERVA)
6. La prestación de los servicios de posicionamiento geográfico en tiempo real.
7. La gestión y el mantenimiento de la red pasiva de vértices geodésicos (red de 4º orden).
8. La gestión y el mantenimiento de la red sísmica valenciana.
9. La implementación de acciones de mejora en materia de geodesia, geofísica y sismología.
10. La investigación, el desarrollo y la innovación en todas estas materias, así como cualquier otra función que le encomiende la dirección del Institut Cartogràfic Valencià.
c) Servicio de Observación del Territorio, que será responsable del ejercicio de las siguientes funciones:
1. La dirección técnica de los trabajos del vuelo fotogramétrico anual que cubra la totalidad del territorio de la Comunitat Valenciana y la ortofoto posterior.
2. La dirección técnica del resto de los trabajos de captura de información espacial mediante sensores terrestres, aerotransportados y satelitarios, así como la generación de productos derivados de estos datos.
3. El tratamiento y la actualización de la información capturada mediante sensores terrestres, aerotransportados y satelitarios.
4. La dirección técnica de los trabajos y de los proyectos de teledetección.
5. La elaboración de normas técnicas para la captura de datos mediante sensores terrestres, aerotransportados y satelitarios y para la generación de productos derivados a partir de estos datos.
6. La dirección técnica de los trabajos de generación y tratamiento de modelos digitales de elevaciones y de nubes de puntos.
7. La implementación de acciones de mejora y de calidad en los trabajos de captura de datos mediante sensores terrestres, aerotransportados y satelitarios.
8. La investigación, el desarrollo y la innovación en todas estas materias y cualquier otra función que le encomiende la dirección del Institut Cartogràfic Valencià.
d) Servicio de Infraestructuras Geomáticas, que será responsable del ejercicio de las siguientes funciones:
1. La dirección técnica, gestión y coordinación de la infraestructura de datos espaciales valenciana (IDEV) y la coordinación del resto de infraestructuras de datos espaciales y/o del conocimiento dentro del ámbito de las administraciones valencianas.
2. La dirección técnica, gestión y coordinación de los diferentes servicios cartográficos y geoespaciales (visualización, consulta, descarga y transformación) y las aplicaciones geomáticas dentro del marco del sistema cartográfico valenciano.
3. La generación de normas cartográficas para la publicación y divulgación de la información geográfica de la Generalidad.
4. La implementación de medidas de mejora y de calidad en los trabajos de publicación y difusión digital de información geográfica de la Generalitat.
5. La investigación, el desarrollo y la innovación en todas estas materias y cualquier otra función que le encomiende la dirección del Instituto.
e) Servicio de Registro y Gestión de la Información Geográfica, que asumirá las funciones de:
1. La dirección técnica, gestión y coordinación del Registro de cartografía valenciano.
2. La dirección técnica para la creación y mantenimiento de la fototeca cartográfica y cartoteca digital valencianas
3. La gestión y el mantenimiento del Catálogo de datos espaciales de la Comunitat Valenciana y su coordinación con datos abiertos de la Generalidad.
4. La creación, la gestión y el mantenimiento del registro de datos, servicios y aplicaciones geográficas de la Generalidad.
5. La coordinación, normalización y gestión del almacenamiento y el intercambio de la información geográfica y bases de datos espaciales de la Generalitat
6. La coordinación, el asesoramiento y la colaboración entre departamentos de la Generalitat y otras administraciones públicas en materia de intercambio, almacenamiento, publicación y acceso a información geográfica.
7. La implementación de medidas de mejora y de calidad en los trabajos de registro y almacenamiento de información geográfica de la Generalitat.
8. La investigación, el desarrollo y la innovación en todas estas materias y cualquier otra función que le encomiende la dirección del instituto.»

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