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Extracto de la Resolución de 27 de julio de 2016, del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en centros educativos no universitarios públicos y privados concertados curso 2016-2017. [2016/6169]

(DOGV núm. 7840 de 29.07.2016) Ref. Base Datos 005783/2016

Extracto de la Resolución de 27 de julio de 2016, del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en centros educativos no universitarios públicos y privados concertados curso 2016-2017. [2016/6169]
BDNS (Identif.): 313352
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
hptt://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero. Beneficiarios de la ayuda del servicio de comedor escolar
Pueden ser beneficiarios de las ayudas de comedor escolar el alumnado que reúna, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Estar matriculado en un centro educativo debidamente autorizado, de entre los citados en el apartado segundo de la presente resolución, en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, o Educación Especial o en el tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el proyecto experimental regulado por la orden 7/2015.
b) Haber presentado la solicitud (anexo I) y documentación requeridas en la presente resolución en los plazos establecidos.

Segundo. Objeto
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas para sufragar durante el curso 2016-2017 parte del coste del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios, de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública distinta a la Generalitat, que dispongan de este servicio complementario.

Tercero. Bases reguladoras
Orden 46/2010, de 28 de mayo, de la Conselleria de Educación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios de la Comunitat Valenciana (DOCV 6281, 03.06.2010), y sus modificaciones: Orden 61/2013 (DOCV 7048, 18.06.2013), Orden 63/2015 (DOCV 7548, 15.06.2015) y Orden 36/2016 (DOCV 7838, 27.07.2016).

Cuarto. Cuantía
El alumnado beneficiario de ayudas de comedor escolar para el curso 2016-2017, percibirá el siguiente módulo por día:

Para Educación Infantil, Educación Primaria y ESO Hasta 4,25 €
Para educación especial Hasta 5,44 €
Para escuela-hogar Hasta 12,25 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Plazo ordinario. La solicitud de concesión de ayuda asistencial de comedor se presentará, con la pertinente documentación justificativa, en el centro educativo, desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución hasta el 5 de septiembre de 2016.
Las solicitudes que se presenten fuera del plazo ordinario solo se admitirán, siempre que se trate de alumnos que se incorporen al sistema educativo por circunstancias sobrevenidas.

Valencia, 27 de julio de 2016.– El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte: Vicent Marzà Ibáñez.

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