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Propuesta de resolución de 31 de julio de 2020, del director de Turisme Comunitat Valenciana, de denegación de ayudas 2020 a las entidades locales de la Comunitat Valenciana dirigidas a la mejora y la competitividad de los recursos y los destinos turísticos de la Comunitat Valenciana. [2020/6521]

(DOGV núm. 8876 de 07.08.2020) Ref. Base Datos 006317/2020

Propuesta de resolución de 31 de julio de 2020, del director de Turisme Comunitat Valenciana, de denegación de ayudas 2020 a las entidades locales de la Comunitat Valenciana dirigidas a la mejora y la competitividad de los recursos y los destinos turísticos de la Comunitat Valenciana. [2020/6521]
Antecedentes de hecho

Primero. Por Resolución de 10 de diciembre de 2019, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana se convocan las ayudas a las entidades locales para el año 2020 de Turisme Comunitat Valenciana, dirigidas a la mejora y la competividad de los recursos y destinos turísticos de la Comunitat Valenciana, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 8700 del día 18 de diciembre de 2019, enmarcadas en los programas que se relacionan a continuación:
Programa 1: «Inversión en adecuación y mejora de los recursos y servicios turísticos»
Programa 2: «Competitividad y desestacionalización de los destinos turísticos»:
Subprograma 2.1: «Certificación de sistemas en recursos y servicios turísticos»
Subprograma 2.2: «Impulso a la imagen de los destinos turísticos de la Comunitat Valenciana»
Subprograma 2.3: «Apoyo a la prestación de servicios turísticos»
Segundo. Con diferentes fechas tuvieron entrada en Turisme Comunitat Valenciana diversas solicitudes de ayuda, acogidas a los citados programas y subprogramas, que han dado lugar a la instrucción de los expedientes relacionados en el documento anexo, adjunto a la presente propuesta de resolución.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de la resolución de convocatoria, se ha reunido la Comisión de Evaluación de Ayudas, en sesión de fecha 23 de julio de 2020, adoptando, entre otros, los siguientes acuerdos:
Informar desfavorablemente las solicitudes que se relacionan en el documento Anexo III «Expedientes desfavorables P1 y P2» a efectos de concesión de ayuda por no corresponder el proyecto con el objeto o las actuaciones subvencionables establecidas en la convocatoria de ayudas, por no cumplir el solicitante los requisitos para ser beneficiario de las ayudas, por ser el coste subvencionable inferior al establecido en la resolución de convocatoria de ayudas o, una vez resueltas las solicitudes favorables, por falta de consignación presupuestaria en el correspondiente programa de ayudas.
– Trasladar los acuerdos anteriores a la persona titular de la dirección de Turisme Comunitat Valenciana quien emitirá la correspondiente propuesta de denegación de ayudas.
Cuarto. Con fecha 30 de julio de 2020 el presidente de Turisme Comunitat Valenciana ha resuelto favorablemente las solicitudes propuestas por el director de Turisme Comunitat Valenciana; y con fecha 30 julio de 2020 el director de Turisme Comunitat Valenciana ha emitido las certificaciones sobre el disponible resultante en cada uno de los dos programas tras la resolución favorable, siendo este insuficiente para dotar de consignación el resto de solicitudes informadas desfavorables en los programas y subprogramas del antecedente primero por falta de consignación presupuestaria.
Quinto. Se relacionan en el documento anexo a la presente propuesta los solicitantes que figuran en el referido documento anexo III del acta.

Fundamentos de derecho

Primero. La Resolución de 10 de diciembre de 2019, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana por la que se convocan las ayudas a entidades locales para el año 2020 de Turisme Comunitat Valenciana, dirigidas a la mejora y la competitividad de los recursos y destinos turísticos de la Comunitat Valenciana; el Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat Valenciana; la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones; lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de aplicación.
Segundo. La competencia para dictar la presente propuesta la ostenta el director de Turisme Comunitat Valenciana de acuerdo con las competencias asignadas por el Art. 9 del Decreto 209/2004, el Decreto 209/2004, de 8 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Turisme Comunitat Valenciana (antes Agència Valenciana del Turisme, por cambio de denominación de la entidad de derecho público en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana), así como el artículo 9.5, de la Resolución de 21 de diciembre de 2018, citada en el fundamento primero.
Tercero. El artículo 36.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que los actos administrativos de la misma naturaleza, tales como nombramientos, concesiones o licencias, podrán refundirse en un único acto, acordado por el órgano competente, que especificará las personas u otras circunstancias que individualicen los efectos del acto para cada interesado.
Vistos los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, se propone:

Primero
Denegar la subvención a los solicitantes de las ayudas que se detallan en el documento Anexo de la presente propuesta, con indicación del motivo de denegación, correspondientes a los programas y subprogramas detallados en el antecedente primero según la Resolución de 10 de diciembre de 2019 por la que se rige la presente convocatoria.

Segundo
Publicar la presente propuesta en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con efectos de notificación, concediendo un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación, para la presentación de alegaciones y poniendo de manifiesto el expediente a los interesados.

Valencia, 31 de julio de 2020.– El director de Turisme Comunitat Valenciana: Herick Campos Arteseros.

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