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RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se publica la relación de materias optativas de diseño propio autorizadas y denegadas a partir del curso 2011-2012 a los centros de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de educación secundaria obligatoria. [2011/6618]

(DOGV núm. 6538 de 08.06.2011) Ref. Base Datos 006733/2011

RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se publica la relación de materias optativas de diseño propio autorizadas y denegadas a partir del curso 2011-2012 a los centros de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de educación secundaria obligatoria. [2011/6618]
El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la educación secundaria obligatoria, dispone en sus artículos 4.6 y 5.6 que el alumnado podrá cursar materias optativas de acuerdo con el marco que establezcan las administraciones educativas.
El Decreto 112/2007, de 20 de julio, del Consell, por el que se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en la Comunitat Valenciana, indica en sus artículos 6.6 y 7.5 que la conselleria competente en materia de educación ordenará la oferta de materias optativas y las condiciones para su elección por parte del alumnado, así como, en su caso, establecerá el currículo correspondiente.
La normativa anterior se desarrolla en la Orden de 27 de mayo de 2008, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan las materias optativas en la educación secundaria obligatoria y su modificación dada por la Orden 64/2010, de la Conselleria de Educación, por la que se modifica parcialmente la Orden de 27 de mayo de 2008, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan las materias optativas en la educación secundaria obligatoria. En su artículo 3 se ordena la oferta de materias optativas que los centros docentes han de proponer a su alumnado. En el catálogo de materias optativas, los centros docentes pueden solicitar la autorización para impartir en tercer curso materias optativas de diseño propio relacionadas con la iniciación profesional, que han de estar vinculadas a las enseñanzas de formación profesional del centro o de su entorno productivo. Los artículos 7 y 8 de la Orden de 27 de mayo de 2008, de la Conselleria de Educación, establecen el procedimiento para la solicitud, la supervisión y la autorización de materias optativas de diseño propio.
Por todo ello, vistas las solicitudes efectuadas por los centros docentes, así como los informes de la Inspección Educativa y las propuestas de las direcciones territoriales competentes en materia de educación, y en virtud de los artículos 7.1 y 8.2 de la Orden de 27 de mayo de 2008, de la Conselleria de Educación, que facultan a la dirección general competente en materia de ordenación y centros docentes para resolver respecto a la autorización de materias optativas de diseño propio que los centros docentes ofertarán a su alumnado, resuelvo:

Primero
1. Hacer pública la relación de materias optativas de diseño propio autorizadas y denegadas a los centros docentes, públicos y privados, dependientes de la Conselleria de Educación de la Generalitat, que imparten enseñanzas de educación secundaria obligatoria.
2. La relación de materias optativas de diseño propio autorizadas para impartir en tercer curso a partir del curso académico 2011-2012, es la que figura en el anexo I de esta resolución.
3. La relación de materias optativas de diseño propio denegadas es la que figura en el anexo II de esta resolución.

Segundo
Como establece la Orden de 27 de mayo de 2008, en su artículo 7 apartado 1, ningún centro podrá ofertar y, por tanto, impartir materias optativas de diseño propio que no hayan sido autorizadas por la dirección general competente en materia de ordenación y centros docentes.

Tercero
De acuerdo con el artículo 8, apartado 3, de la Orden de 27 de mayo de 2008, las materias autorizadas podrán ser impartidas en cursos sucesivos sin necesidad de una nueva autorización, en tanto no se modifiquen las condiciones en que han sido autorizadas.

Cuarto
1. Todos los centros, públicos y privados, incluirán en su propuesta al alumnado las materias optativas de oferta obligada.
2. Así mismo, en función de sus posibilidades organizativas y de sus recursos disponibles podrán ofertar materias optativas de oferta general.
3. Las materias optativas de oferta obligada y de oferta general no requieren autorización para poder ser impartidas.

Quinto
La Inspección Educativa velará por el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente resolución.

Sexto
Los titulares de los centros privados y las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada contra esta resolución ante el órgano que ha dictado el acto o ante el superior jerárquico, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, según lo previsto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 1 de junio de 2011.- El director general de Ordenación y Centros Docentes: Rafael Carbonell Peris.


ANNEX I / ANEXO I

OPTATIVES AUTORITZADES / OPTATIVAS AUTORIZADAS




ANNEX II / ANEXO II

OPTATIVES DENEGADES / OPTATIVAS DENEGADAS




Motius denegació/ Motivos denegación:
1- Optativa d'oferta obligada / Optativa de oferta obligada.
2- Optativa d'oferta general / Optativa de oferta general.
3- Se sol·licita per a diversos/un altre curs / Se solicita para varios/otro curso.
4- No és matèria optativa d'iniciació professional vinculada a les ensenyances de FP del centre o del seu entorn productiu / No es materia optativa de iniciación profesional vinculada a las enseñanzas de FP del centro o de su entorno productivo.
5- No proposada pel Claustre o no informada pel departament o no aprovada pel Consell Escolar / No propuesta por el Claustro o no informada por el departamento o no aprobada por el Consejo Escolar.
6- Inclosa en el currículum d'alguna matèria / Incluida en el currículo de alguna materia.
7- No es disposa de materials i mitjans didàctics / No se dispone de materiales y medios didácticos.
8- No inclou criteris que han justificat la seua selecció / No incluye criterios que han justificado su selección.
9- La memòria no inclou: introducció, competències bàsiques, objectius, continguts, criteris d'avaluació / La memoria no incluye: introducción, competencias básicas, objetivos, contenidos, criterios de evaluación.
10- Professorat sense qualificació per a impartir-la o sense disponibilitat horària / Profesorado sin cualificación para impartirla o sin disponibilidad horaria.
11- Fora de termini / Fuera de plazo.

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