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RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas por la cual se resuelve el procedimiento de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social para acogerse al régimen de acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2022. [2022/7102]

(DOGV núm. 9390 de 25.07.2022) Ref. Base Datos 006824/2022

RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas por la cual se resuelve el procedimiento de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social para acogerse al régimen de acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2022. [2022/7102]

Antecedentes de hecho
I) Mediante la Resolución de 30 de diciembre de 2021 (DOGV núm. 9262 de 24.01.2022), de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2022, con el objeto específico de concertar, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, servicios de centros residenciales de acogida a víctimas de violencia de género.
II) Mediante Resolución de 1 de abril de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se resuelve el procedimiento de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social para acogerse al régimen de acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención residencial a mujeres víctimas de violencia para el año 2022.
III) El artículo 2 de la mencionada convocatoria indica que «de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, las necesidades de atención social, la población que actualmente se encuentra siendo atendida y la demanda de plazas de nueva creación en determinadas áreas geográficas, constituye el objeto específico de la convocatoria de los servicios correspondientes a 222 plazas», de las cuales, finalmente, fueron adjudicadas 190 plazas.
IV) El artículo 14.4 de la referida Resolución, establece que resuelto el procedimiento, en el supuesto de la existencia de plazas sin concertar, las entidades sociales interesadas podrán presentar solicitud de concierto hasta cubrir el total de plazas convocadas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
V) Al amparo del artículo mencionado en el antecedente de hecho IV se presentan dos solicitudes para concertar plazas en dos centros, con registro de entrada el 27 de mayo y el 16 de junio respectivamente. El total de plazas solicitadas asciende a 32, por lo cual al amparo de lo mencionado en el antecedente de hecho IV no superan el total de plazas convocadas.
VI) Una vez instruidos los expedientes la Comisión de Valoración, constituida en conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la citada convocatoria, se reunió el día 6 de julio de 2022 y elevó propuesta de resolución a la directora general conforme al contenido del acta subscrita por todas las personas integrantes de la comisión

Fundamentos de derecho
Primero. El artículo 14.1 de la citada convocatoria delega en la persona titular de la dirección general con competencias en mujer la resolución del procedimiento de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2022.
Segundo. El artículo 87 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana, establece la acción concertada como forma de provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, aclarando que los acuerdos de acción concertada son instrumentos organizativos de naturaleza no contractual a través de los cuales las administraciones competentes podrán organizar la prestación de servicios sociales por entidades de iniciativa social la financiación de la cual, acceso y control sean de su competencia, ajustándose al procedimiento y a los requisitos que prevé esta ley y la normativa sectorial que sea aplicable.
Tercero. El Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consejo, por el cual se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana por entidades de iniciativa social, modificado por el Decreto 188/2021, de 26 de noviembre, del Consejo (DOGV 9238, 20.12.21) aprueba el reglamento que regula los requisitos, procedimientos, contenido y condiciones básicas para la implantación, ejecución y desarrollo de los acuerdos de acción concertada.
Cuarto. En la Resolución de 30 de diciembre de 2021 (DOGV núm. 9262 de 24.01.2022), de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2022.
Quinto. En fecha 20.07.2022 se contabiliza la retención de crédito propuesta por el proyecto de Resolución, de la directora general del Institut Valencià de les Dones por importe de 416.401,74 € con cargo al programa presupuestario 323.10, Igualdad de género, línea S5237, «Acción concertada centros residenciales violencia de género y servicio de prevención y atención especializada para mujeres víctimas de tráfico y prostitución», del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2022, para dar cobertura a las solicitudes presentadas.
Por todo esto, conforme al que se dispone en el artículo 18 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, resuelvo:

Primero
Aceptar la propuesta de resolución de la Comisión de Evaluación en sus propios términos.

Segundo
Aprobar el acuerdo de acción concertada y el concierto de plazas de centros de atención a mujeres víctimas de violencia de género, que constan en el anexo I de esta resolución, con la identificación de la entidad titular, CIF, tipología de centro, número de plazas concertada, módulo económico aplicable e importe del periodo máximo imputable al ejercicio 2022.
La aprobación de la concesión de conciertos sociales para el año 2022, por importe total de 416.401,74 euros se efectúa con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 16.02.01.323.10.4, línea S5237000 del capítulo IV.
La concertación de plazas aprobadas por esta resolución queda sujeta a la suscripción del documento administrativo de formalización de concierto social.
Los conciertos que se subscriban se iniciarán el 1 de agosto de 2022, y finalizarán en todo caso el día 31 de diciembre de 2022, con posibilidad de prórrogas según lo establecido en el artículo 23 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consejo, por el cual se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana por entidades de iniciativa social, modificado por el Decreto 188/2021, de 26 de noviembre, del Consejo (DOGV 9238, 20.12.21).

Tercero
Las entidades que no han acreditado disponer de un certificado de calidad del centro quedarán obligadas a disponer de él con anterioridad a la finalización del concierto social, según lo establecido en el artículo 9 de la convocatoria mencionada.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente un recurso de reposición ante la consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas en el plazo de un mes, en conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de su publicación, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; todo esto sin perjuicio que pueda interponerse cualquier otro que se estime procedente.

València, 22 de julio de 2022-. La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, p. d. (Resolución de 30 de diciembre de 2021, DOGV núm. 9262), la directora general del Instituto Valenciano de las Mujeres: María Such i Palomares.

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