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CORRECCIÓN de errores del Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat. [2016/7148]

(DOGV núm. 7876 de 19.09.2016) Ref. Base Datos 007000/2016

CORRECCIÓN de errores del Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat. [2016/7148]
En el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 7849, de 11 de agosto de 2016, se ha publicado la disposición de referencia. En el apartado segundo de su artículo 3 se han detectado errores que se corrigen como sigue.

Donde dice
«2. La designación y cese del personal que ejerza la máxima responsabilidad de los entes se realizará de acuerdo con sus reglamentos o estatutos y, en defecto de dichas previsiones, por su consejo de dirección u órgano colegiado superior de gobierno o administración. Estas designaciones y ceses se realizarán por la persona que ejerza la máxima responsabilidad, previa autorización del consejo de dirección u órgano colegiado superior de gobierno o administración del ente, de conformidad con la normativa de desarrollo del Régimen Jurídico del Sector Público que resulte de aplicación, y se publicarán en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana en el plazo de 20 días»;

Debe decir:
«2. La designación y cese del personal que ejerza la máxima responsabilidad de los entes se realizará de acuerdo con sus reglamentos o estatutos y, en defecto de dichas previsiones, por su consejo de dirección u órgano colegiado superior de gobierno o administración.
La designación y cese del personal que ejerza la dirección se realizará por la persona que ejerza la máxima responsabilidad, previa autorización del consejo de dirección u órgano colegiado superior de gobierno o administración del ente, de conformidad con la normativa de desarrollo del Régimen Jurídico del Sector Público que resulte de aplicación, y se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana en el plazo de 20 días».

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