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RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se resuelve la convocatoria para autorizar el proyecto experimental de Contrato-Programa suscrito entre los centros sostenidos con fondos públicos y la Administración educativa en los que se incluye el desarrollo de programas de compensación educativa. [2013/8153]

(DOGV núm. 7082 de 05.08.2013) Ref. Base Datos 007576/2013

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se resuelve la convocatoria para autorizar el proyecto experimental de Contrato-Programa suscrito entre los centros sostenidos con fondos públicos y la Administración educativa en los que se incluye el desarrollo de programas de compensación educativa. [2013/8153]
Por Orden 42/2013, de 17 de mayo de 2013, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, (DOCV 7029 de 22.05.2013) se establecieron los procedimientos para la autorización a los centros sostenidos con fondos públicos del proyecto experimental de Contrato-Programa suscrito entre estos centros y la Administración educativa en los que se incluye el desarrollo de programas de compensación educativa, así como para la asignación de recursos a los centros de titularidad pública y se convocaron las ayudas económicas destinadas a los centros privados concertados.
En el apartado nueve, 1 de la citada orden se establece que la Comisión de Selección, Seguimiento y Evaluación, prevista en el apartado ocho, elaborará la propuesta de Contratos-Programa de centros públicos y centros privados concertados seleccionados y la de excluidos, especificando el motivo de su exclusión y la trasmitirá al Servicio de Evaluación y Estudios, que como órgano instructor la elevará a la titular de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística para su autorización.
Por otro lado, el apartado diez de la referida orden 42/2013, indica en el punto 1 que la Comisión elaborará la propuesta de asignación de recursos humanos a los centros cuyo Contrato-Programa haya sido seleccionado. Y en el punto 2 de este mismo apartado establece que, para realizar la asignación de recursos humanos se tendrá en cuenta: las propuestas elaboradas por las direcciones territoriales con competencias en materia de educación, los informes de la Inspección de Educación, el plan de actuación, los recursos propios del centro para el curso 2013-2014.
Además, en el apartado once de esta misma orden se indica que la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística resolverá la convocatoria y publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana la resolución en la que constarán los centros autorizados para la aplicación del proyecto experimental de Contrato-Programa, con la indicación de recursos humanos concedidos a los centros sostenidos con fondos públicos; así como los centros excluidos, junto a los motivos de exclusión.
En el ejercicio de las facultades delegadas por la consellera de Educación, Cultura y Deporte en la Disposición Final Primera de la Orden 42/2013 y en virtud de las competencias que le atribuye el Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, vista la propuesta del Servicio de Evaluación y Estudios, esta Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística resuelve,

Primero. Autorización
1. Autorizar a los centros de titularidad pública seleccionados que se detallan en el anexo I para la puesta en marcha del proyecto experimental de Contrato-Programa suscrito entre los centros sostenidos con fondos públicos y la Administración educativa.
2. Publicar la dotación de horas de recursos humanos para los centros públicos autorizados indicadas en el anexo I.
3. Autorizar a los centros de titularidad privada concertados seleccionados que se detallan en el anexo II, para la puesta en marcha del proyecto experimental de Contrato-Programa suscrito entre los centros sostenidos con fondos públicos y la Administración educativa, con indicación de la inclusión o no en su plan de actuaciones de programas o medidas de compensación educativa.
4. Autorizar a los centros de titularidad privada concertados seleccionados que se detallan en el anexo III, para la inclusión en su plan de actuaciones de un programa de acogida al sistema educativo (PASE).
5. Publicar la dotación de horas de recursos humanos a los centros de titularidad privada concertados que han sido autorizados según se detalla en el anexo II.
6. No autorizar a los centros no seleccionados, que se detallan en el anexo IV, por los motivos que se especifican.

Segundo. Recursos humanos
1. Proponer a la Dirección General de Centros y Personal Docente la concesión para el curso 2013-2014 de los recursos humanos indicados en el anexo I con el fin de hacer posible el desarrollo del proyecto experimental autorizado en los centros públicos.
2. De la misma manera, y con respecto a los centros privados concertados, proponer a la Dirección General de Centros y Personal Docente la concesión para el curso 2013-2014 de los recursos humanos indicados en el anexo II con el fin de hacer posible el desarrollo del proyecto experimental autorizado.

Tercero. Contrato-Programa
1. Proceder a la firma del Contrato-Programa, o la adenda de continuidad correspondiente, entre la Administración educativa, a través de esta Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, y cada uno de los centros seleccionados, que incluirá todas las medidas y programas para los que han sido autorizados.
2. Los centros seleccionados para la aplicación del proyecto experimental de Contrato-Programa actualizaran el plan de actuaciones propuesto en su solicitud, antes del 20 de septiembre de 2013, para ello tendrán en cuenta el alumnado matriculado para el curso 2013-2014, la dotación de recursos del centro y las conclusiones de la memoria realizada. Este plan de actuaciones formará parte del Contrato-Programa o la adenda que se suscriba.
3. De acuerdo con lo indicado en el apartado cuatro de la Orden 42/2013, de 17 de mayo de 2013, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte (DOCV 7029, 22.05.2013), el plan de actuación se incorporará a la planificación general del centro y se integrará en su funcionamiento con la coordinación de un miembro del equipo directivo.

Cuarto. Inspección de Educación
1. La Inspección de Educación realizará en el curso académico 2013-2014, el seguimiento y la evaluación de los Contratos-Programa autorizados en coordinación con esta Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística.
2. Los centros aportarán los datos necesarios para el seguimiento y evaluación de los Contratos-Programa y realizarán una memoria final, según las instrucciones que se dictarán para tal fin.
3. La autorización de la continuidad de los Contratos-Programa correspondientes a siguientes cursos, quedará condicionada a la evaluación positiva que se realice de los resultados obtenidos en el presente curso, especialmente por lo referente a la mejora global de los centros que han desarrollado estos programas y a los criterios que se determinen en la correspondiente convocatoria.

Quinto. Producción de efectos
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su firma. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 23 de julio de 2013.– La directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística: Beatriz Gascó Enríquez.

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