Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se hace pública la relación de los planes de actividades propuestos por las entidades colaboradoras reconocidas en la formación del profesorado, para el curso 2013-2014. [2013/7799]

(DOGV núm. 7085 de 08.08.2013) Ref. Base Datos 007768/2013

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se hace pública la relación de los planes de actividades propuestos por las entidades colaboradoras reconocidas en la formación del profesorado, para el curso 2013-2014. [2013/7799]
Vistas las solicitudes de los planes de actividades propuestos para el curso 2013-2014 por las entidades colaboradoras reconocidas en la formación del profesorado.
Cumpliendo los requisitos establecidos en la Resolución de 23 de abril de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de entidades colaboradoras en la formación del profesorado, así como el reconocimiento de las actividades de formación permanente para el curso escolar 2013-2014.
Considerando lo que dispone la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas.
De acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 10 del Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero
Reconocer las acciones formativas propuestas en los planes de actividades por las entidades colaboradoras reconocidas en la formación del profesorado para el curso 2013-2014 que se incluyen en el anexo I de esta resolución.

Segundo
No reconocer las acciones formativas propuestas en los planes de actividades por las entidades colaboradoras reconocidas en la formación del profesorado para el curso 2013-2014 que se incluyen en el anexo II de esta resolución, por los motivos que se indican.

Tercero
No reconocer las entidades que no cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente que se incluyen en el anexo III de esta resolución, por los motivos que se indican.

Cuarto
Podrá participar en las actividades relacionadas en el anexo I de esta resolución:
a) El personal docente y el personal técnico educativo con destino en centros educativos no universitarios de la Comunitat Valenciana en los que se impartan las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica de Educación.
b) Personal docente y personal técnico educativo con destino en centros no universitarios desde los que se presten servicios técnicos de apoyo educativo a los centros indicados en el apartado anterior.
c) Personal que haya finalizado los grados y máster que conducen a la obtención de la titulación docente, siempre que se encuentren inscritos en alguna de las bolsas de personal docente de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte y dicho personal no suponga más del 50 % de participación en la actividad.

Quinto
El reconocimiento de las actividades de formación sobre idiomas contenidas en esta resolución no supone en ningún caso la acreditación ni la adquisición de la titulación o nivel oficial de los idiomas correspondientes, aunque en la denominación de las actividades aparezcan mencionados dichos títulos o niveles.

Sexto
De acuerdo con el artículo 25.4. de la Orden 65/2012, de 26 de octubre de esta conselleria, una vez finalizada la actividad, en el plazo máximo de dos meses, la entidad presentará al Servicio de Formación del Profesorado el acta final de la actividad con la relación de participantes aptos, así como el acta de expertos, con expresión del número de horas de intervención. En dicha acta constará NIF/NIE, apellidos, nombre, dirección de correo electrónico y centro de destino del participante, que deberá ser firmada por el gestor de la actividad y sellada por la entidad en formato en papel. También se remitirá el contenido del acta en soporte electrónico, hoja de cálculo, indicado por el Servicio de Formación del Profesorado. Igualmente se presentará la valoración de la actividad.

Séptimo
De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
El recurso de reposición deberá interponerse ante la Consellería de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 17 de julio de 2013.– La directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística: Beatriz Gascó Enríquez.

linea
Mapa web